Sociedad De Transportes Y Gruas Contador Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$95.000.000
Texte officiel de l’extrait
JESÚS OSSES REVECO, Notario Público Interino de Coquimbo, Borgoño Nº412, rectifica extracto de Rectificación de Modificación de Sociedad “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y GRUAS CONTADOR LIMITADA”, R.U.T. Nº76.335.362-1, capital $95.000.000.-, otorgada por escritura pública de fecha 20 Agosto 2018, ante don Sergio Yáber Lozano, Notario Público de Coquimbo, cuya subinscripción se anotó al margen de la inscripción de fojas 535 Nº296 del Registro de Comercio de Coquimbo, correspondiente al año 2016, con fecha 18 de Octubre de 2018; publicado en Diario Oficial Nº42.140 con fecha 24 Agosto 2018, en el siguiente sentido: Se rectifica comparecencia de extracto, en la cual se incurrió en un error al señalar: “Por escritura pública de fecha 17 de Agosto de 2018, ante su Suplente CLAUDIA CASANGA BAEZA”, debiendo decir: “Por escritura pública de fecha 20 de Agosto de 2018, ante mí”. En todo lo demás, la escritura señalada sigue plenamente vigente. Coquimbo, 03 de Diciembre de 2018.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$95.000.000
Représentation légale (1)
JORGE GUILLERMO CONTADOR CERENIC
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 29 février 2016
Se constituyó la sociedad y luego fue publicada una modificación social en 2016.
- Cession de droits· 17 août 2018
Se rectifica la cesión de derechos sociales: Jorge Antonio Contador Araya y Sociedad de Inversiones La Charrua Limitada ceden el 50% de sus derechos cada uno a María Ercilia Contador Araya y Leslie Smythe Contador, respectivamente.
JORGE ANTONIO CONTADOR ARAYA · SOCIEDAD DE INVERSIONES LA CHARRUA LIMITADA · MARIA ERCILIA CONTADOR ARAYA · LESLIE SMYTHE CONTADOR
Texte officiel de l’extrait
SERGIO YABER LOZANO, Notario Público Coquimbo, Borgoño Nº412, Certifica: Por escritura pública de 17 de Agosto de 2018, ante su Suplente CLAUDIA CASANGA BAEZA, Don JORGE ANTONIO CONTADOR ARAYA, domiciliado en Coquimbo, calle Río Itata Nº4139, Peñuelas; don JORGE GUILLERMO CONTADOR CERENIC, en representación de la SOCIEDAD DE INVERSIONES LA CHARRUA LIMITADA, empresa del giro de inversiones, R.U.T. Nº76.278.887-K, ambos domiciliados en La Serena, Parcela 59 Lote 3-A-2 S/N, de paso en esta ciudad; doña LESLIE CAROLINA SMYTHE CONTADOR domiciliada en Coquimbo, Avenida Costanera Nº796, La Herradura, y doña MARIA ERCILIA CONTADOR ARAYA, domiciliada en Coquimbo, calle Del Pirata número treinta, La Herradura; quienes procedieron a efectuar escritura rectificatoria de la escritura pública de modificación social de fecha 29 de Febrero del año 2016, otorgada en la Notaría de Coquimbo de don Miguel Bauzá Fredes, de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y GRUAS JORGE CONTADOR LIMITADA”, R.U.T. Nº76.335.362-1, extracto publicado en Diario Oficial Edición Nº41439 de fecha 22 de Abril de 2016, e inscrito en el Registro de Comercio de Coquimbo a fojas 535 Nº 296 del año 2016, cuyo capital es de $95.000.000, en la cláusula Cuarta en lo que respecta a la Cesión de derechos de los socios, en el siguiente sentido: donde dice “Cesión de derechos de los socios: El socio don Jorge Antonio Contador Araya es dueño del 50% de los derechos sociales, y en este acto vende, cede y transfiere el 25% de sus derechos sociales que posee en la misma, a la compareciente doña María Ercilia Contador Araya, quien compra y adquiere dichos derechos para sí, en la suma de $2.500.000, valor que la compradora y cesionaria paga al vendedor y cedente en este acto, de contado y en dinero en efectivo, suma que se declara entregada y recibida a entera conformidad.- En consecuencia, se declara íntegra y totalmente pagado el precio de la compraventa y cesión de derechos sociales, para todos los efectos legales.- La Sociedad de Inversiones La Charrúa Limitada, representada por don Jorge Guillermo Contador Cerenic, es dueña del 50% de los derechos sociales, y en este acto vende, cede y transfiere el 25% de sus derechos sociales que posee en la misma, a la compareciente doña Leslie Smythe Contador, quien compra y adquiere dichos derechos para sí, en la suma $2.500.000, valor que la compradora y cesionaria paga a la vendedora y cedente en este acto, de contado y en dinero en efectivo, suma que se declara entregada y recibida a entera conformidad.- En consecuencia, se declara íntegra y totalmente pagado el precio de la compraventa y cesión de derechos sociales, para todos los efectos legales”, debe decir lo siguiente: “Cesión de derechos de los socios: El socio don Jorge Antonio Contador Araya es dueño del 50% de los derechos sociales, y en este acto vende, cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales que posee en la misma, a la compareciente doña María Ercilia Contador Araya, quien compra y adquiere dichos derechos para sí, en la suma de $2.500.000, valor que la compradora y cesionaria paga al vendedor y cedente en este acto, de contado y en dinero en efectivo, suma que se declara entregada y recibida a entera conformidad.- En consecuencia, se declara íntegra y totalmente pagado el precio de la compraventa y cesión de derechos sociales, para todos los efectos legales.- La Sociedad de Inversiones La Charrúa Limitada, representada por don Jorge Guillermo Contador Cerenic, es dueña del 50% de los derechos sociales, y en este acto vende, cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales que posee en la misma, a la compareciente doña Leslie Smythe Contador, quien compra y adquiere dichos derechos para sí, en la suma de $2.500.000, valor que la compradora y cesionaria paga a la vendedora y cedente en este acto, de contado y en dinero en efectivo, suma que se declara entregada y recibida a entera conformidad.- En consecuencia, se declara íntegra y totalmente pagado el precio de la compraventa y cesión de derechos sociales, para todos los efectos legales”. En todo lo no modificado rige íntegramente el pacto social primitivo y sus respectivas modificaciones.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- En Coquimbo a 22 de Agosto de 2018.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y GRUAS CONTADOR LIMITADA
CVE 1508224
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y GRUAS JORGE CONTADOR LIMITADA
CVE 1452551
