Laboratorio Clínico Prevegen Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Explotar el giro de laboratorio clínico en su más amplia acepción, incluyendo investigación en el área de la salud y la educación y capacitación no sujeta a las normas SENCE en materias relacionadas con el objeto social; prestar servicios ambulatorios médicos, de enfermeras, matronas, psicólogos, kinesiólogos, nutricionistas, tecnólogos médicos y otros profesionales del área de la salud; realizar exámenes de diagnóstico de todo tipo y emitir los informes correspondientes; realizar exámenes de imagenología y afines y emitir los informes correspondientes; compraventa, importación, comercialización, distribución, arrendamiento, utilización o explotación de equipos médicos e insumos, por cuenta propia o de terceros; inversión en terrenos y/o bienes inmuebles para su arrendamiento o explotación según su naturaleza; prestar asesorías profesionales en todo lo relacionado con el objeto social; vacunatorio; y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores, o necesaria para conseguir o complementar el objeto social o consecuencia de él.
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
LILIANA IVONE LAMPERTI FERNANDEZ Socio | - | 40% | - |
Socio | - | 25% | - |
CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA Socio | - | 35% | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 12 mars 2014
Constitución de la sociedad Laboratorio Clínico Prevegen Limitada.
- Autre acte· 22 janvier 2016
Se modificó la sociedad por escritura de 22 de enero de 2016.
- Cession de droits· 17 juillet 2017
Estefanía Andrea Nova Lamperti cede la totalidad de sus derechos sociales, equivalente al 30%, a Teresa Benilde Riffo Retamal y a Cristian Arturo Pinilla Saavedra.
ESTEFANÍA ANDREA NOVA LAMPERTI · TERESA BENILDE RIFFO RETAMAL · CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA
Texte officiel de l’extrait
PAMELA ELIZABETH NEEDHAM AGUILERA, Abogado, Notario Público y Archivero Judicial de Talcahuano, en su calidad de Interino del que fuera Titular de este oficio don Juan Roberto Arias Garrido, con Oficio Covadonga 55, Talcahuano, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, doña LILIANA IVONE LAMPERTI FERNANDEZ, domiciliada en Hualqui, calle Los Castaños Nº151; doña ESTEFANÍA ANDREA NOVA LAMPERTI, domiciliada en Hualqui, calle Los Castaños Nº151; don CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA, domiciliado en Concepción, calle Doctor Eduardo Rioseco Nº1162, Los Lirios; y doña TERESA BENILDE RIFFO RETAMAL, domiciliada en Concepción, calle Salas Nº1338; modifican sociedad “LABORATORIO CLÍNICO PREVEGEN LIMITADA”, pudiendo abreviar expresión Limitada por “Ltda.” RUT: 76.339.376-3, constituida el 12 de marzo de 2014, ante el Notario de Concepción don Mario Patricio Aburto Contardo, Repertorio Nº1017-2014, inscrita fs.738 Nº675 Registro Comercio Concepción, año 2014, publicada Diario Oficial el 24 de marzo de 2014; modificada por: a) Escritura de fecha 22 de enero de 2016, otorgada ante el Notario de Concepción don Juan Espinosa Bancalari, Repertorio Nº306, inscrita fs.382 Nº325 Registro Comercio Concepción, año 2016, publicada Diario Oficial el 15 de febrero de 2016; b) Escritura de fecha 17 de julio de 2017, otorgada ante el Notario de Concepción don Juan Espinosa Bancalari, Repertorio Nº4027, inscrita fs.1692 vuelta Nº1329 Registro Comercio Concepción, año 2017, publicada Diario Oficial el 27 de julio de 2017, en siguiente sentido: UNO) Se Retira de la sociedad doña ESTEFANÍA ANDREA NOVA LAMPERTI, quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, esto es, un treinta por ciento (30%) de los derechos sociales a: Uno) Doña TERESA BENILDE RIFFO RETAMAL, quien ingresa como nueva socia, el 25% de los derechos sociales, quien los compra y acepta para sí.- El precio de la venta y cesión es la suma de $5.000.000 que se paga en este acto al contado, y dinero efectivo y que la cedente doña Estefanía Andrea Nova Lamperti declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, dando por pagado íntegramente el precio de la cesión.- Dos) Don CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA, el restante 5% de los derechos sociales, quien los compra y acepta para sí.- El precio de la venta y cesión es la suma de $1.000.000, que se paga en este acto al contado, y dinero efectivo y que la cedente doña Estefanía Andrea Nova Lamperti declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, dando por pagado íntegramente el precio de la cesión.- En consecuencia desde este momento quedan como únicos socios de la aludida sociedad doña LILIANA IVONE LAMPERTI FERNANDEZ, con el 40% de los derechos sociales; doña TERESA BENILDE RIFFO RETAMAL, con el 25% de los derechos sociales y don CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA, con el con el 35% de los derechos sociales.- DOS) El objeto de la sociedad será: Uno) Explotar el giro de laboratorio clínico en su más amplia acepción.- incluye (i) investigación en el área de la salud y la educación y (ii) capacitación, no sujeta a las normas SENCE, en materias relacionadas con el objeto social; Dos) prestar servicios ambulatorios médicos, de enfermeras, matronas, psicólogos, kinesiólogos, nutricionistas, tecnólogos médicos y otros profesionales del área de la salud; Tres) realizar exámenes de diagnóstico de todo tipo y emitir los informes correspondientes; Cuatro) realizar exámenes de imagenología y afines y emitir los informes correspondientes; Cinco) la compraventa, importación, comercialización, distribución, arrendamiento, utilización o explotación de equipos médicos e insumos, por cuenta propia o de terceros; Seis) inversión en terrenos y/o bienes inmuebles para su arrendamiento o explotación según su naturaleza; Siete) prestar asesorías profesionales en todo lo relacionado con el objeto social; Ocho) Vacunatorio; Nueve) Y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores, o necesaria para conseguir o complementar el objeto social o consecuencia de él. TRES) En el caso de fallecimiento de uno de los socios, los socios sobrevivientes tendrán la primera opción de compra de los derechos sociales del socio fallecido. En consecuencia, los herederos legales del socio(a) fallecido(a) deberá(n) ofrecer de manera preferente, a precio de mercado y en partes iguales, la venta de los derechos que les correspondan en la sociedad, oferta que deberá constar en un acta firmada por los herederos y los socios sobrevivientes, quienes, de mutuo acuerdo, podrán acordar una distribución distinta a la señalada precedentemente.- En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social primitivo.- Otras cláusulas escritura extractada.- Talcahuano, 24 de octubre de 2020.-
Informations sociétaires
Objet social
Del giro de su denominación
Capital
Capital total
$20.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
LILIANA IVONE LAMPERTI FERNANDEZ Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 40% | $8.000.000 |
ESTEFANIA ANDREA NOVA LAMPERTI Socio 16.xxx.xxx-9 | 16.xxx.xxx-9 | 30% | $6.000.000 |
CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA Socio 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 30% | $6.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular, O’Higgins N° 528, Concepción, certifica: Por escritura 17 Julio 2017, repertorio 4.027, ante mí, doña LILIANA IVONE LAMPERTI FERNANDEZ, cédula 9.188.687 – 1, Los Castaños N° 151, Hualqui; doña PIA SILVANA ZEPEDA NOVOA, cédula 13.622.148 – 5, Castellón N° 984, casa cuatro, Concepción; doña ANDREA ALEJANDRA SANCHEZ RUBIO, cédula 15.273.185 – K, calle G Nº 909, casa 2, Condominio Alto Las Palmas, Brisas del Sol Oriente, Talcahuano, doña CLAUDIA PAMELA RADOJKOVIC NAVARRO, cédula 13.970.853 – 9, Alicante N° 24, Parque Residencial Laguna Grande, San Pedro de la Paz, doña ESTEFANIA ANDREA NOVA LAMPERTI, cédula 16.008.709 – 9, Los Castaños N° 151, Hualqui, y don CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA, cédula 9.238.543 – 4, Dr. Eduardo Rioseco N° 1162, Los Lirios, Concepción, modifican LABORATORIO CLINICO PREVEGEN LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rut 76.339.376 – 3, inscrita en extracto a fojas 738, número 675, del año 2014 y a fojas 382, número 325, de 2016, ambas Registro Comercio Concepción.- De manera que las cuatro primeras comparecientes son actualmente únicas socias de dicha sociedad.- Se deja constancia que esta sociedad registra fuertes pérdidas.- A) doña PIA SILVANA ZEPEDA NOVOA, doña ANDREA ALEJANDRA SANCHEZ RUBIO, y doña CLAUDIA PAMELA RADOJKOVIC NAVARRO ceden el total de sus derechos a favor conjunto de doña ESTEFANIA ANDREA NOVA LAMPERTI, y de don CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA, en común y por iguales partes.- Cedentes dejan, en consecuencia de pertenecer a esta sociedad y entre ellas y la sociedad se pacta que ninguna de estas partes queda obligada a pago alguno en favor de la otra, por ninguna causa o concepto directa o indirectamente relacionada con esta sociedad, aún en la forma de mutuo o préstamo de dinero.- B) la sociedad queda integrada a partir fecha esta escritura, por doña LILIANA IVONE LAMPERTI FERNANDEZ, doña ESTEFANIA ANDREA NOVA LAMPERTI, y don CRISTIAN ARTURO PINILLA SAAVEDRA, quienes son socios, después del aumento de capital que se pacta más adelante, en la proporción de un 40 % para la primera y 30 % para cada uno de los restantes socios.- C) Administración, representación y uso razón social corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los actuales socios, con todas las facultades que indica el estatuto social.- D) CAPITAL.- Aumentan el capital social desde $1.000.000.- a la suma de $20.000.000.-, aportado por los socios en la siguiente forma; sra Lamperti, $8.000.000.-; sra. Nova, y sr Pinilla, $6.000.000 cada uno.- Socios limitan responsabilidad al monto sus aportes.- E) El aumento de capital se paga y pagará: 1.- Doña Estefanía Andrea Nova Lamperti y don Cristian Arturo Pinilla Saavedra enteran su aporte: a) con el dinero ya pagado por sus cedentes por concepto de capital, tanto al constituirse la sociedad como en la modificación del año 2016.- esto es $330.000.- por cada cesionario y ya enterado en arcas sociales, b) con $2.000.000.- que cada uno de ellos paga en efectivo fecha esta escritura y de que la sociedad se declara recibida, y c) con la diferencia hasta completar su aporte, que pagarán sin intereses ni reajuste a medida de las necesidades sociales, pero dentro del dentro del plazo de 4 años, a contar fecha esta escritura.- 2.- Doña Liliana Ivone Lamperti Fernández entera su aporte: a) con $340.000.-, que enteró al momento de constituirse esta sociedad y en la modificación del año 2016, b) con $4.918.900.- pagados con anterioridad a esta fecha, y c) con $2.741.100.-, que pagará sin intereses ni reajuste a medida de las necesidades sociales, pero dentro del plazo de 4 años, a contar fecha esta escritura.- F) La duración de la sociedad se pacta hasta el 31 Diciembre de 2022 y a continuación se entenderá prorrogada tácita y sucesivamente períodos cinco años cada uno, salvo aviso término dado forma señalada escritura.- G) Caso fallecimiento, insolvencia o incapacidad uno o más socios, sociedad continúa.- En lo demás mantiene su vigencia el estatuto social.- Concepción, 25 Julio 2017.- Juan Espinosa Bancalari, Notario Público Titular Concepción.-
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