Inmobiliaria Traviata Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$100.000.000.-
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ Socio | - | 25% | $25.000.000.- |
MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ Socio | - | 25% | $25.000.000.- |
MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ Socio | - | 25% | $25.000.000.- |
BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ Socio | - | 25% | $25.000.000.- |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 26 février 2026
Se autoriza a María Cecilia Fernández Becker a donar derechos sociales a sus hijas en sociedad Inmobiliaria Traviata Limitada
MARÍA CECILIA FERNÁNDEZ BECKER · MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ · MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ · MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ · BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ
- Cession de droits· 13 mai 2026
María Cecilia Fernández Becker dona derechos sociales a sus hijas
MARÍA CECILIA FERNÁNDEZ BECKER · MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ · MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ · MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ · BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guion cinco, Notario Público Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, con oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2026, repertorio N°24.996 - 2026, otorgada ante la notario titular, comparecen doña MARÍA CECILIA FERNÁNDEZ BECKER, doña MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, doña MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, doña MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, y doña BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, todos con domicilio en Avenida Santa María N°5870, edificio B Poniente, oficina 41, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA, inscrita a fojas 21.711, número 13.518, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, en el siguiente sentido: I. Dar cuenta de los hechos que indica: Uno.Uno. Mediante sentencia dictada por el 8° Juzgado Civil de Santiago, de fecha 26 de febrero de 2026, rectificada por resolución de fecha 13 de abril del mismo año; ambas recaídas en los autos sobre donación caratulados “FERNÁNDEZ”, Rol V-140-2025, se autorizó a doña MARÍA CECILIA FERNÁNDEZ BECKER, a donar por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, y como mera liberalidad, a sus hijas: Uno) doña MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 15% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA; Dos) doña MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 15% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA; Tres) doña MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 15% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA; y Cuatro) doña BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 25% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA. Uno.Dos. Por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2026, bajo el repertorio N°24.993-2026, ante esta misma notaría, se celebró “DONACIÓN MARÍA CECILIA FERNÁNDEZ BECKER A MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ Y OTRAS”, mediante la cual doña MARÍA CECILIA FERNÁNDEZ BECKER, donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, como mera liberalidad, a sus hijas doña MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 15% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA; a doña MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 15% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA; a doña MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 15% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA; y a doña BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, el 25% del total de los derechos sociales de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA. Uno.Tres. Las donatarias en el mismo acto aceptaron y notificaron la aceptación de las donaciones, cumpliéndose de esta manera lo exigido por el artículo 1.386 del Código Civil. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de los hechos indicados anteriormente, las actuales y únicas socias de la sociedad INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA, acordaron modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales relativo al capital social, por el siguiente: “CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $100.000.000.-, que las socias aportan y enteran de la siguiente manera: a) doña MARÍA CECILIA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, aporta la suma de $25.000.000.-, correspondientes al 25% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad, los cuales enterará mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles, muebles y/o dinero, y que pagará en el plazo máximo de 3 años a contar de la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de constitución de la Sociedad y la de pago pago efectivo del aporte comprometido; b) doña MARÍA JOSÉ ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, aporta la suma de $25.000.000.-, correspondientes al 25% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad, los cuales enterará mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles, muebles y/o dinero, y que pagará en el plazo máximo de 3 años a contar de la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de constitución de la Sociedad y la de pago pago efectivo del aporte comprometido; c) doña MARÍA MAGDALENA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, aporta la suma de $25.000.000.-, correspondientes al 25% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad, los cuales enterará mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles, muebles y/o dinero, y que pagará en el plazo máximo de 3 años a contar de la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de constitución de la Sociedad y la de pago pago efectivo del aporte comprometido; y d) doña BERNARDITA ERRÁZURIZ FERNÁNDEZ, aporta la suma de $25.000.000., correspondientes al 25% de los derechos sociales en que se divide el capital de la sociedad, los cuales enterará mediante el aporte en dominio de bienes inmuebles, muebles y/o dinero, y que pagará en el plazo máximo de 3 años a contar de la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de constitución de la Sociedad y la de pago pago efectivo del aporte comprometido.” En todo lo no modificado por la escritura extractada, permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. La responsabilidad de las socias se mantiene limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Mayo del año 2026.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA TRAVIATA LIMITADA
CVE 2817290
