Inversiones y Asesorías Santa Laura Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
KARIN MARIANNE PAOLA MELZER HERMOSILLA Socio | - | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 15 mai 2014
Se constituyó la sociedad Inversiones y Asesorías Santa Laura Limitada.
- Autre acte
No ha tenido modificaciones previas.
Texte officiel de l’extrait
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34º Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda Nº359, Providencia, CERTIFICO: que por escritura pública del 28 de Agosto de 2019, otorgada ante mi bajo el Repertorio Nº 17.365-2019, IGNACIO ALBERTO DÚNNER SOLARI, y KARIN MARIANNE PAOLA MELZER HERMOSILLA, todos Avenida Parque Golf N° 10.601, casa 12, Lo Barnechea, Santiago: Modificaron Sociedad “Inversiones y Asesorías Santa Laura Limitada”, que gira con el RUT Nº76.346.856-9, constituida por escritura pública de 15 de Mayo del 2014, ante Notario de Santiago, Oscar Peluchonneau Cadiz, Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, cuyo extracto se inscribió a fojas 37.183 Nº 23.189, en el Registro de Comercio, año 2014, del Conservador de Bienes Raíces Santiago, y se publicó en el Diario Oficial del 29 de Mayo del 2014.- No ha tenido modificaciones. MODIFICACION: Los socios, modifican constitución social, en el sentido de ampliar las facultades de administración incluidas en el artículo décimo del título tercero de la escritura, incluyendo las siguientes: a) Comprar, vender, permutar y en general adquirir y enajenar a cualquier título, todo tipo de bienes inmuebles firmando las escrituras públicas respectivas, pudiendo convenir en ellas en el precio y forma de pago, cobrar, percibir y dar por pagado y cancelado el precio, señalar cabidas y deslindes de los inmuebles, firmar planos y minutas y convenir cualquiera otra cláusula del contrato, sea de la esencia, naturaleza o accidental, sin limitación alguna; b) Renunciar a la acción resolutoria; c) Celebrar contratos de arriendo de bienes muebles e inmuebles; y d) Dar y recibir bienes en hipoteca y prenda, incluso con cláusula de garantía general, para efectos de garantizar obligaciones propias o de terceros, constituir prohibiciones de enajenar o gravar toda clase de bienes y, asimismo, posponer, alzar y servir hipotecas y prendas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de Septiembre de 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Inversiones y Asesorías Santa Laura Limitada
CVE 1650606
