Castillo Y Zuñiga Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la empresa será exclusivamente la prestación de servicios odontológicos a pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en toda área de la odontología y sus especialidades, tanto de adultos como niños, y demás que sean relacionadas en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera con la odontología
Capital
Capital total
$4.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 9% | - |
CAMILA FERNANDA CASTILLO ZÚÑIGA Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 46% | - |
Socio 17.xxx.xxx-1 | 17.xxx.xxx-1 | 45% | - |
Texte officiel de l’extrait
HERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Público de la Tercera Notaría de Curicó, Con oficio en Calle Carmen 498, de esta ciudad, certifica: Por escritura otorgada ante mí de fecha 10 de abril de 2023, repertorio Nº 1238-2023; don JUAN EDUARDO CASTILLO MURANDA, chileno, cédula de identidad N° 10.413.514-5, casado, odontólogo; doña CAMILA FERNANDA CASTILLO ZÚÑIGA, chilena, cédula de identidad N° 17.980.957-5, soltera, odontóloga; doña CATALINA JAVIERA CASTILLO ZUÑIGA, chilena, cédula de identidad N° 19.299.436-5, soltera, actriz; y doña PAZ CONSTANZA CASTILLO ZUÑIGA, chilena, cédula de identidad N° 17.343.960-1, casada, odontóloga; modificaron la sociedad “CASTILLO Y ZUÑIGA LIMITADA”, Rut N° 76.328.337-2, con un capital vigente de $4.000.000. La modificación consiste en: La socia doña CATALINA JAVIERA CASTILLO ZÚÑIGA, vende, cede y transfiere, la totalidad de los derechos o cuotas que le corresponden sobre la sociedad, lo cual equivale al TREINTA Y UNO POR CIENTO de los derechos o cuotas que recaen sobre la sociedad CASTILLO Y ZUÑIGA LIMITADA de la siguiente forma: a) Doña CATALINA JAVIERA CASTILLO ZÚÑIGA, vende, cede y transfiere el CATORCE POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales, a doña PAZ CONSTANZA CASTILLO ZUÑIGA, quien compra, acepta y adquiere para sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($2.500.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando la cedente o vendedora recibir a su entera conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio; b) Doña CATALINA JAVIERA CASTILLO ZÚÑIGA, vende, cede y transfiere el QUINCE POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales a doña CAMILA FERNANDA CASTILLO ZÚÑIGA, quien compra, acepta y adquiere sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales, la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($2.650.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando la cedente o vendedora recibir a su entera conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio; y c) Doña CATALINA JAVIERA CASTILLO ZÚÑIGA, vende, cede y transfiere el DOS POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales a don JUAN EDUARDO CASTILLO MURANDA, quien compra, acepta y adquiere sí, siendo el precio de venta por dichos derechos sociales, la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($350.000), suma de dinero que se paga al contado y en dinero en efectivo en este acto, declarando la cedente o vendedora recibir a su entera conformidad dicha suma de dinero, otorgando recibo de pago y cancelación, quedando íntegramente pagado el precio.- En consecuencia de las ventas y cesiones de derechos sociales ya mencionados, la sociedad queda conformada de la siguiente forma: Don JUAN EDUARDO CASTILLO MURANDA, con el NUEVE POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales; doña PAZ CONSTANZA CASTILLO ZÚÑIGA con el CUARENTA Y CINCO POR CIENTO de los derechos o cuotas sociales; y doña CAMILA FERNANDA CASTILLO ZÚÑIGA con el CUARENTA Y SEIS POR CIENTOS de los derechos o cuotas sociales.- Los socios en este acto, manifiestan su total y entera conformidad respecto de la venta de los derechos o cuotas sociales por parte de doña CATALINA JAVIERA CASTILLO ZÚÑIGA, quien en consecuencia, se retira de la sociedad por haber vendido la totalidad de sus derechos o cuotas sociales.- Los socios de igual manera, vienen a modificar el objeto de la sociedad, señalado en la cláusula cuarta del pacto social primitivo, reemplazando el contenido de la cláusula mencionada, en el tenor siguiente: “El objeto de la empresa será exclusivamente la prestación de servicios odontológicos a pacientes particulares, o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en toda área de la odontología y sus especialidades, tanto de adultos como niños, y demás que sean relacionadas en la actualidad o en el futuro, de cualquier manera con la odontología”.- En todo no lo modificado por el presente instrumento, se mantiene absolutamente vigente los estatutos sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó 10 de abril de 2023.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CASTILLO Y ZUÑIGA LIMITADA
CVE 2310654
