Carlos Gonzalez Barriga Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital libéré
$2.610.000
Capital restant dû
$1.390.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | 25% | $1.000.000 |
Ignacia Fernanda González Aranda Socio 18.xxx.xxx-1 | 18.xxx.xxx-1 | 25% | $1.000.000 |
Socio 20.xxx.xxx-k | 20.xxx.xxx-k | 25% | $1.000.000 |
María Fernanda González Aranda Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | 25% | $1.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Changement de capital· 20 mai 2019
Se menciona una modificación social previa de fecha 20 de mayo de 2019 relacionada con un aumento de capital no enterado por Carlos González Barriga.
Texte officiel de l’extrait
IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: Por escritura pública de 24 de diciembre de 2019, otorgada ante mí suplente, doña Verónica Torrealba Costabal, don CARLOS GONZÁLEZ BARRIGA, cédula de identidad Nº9.755.820-5, domiciliado en calle Guardia Vieja 255 oficina 1.601, de la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, doña MARÍA FERNANDA ARANDA CANALES, cédula de identidad Nº10.639.220-K, doña IGNACIA FERNANDA GONZÁLEZ ARANDA, cédula de identidad Nº18.275.223-1 y don VICENTE GONZÁLEZ ARANDA, cédula de identidad Nº20.664.219-K, estos últimos, todos domiciliados en calle Camino El Piden N°3703, de la Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA, que rola inscrita a fojas 31.255 N° 22.429 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005. Las modificaciones consisten en: Uno) Acordar disminuir el capital social en la suma de $4.390.000.-, lo que se efectúa con cargo al socio Carlos González Barriga por la parte del capital no pagada por aquel según modificación social de fecha veinte de mayo de dos mil diecinueve. En consecuencia, queda extinguida dicha cuenta por pagar del socio a la Sociedad y ésta última a su vez nada debe restituir al mismo, ya que ese aumento de capital, en lo que respecta a dicho socio nunca fue enterado. En mérito de la disminución de capital antes citada, el capital de la sociedad queda fijado en la suma de $1.610.000.-. Atendido lo anterior se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.610.000.- que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) Don Carlos González Barriga, aporta la suma de $950.000.-, íntegramente enterados. b) Doña Ignacia Fernanda González Aranda aporta la suma de $300.000.-, íntegramente enterados; c) don Vicente González Aranda aporta la suma de $300.000.-, íntegramente enterados; y d) Doña María Fernanda González Aranda aporta la suma de $60.000.-, íntegramente enterados. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes: Dos) A renglón seguido, los socios acordaron aumentar el capital de la sociedad en la cantidad de $2.390.000.-, a fin de dejarlo fijado en la suma de $4.000.000.-. Los socios renuncian al derecho preferente a concurrir a prorrata de sus aportes al aumento de capital y han acordado que el mismo, sea pagado de la forma siguiente: i) El socio don Carlos González Barriga se obliga a pagar la suma de $50.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. ii) La socia doña Ignacia Fernanda González Aranda, se obliga a pagar la suma de $700.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; iii) El socio don Vicente González Aranda, se obliga a pagar la suma de $700.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; y iv) La socia doña María Fernanda Aranda Canales, se obliga a pagar la suma de $940.000.-, en dinero efectivo o a través de valores o bienes representativos de dinero, dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. Atendido lo anterior se reemplaza el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000.- que los socios aportan y enteran de la manera siguiente: a) Don Carlos González Barriga, aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $950.000.- se encuentran íntegramente enterados y la suma de $50.000.-, serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. b) Doña Ignacia Fernanda González Aranda aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $300.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma de $700.000.- serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; c) don Vicente González Aranda aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $300.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma $700.000.- serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía; y d) Doña María Fernanda González Aranda aporta la suma de $1.000.000.-, de los cuales $60.000.- se encuentran íntegramente enterados con anterioridad y la suma de $940.000.- serán pagados en dinero efectivo o valores o bienes representativos de dinero dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades sociales de la Compañía. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes”. En consecuencia, la sociedad “CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, queda compuesta por los socios don Carlos González Barriga, con un 25% de los derechos sociales, doña Ignacia Fernanda González Aranda con un 25% por ciento de los derechos sociales, don Vicente González Aranda con un 25% de los derechos sociales y por doña María Fernanda Aranda Canales con un 25% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de febrero de 2020.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CARLOS GONZALEZ BARRIGA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1727119
