Société à responsabilité limitée76.350.416-6

Agrícola San José De Rauco Limitada

MODIFICACIÓN — 29 sept. 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-09-29Voir le PDF (CVE 2194595)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: separada e indistintamente

Objet social

del giro de su denominación

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN

Socio

50%

JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN

Socio

50%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 décembre 2013

    Se constituyó la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA.

    Rodrigo Domínguez Jara

  2. Autre acte· 2 mai 2019

    La sociedad fue modificada por escritura pública.

    Eduardo del Campo Vial

  3. Autre acte· 29 août 2019

    La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública.

    María Olga Rojas Trejo

  4. Autre acte· 27 novembre 2019

    La sociedad fue resciliada y modificada por escritura pública.

    Eduardo del Campo Vial

  5. Cession de droits· 5 septembre 2022

    María Eugenia Cerón Atria cede el 50% de sus derechos sociales a Juan Pablo Espinosa Lohmann y el 50% a José Sebastián Espinosa Lohmann.

    MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA · JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN · JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN

Texte officiel de l’extrait

MONICA QUIROZ TRUJILLO, Notario Publico Titular de la 5ª Notaría de Curicó con asiento en la comuna de Teno, con oficio en Avenida Comalle 101, Teno, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 05 de septiembre de 2022, otorgada ante mí por, doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, domiciliada en calle Yungay número 142, de la comuna y provincia de Curicó; don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en el Lote 21 del Loteo de Bosques de Zapallar comuna y Provincia de Curicó; don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Lote A2, subdivisión Hijuela 1, comuna de Rauco y Provincia de Curicó; cedieron y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es Nombre: “AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA” ”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº76.350.416-6. Antecedentes: 1. fue constituida por escritura pública de fecha 03 de diciembre de 2013, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 40.724, de fecha 05 de diciembre de 2013 y se inscribió a fojas 1680 Nº 1102 en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año 2013. 2.- La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2019, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Eduardo del Campo Vial. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.375 el 10 de junio de 2019 y se inscribió a fojas 704 Nº 421 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. 3.- La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2019, suscrita ante doña María Olga Rojas Trejo, suplente del titular don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público de Curicó, Repertorio N°2576/2019. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.446 el 04 de septiembre de 2019 y se inscribió a fojas 994 Nº 575 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. 4. La sociedad fue resciliada y modificada por escritura pública de fecha 27 de noviembre del 2019, bajo el repertorio N° 3648/2019,suscrita ante don Eduardo del Campo Vial, Notario Público de Curicó. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial N° 42.517 del 02 de diciembre de 2019 y se inscribió a fojas 1309 vuelta N° 737 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Curicó, en el año 2019. Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad: Doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, con anuencia de sus socios, vende cede y transfiere el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del capital social a don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales de doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA que equivalen al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del capital social. El precio de la cesión es la suma única y total de $25.000.- (veinticinco mil pesos), que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción.1.3. Asimismo, con anuencia de sus socios, vende cede y transfiere el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del capital a don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMAN, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento). El precio de la cesión es la suma única y total de $25.000.- (veinticinco mil pesos), que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Actuales y únicos socios de la sociedad: Son actuales y únicos socios de la sociedad don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. Poderes de administración y representación: Les corresponde separada e indistintamente a JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. EL CAPITAL ” es la suma de $5.000.000., aportados de la siguiente forma: a.- don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN aportó al contado y en dinero en efectivo la suma de $2.500.000., correspondiente al cincuenta por ciento del capital social; y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN aportó al contado y en dinero en efectivo la suma de $2.500.000., correspondiente al cincuenta por ciento del capital social.Reparto de utilidades y pérdidas: Las utilidades se repartirán entre los socios en porción a su participación social o en la forma que los socios acuerden, las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción en que se reparten las utilidades.- Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº608/2022.- Teno, 26 de septiembre de 2022.

ModificationDiario Oficial · 2019-12-02Voir le PDF (CVE 1690749)

Informations sociétaires

Ltda
Curicó, Maule
Administration: Separada e indistintamente por dos administradores

Objet social

del giro de su denominación

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA

Socio

1%

JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN

Socio

49.5%

JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN

Socio

49.5%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 décembre 2013

    Constitución original de la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA.

  2. Autre acte· 2 mai 2019

    Primera modificación previa de la sociedad.

  3. Autre acte· 29 août 2019

    Segunda modificación previa de la sociedad, luego resciliada y dejada sin efecto.

  4. Cession de droits· 27 novembre 2019

    Wolfgang Lorenzo Lohmann Cabrolie cede a Juan Pablo Espinosa Lohmann el 50% de sus derechos sociales y a José Sebastian Espinosa Lohmann el 50% restante.

    WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE · JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN · JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN

  5. Retrait d’un associé· 27 novembre 2019

    Wolfgang Lorenzo Lohmann Cabrolie deja de figurar como socio tras la cesión de sus derechos.

    WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Público Titular Curicó, Estado Nº 282, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de noviembre de 2019, otorgada ante mí, doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, domiciliada en Calle Yungay N°142, de la comuna de Curicó, don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Lote 21 del loteo Bosques de Zapallar de la comuna de Curicó, don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Villa don Rodrigo número 2569 de la comuna de Curicó, don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE, domiciliado Calle Yungay N°142 de la comuna de Curicó, resciliarón y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “AGRÍCOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº76.350.416-6, constituida por escritura pública de fecha 03 de diciembre del año 2013, bajo el repertorio Nº 3721/2013, otorgada ante el Notario Público de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara, se publicó en el Diario Oficial Nº40.724, del día 05 de diciembre del año 2013 y, su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, rola a fojas 1680 N°1102 correspondiente al año 2013.- Luego, fue modificada por escritura pública de fecha 02 de mayo del año 2019, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo del Campo Vial, bajo el repertorio N°1324/2019, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial Nº42.375, del día 10 de junio de 2019 y, inscribió a fojas 704 N°421, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2019.- Posteriormente fue modificada nuevamente por escritura pública de fecha 29 de agosto del año 2019, suscrita ante doña Maria Olga Trejos, suplente del titular don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público de Curicó, Repertorio N°2576/2019. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.446 el 04 de septiembre de 2019 y se inscribió a fojas 994 Nº 575 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. RESCILIACIÓN: De común acuerdo, las partes contratantes, en forma libre y voluntaria resciliaron y dejaron sin efecto, en todas sus partes el contrato de modificación de sociedad de responsabilidad limitada de AGRICOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA, de fecha 29 de agosto 2019, repertorio 2575/2019, suscrito por escritura pública ante notario público de Curicó, don Eduardo Del Campo Vial, señalado con el numeral 3 de la cláusula anterior de este instrumento, de modo don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, nunca dejó de ser socio y dueño del uno por ciento de los derechos sociales totales, de la sociedad y permanece vigente escritura pública de fecha 02 de mayo de 2019, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Eduardo del Campo Vial, inscrita a fojas 704 Nº 421 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019 y el extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.375 el 10 de junio de 2019. MODIFICACIÓN: cesión y venta: don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, con anuencia de sus socios vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN quien compra, acepta y adquiere para sí, el 50% (cincuenta por ciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad, equivalente al 0,5% (cero como cinco por ciento) del capital social, el precio de la venta es la suma única y total de $25.000.- Asimismo, por este acto don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE, con anuencia de los restantes socios por este mismo acto cede, vende y transfiere a don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% (cincuenta por ciento) restante de los derechos sociales que tiene en la sociedad, equivalente al 0,5% (cero como cinco por ciento) del capital social. El precio de la cesión es la suma única y total de $25.000.- que los cesionarios pagan al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Actuales y únicos socios de la sociedad: Como consecuencia de la cesión de derechos son: MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN y don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN. Poderes de administración y representación: Les corresponde separada e indistintamente a MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN. El capital: es la suma de $5.000.000.-, aportados de la siguiente forma: a.- doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, ha aportado y pagado la suma de $100.000.-, correspondiente al 1% del capital social; b.- don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, ha aportado y pagado la suma de $2.475.000.- (dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil pesos), correspondiente al 49,5% del capital social c.- don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN, ha aportado y pagado la suma de $2.475.000; (dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil pesos), correspondiente al 49,5% del capital social.. Utilidades: las utilidades se repartirán entre los socios: 1% para la socia doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, un 49,5% para el socio don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y un 49% para el socio don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. Las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción en que reparten las utilidades.-Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº3648/2019. Curicó, 28 de Noviembre de 2019.-

ModificationDiario Oficial · 2019-09-04Voir le PDF (CVE 1648291)

Informations sociétaires

Ltda
Yungay, Ñuble
Administration: separada e indistintamente de los socios MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN

Objet social

del giro de su denominación

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA

Socio

2%

JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN

Socio

49%

JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN

Socio

49%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 décembre 2013

    Constitución original de la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA.

  2. Autre acte· 2 mai 2019

    Se realizó una modificación anterior a la sociedad.

  3. Cession de droits· 29 août 2019

    WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER cede y vende el 100% de sus derechos sociales a MARIA EUGENIA CERÓN ATRIA.

    WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER · MARIA EUGENIA CERÓN ATRIA

Texte officiel de l’extrait

MARIA OLGA ROJAS TREJO, Notario Curicó, Estado Nº 282, Suplente del Titular don Eduardo del Campo Vial, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de Agosto de 2019, otorgada ante mí, doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, domiciliada en Calle Yungay número 142, comuna y provincia de Curicó, don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Lote 21 del Loteo Bosques de Zapallar, comuna y provincia de Curicó, don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Villa Don Rodrigo Calle El Raulí número 2569 y don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE, domiciliado Calle Yungay número 142, comuna y provincia de Curicó, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.350.416-6, constituida por escritura pública de fecha 03 de diciembre del año 2013, bajo el repertorio Nº 3721/2013, otorgada ante el Notario Público de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara, se publicó en el Diario Oficial Nº40.724, del día 05 de diciembre del año 2013 y, su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, rola a fojas 1680 N°1102 correspondiente al año 2013.- Posteriormente fue modificada por escritura pública de fecha 02 de mayo del año 2019, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo del Campo Vial, bajo el repertorio N°1324/2019, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial Nº42.375, del día 10 de junio de 2019 y, inscribió a fojas 704 N°421, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2019. MODIFICACIÓN: Cesión y Venta: don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, con anuencia de sus socios vende, cede y transfiere a doña MARIA EUGENIA CERÓN ATRIA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 100% de sus derechos sociales, que equivalen al un uno por ciento de los derechos sociales totales. El precio de la cesión es la suma única y total de $50.000.- (cincuenta mil pesos), que la cesionaria paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada son actuales y únicos socios: doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN y don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN. La administración y representación será separada e indistintamente de los socios MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN. El capital: es la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), aportados de la siguiente forma: a.- doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, ha aportado y pagado la suma de $100.000.-, correspondiente al 2% del capital social; b.- don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, ha aportado y pagado la suma de $2.450.000.- (dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos), correspondiente al 49% del capital social c.- don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN, ha aportado y pagado la suma de $2.450.000; (dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos), correspondiente al 49% del capital social. Utilidades: las utilidades se repartirán entre los socios: 2% para la socia doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, un 49% para el socio don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y un 49% para el socio don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. Las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción en que reparten las utilidades.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original. Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº2576/2019.- Curicó, 30 de Agosto de 2019.-

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA

    CVE 2194595

  2. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA

    CVE 1690749

  3. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA

    CVE 1648291

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