Société par actions76.355.380-9

Mcv Ingenieros Y Consultores

MODIFICACIÓN — 26 juin 2026

Informations sociétaires

Statuts pas encore traités

La fiche publique existe déjà, mais les statuts mis à jour n’ont pas encore été téléchargés ni résumés pour cette entreprise.

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-04-23Voir le PDF (CVE 2118293)

Informations sociétaires

Ltda
Concepción, Biobío
Administration: Conjunta o separada e indistintamente por los socios

Capital

Capital total

$4.500.000

Associés (2)

NomParticipation

PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE

Socio

12.xxx.xxx-9

80%

ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

Socio

13.xxx.xxx-8

20%

Administrateurs (2)

PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE

12.xxx.xxx-9Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 22 juillet 2005

    Constitución de MCV INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA o MCV LTDA.

    JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA · FERNANDO EDUARDO MARQUEZ ROMEGIALLI · PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE · ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ

  2. Cession de droits· 19 décembre 2014

    Juan Carlos Carrasco Moraga y Fernando Eduardo Márquez Romegialli ceden sus derechos sociales a Ana María de Jesús Contreras González.

    JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA · FERNANDO EDUARDO MARQUEZ ROMEGIALLI · ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ · PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE

Texte officiel de l’extrait

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de abril de 2022, bajo el Rep.N°1.427, ante mi don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, chileno, ingeniero civil químico, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 10.390.755-1, con domicilio en Avenida Nahuelbuta 1600, departamento 81, de la comuna de San Pedro de la Paz; don FERNANDO EDUARDO MARQUEZ ROMEGIALLI, chileno, ingeniero civil químico, casado, cédula nacional de identidad número 5.126.339-1, con domicilio en Avenida Paicaví 255, departamento 203, de la comuna de Concepción; don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, chileno, ingeniero civil químico, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 12.982.017-9, domiciliado en Avenida Andalué 1810, departamento 42 de la comuna de San Pedro de la Paz; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, chilena, casada y separado totalmente de bienes, cirujano dentista, cédula nacional de identidad número 13.841.472-8, domiciliada en avenida Andalué 1810, departamento 42 de la comuna de San Pedro de la Paz; modificaron sociedad de responsabilidad limitada, “MCV INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA” o “MCV LTDA”. Rol Único Tributario Nº76.355.380-9, constituida por Escritura Pública de fecha 22/07/2005, repertorio 1616/2005 ante Notario Público Titular de la ciudad de Concepción don Jorge Condeza Vaccaro, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a fojas 1286 vuelta número 995 del año 2005, y el extracto se publicó en el Diario Oficial número 38.234 del 11/08/2005.- El capital social es de $4.500.000.- MODIFICACIONES: La sociedad de responsabilidad limitada fue modificada con fecha 19/12/2014 repertorio Nº 6598/2014, en la notaría de don MANUEL ARMANDO CORDOVA NAVARRETE, Notario Público y Conservador de Minas, suplente del Titular de Concepción, Octava Región, don CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMÉNEZ, de la ciudad y comuna de Concepción, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, a fojas 79 vuelta, número 70 correspondiente al año 2015.- El extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha doce de 12/01/2015, en el siguiente sentido: 1.-CESIÓN DE ACCIONES Y DERECHOS: don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, con un porcentaje de participación social de un 10% de los derechos sociales; don FERNANDO EDUARDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, con un porcentaje de participación social de 10% de los derechos sociales; y don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, con un porcentaje de participación social de un 80% de los derechos sociales, modificaron la Escritura Pública de Sociedad de Responsabilidad Limitada, en el sentido que sigue: A.- don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, vendió, cedió, enajenó y transfierió a doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quien compró, aceptó y adquirió para sí la totalidad de sus derechos que a cualquier título le corresponden o pudieren corresponderle al cedente en la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se modifica, siendo el precio de la presente cesión, la suma única y total de $75.000.000, que el cesionario pagó al cedente, y que éste declaró haber recibido al contado, en dinero en efectivo a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular.- B.- Que, don FERNANDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, vendió, cedió, enajenó y transfierió a doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quien compró, aceptó y adquierió para sí la totalidad de sus derechos que a cualquier título le corresponden o pudieren corresponderle al cedente en la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se modifica, siendo el precio de la presente cesión, la suma única y total de $75.000.000, que el cesionario pagó al cedente y que éste declaró haber recibido al contado, en dinero en efectivo a su entera satisfacción y conformidad, sin tener reclamo alguno que formular.- Se retiran de la sociedad don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, y don FERNANDO EDUARDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, ambos sin tener reclamo alguno que realizar, tanto a la sociedad como a los socios de la misma.- El socio don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, declara que se encuentra de acuerdo con la cesión de derechos, autorizándola, sin tener reclamo alguno respecto a ello.- En consecuencia, desde la presente modificación son únicos socios de la sociedad “MCV INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA” o “MCV LTDA”, y en los porcentajes que a continuación se detallan; don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, con un 80% de los derechos sociales; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, con un 20% de los derechos sociales. De este modo quedó determinado el cien por ciento de los derechos en la sociedad.- Se otorgan el más amplio, definitivo, y reciproco finiquito entre los socios que se retiran don JUAN CARLOS CARRASCO MORAGA, y don FERNANDO EDUARDO MÁRQUEZ ROMEGIALLI, y los actuales socios don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE, y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quienes declaran que nada se adeudan o deben recíprocamente.- 2.-CAMBIO DE NOMBRE DE FANSTASÍA: Que, los actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada “MCV INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA” o “MCV LTDA”, don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, modificaron la cláusula tercera del pacto social, ya que la sociedad de responsabilidad limitada tiene como nombre de fantasía el siguiente: “MCV LTDA”, la que pasará desde la fecha de la presente modificación a tener el nombre de fantasía de “SISQUIM LTDA”, para todos los efectos legales.- 3.- DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración, y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a los socios don PATRICIO ANTONIO VIDAL NAVARRETE; y doña ANA MARÍA DE JESÚS CONTRERAS GONZÁLEZ, quienes la podrán ejercer de manera conjunta, o bien, separada e indistintamente, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos y negocios que celebren por ella, con las mismas amplias facultades contenidas en la cláusula cuarta de la escritura social de constitución, con la especial limitación de que para ser emplazada judicialmente la sociedad se requerirá la notificación personal de cada uno de los socios.- 4.- Los socios actuales de la sociedad “MCV INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA” o “MCV LTDA”, modifican la cláusula cuarta del estatuto social, en su parte final, ya que en donde dice: “LIMITACIONES ESTATUTARIA DE ADMINISTRACIÓN: Para la ejecución o celebración de actos o contratos respecto de operaciones cuyo monto exceda la suma de trescientas unidades de fomento, se requerirá la firma conjunta de administrador con uno cualquiera de los socios”, eliminándose definitivamente la limitación antes señalada, y desde la fecha de la presente modificación, cualquiera de los socios podrá contratar por la sociedad y obligarla, con las más amplias facultades señaladas en la cláusula cuarta del estatuto social, y sin limitación alguna.- 5.- Los nuevos y únicos socios acuerdan que tanto las utilidades como las eventuales pérdidas se distribuirán en proporción a sus derechos y aportes en la sociedad.- 6.- En todo lo que no se hubiere modificado por este instrumento seguirán vigentes las estipulaciones del estatuto social singularizado en la cláusula primera de esta escritura. 7.- Los socios limitan su responsabilidad a sus respectivos aportes.- Concepción, 20 de abril 2022.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    MCV INGENIEROS Y CONSULTORES

    N.o dossier : 13202534

    CVE ACRQGpU4sOBM

  2. MODIFICACIÓN

    MCV INGENIEROS Y CONSULTORES LIMITADA

    CVE 2118293

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