Société par actions76.363.887-1

Nutriplas SpA

MODIFICACIÓN — 19 févr. 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-02-19Voir le PDF (CVE 2455960)

Informations sociétaires

SpA
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Lilian Elizabeth Mc Kenzie Atala y a Lorena Alejandra Sandino Schwerter, quienes en calidad de Administradoras, podrán actuar de forma individual e indistintamente; por sobre $2.000.000 deberán actuar de forma conjunta.

Objet social

Se cambia el objeto de la sociedad.

Associés (2)

NomParticipation

Lilian Elizabeth Mc Kenzie Atala

Accionista

-

Lorena Alejandra Sandino Schwerter

Accionista

-

Administrateurs (2)

Représentants auprès du SII (2)

Texte officiel de l’extrait

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 17 de Enero de 2024, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “NUTRIPLAS SpA”, inscrita a fojas 88.324N° 57.829, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, con asistencia de los accionistas Lilian Elizabeth Mc Kenzie Atala y Lorena Alejandra Sandino Schwerter, en la que acuerdan lo siguiente; Uno) Se cambia el objeto de la sociedad, Dos) Se cambia la administración de la sociedad; Tres)Modificación de estatutos: Dado el cambio en la administración, los actuales y únicos socios de Nutriplas SpA, acuerdan modificar los actuales estatutos en los siguiente términos: sustituir el artículo sexto permanente relativo a la administración, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Lilian Elizabeth Mc Kenzie Atala y a doña Lorena Alejandra Sandino Schwerter, quienes en calidad de Administradoras, podrán actuar de forma individual e indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma en operaciones comerciales y bancarias de hasta la suma de $2.000.000 pesos. Por sobre esa cantidad de dinero, ambas deberán actuar de forma conjunta. Las administradoras, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa ni importe limitación alguna y sólo por vía ejemplar o enunciativa podrán realizar las facultades que allí indican.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de Febrero de 2024.

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