Société à responsabilité limitée76.324.566-7

Fabricacion De Juegos Infantiles Y Estructuras Metalicas Limitada

MODIFICACIÓN — 30 janv. 2017

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2017-01-30Voir le PDF (CVE 1176359)

Informations sociétaires

SpA
Providencia, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: Administra la sociedad doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y don FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE, quienes actúan separada e indistintamente o a través de apoderados especialmente designados por escritura pública.

Objet social

importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

500

Associés (2)

NomParticipation

FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA

Accionista

06.xxx.xxx-1

-

ESPACIO LIBRE SpA

Accionista

76.504.921-0

-

Administrateurs (2)

FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA

06.xxx.xxx-1Administrador

Représentation légale (1)

FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA

06.xxx.xxx-1En représentation de ESPACIO LIBRE SpA76.504.921-0

Texte officiel de l’extrait

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matías Cousiño N° 150, of. 647, certifico que por escritura publica hoy ante mí, FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, por sí, General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, C.I. 06.067.226-1 y, doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, en representación de "ESPACIO LIBRE SpA", General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, RUT: 76.504.921-0, transformaron y modificarón la Sociedad “FABRICACIÓN DE JUEGOS INFANTILES Y ESTRUCTURAS METALICAS LIMITADA” En el siguiente tenor: I ) Los actuales socios doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y la sociedad "ESPACIO LIBRE SpA", vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones: A) NOMBRE: Se modifica el nombre de la sociedad, denominándose "OKSTAR CHILE SpA". B) OBJETO: El objeto de la sociedad, será importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles. C) DURACIÓN: Indefinida. D) CAPITAL y ACCIONES: 5.000.000 de pesos dividida en 500 acciones, ordinarias, nominativas de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. E) RESPONSABILIDAD: limitan resposabilidad personal al monto de sus aportes. F) ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: Administra la sociedad doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y, don FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE, quienes actuando separada e indistintamente o a través de apoderados especialmente designados por escritura pública. Los administradores tendrá la representación judicial y extrajudicial para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición, tantas cuantas sean concebibles y sin limitación alguna, pudiendo ejecutar todos los actos jurídicos propios del giro de la sociedad, sin restricciones de ningún tipo, salvo aquellas referidas a materias exclusivas de las Juntas De Accionistas. G) BALANCE: La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año. H) DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES: Las utilidades se distribuirán conforme al número de acciones, de su respectiva serie y, acorde a los pactos que los accionistas tomen cada año. No existirá obligación de repartir dividendos mínimos obligatorios. I) DEL SILENCIO DE ESTOS ESTATUTOS: se aplicarán las normas legales y reglamentarias que rijan a las sociedades anónimas cerradas.- J) JUNTAS DE ACCIONISTAS: La sociedad tendrá Juntas de Accionistas, del modo reglamentado en la escritura que se extracta. K) DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD: La disolución de la sociedad será por el acuerdo de los accionistas, por sentencia ejecutoriada y por causales legales. La liquidación de la sociedad podrá ser practicada por quien designe la administradora, pudiendo ejercerla ella.- II) Existen otras diposiciones estatutarias en la escritura que se extracta.- Santiago, 30 de Diciembre del 2.017.

ModificationDiario Oficial · 2017-01-27Voir le PDF (CVE 1175055)

Informations sociétaires

SpA
Providencia, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: Administra la sociedad doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y don FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE, separada e indistintamente o a través de apoderados especialmente designados en conjunto por ambos administradores mediante escritura pública.

Objet social

importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles.

Capital

Capital total

$5.000.000

Actions

500

Associés (2)

NomParticipation

FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA

Accionista

6.xxx.xxx-1

-

ESPACIO LIBRE SpA

Accionista

76.504.921-0

-

Administrateurs (2)

FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA

6.xxx.xxx-1Administrador

Représentation légale (1)

FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA

6.xxx.xxx-1En représentation de ESPACIO LIBRE SpA76.504.921-0

Texte officiel de l’extrait

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matías Cousiño N° 150, of. 647, certifico que por escritura publica hoy, ante mí, FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, por sí, General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, C.I. 6.067.226-1 y, doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA, en representación de "ESPACIO LIBRE SpA", General Parra 674, of. D, Providencia, ciudad de Santiago, RUT: 76.504.921-0, transformaron y modificarón la Sociedad “FABRICACIÓN DE JUEGOS INFANTILES Y ESTRUCTURAS METALICAS LIMITADA” En el siguiente tenor: I ) Los actuales socios doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y la sociedad "ESPACIO LIBRE SpA", vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones: A) NOMBRE: Se modifica el nombre de la sociedad, denominándose " OKSTAR CHILE SpA”. B) OBJETO: El objeto de la sociedad, será importación y exportación, reparación y comercialización de mobiliario urbano, juegos infantiles, parque acuático, productos de plásticos y caucho; la inversión en instrumentos de capitales de toda especie y la participación en derechos sociales de otras sociedades y, la de realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos naturales o civiles. C) DURACIÓN: Indefinida. D) CAPITAL y ACCIONES: 5.000.000 de pesos dividida en 500 acciones, ordinarias, nominativas de igual valor y sin valor nominal. E) RESPONSABILIDAD: limitan resposabilidad personal al monto de sus aportes. F) ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: Administra la sociedad doña FLODERMIRA ELENA DEL CARMEN DE LA TORRE RIVERA y, don FERNANDO ALFREDO LOWY DE LA TORRE, quienes actuando separada e indistintamente o a través de apoderados especialmente designados de manera exclusiva y exclyente en conjunto por ambos administradores mediante escritura pública. Los administradores tendrá la representación judicial y extrajudicial para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición, tantas cuantas sean concebibles y sin limitación alguna, pudiendo ejecutar todos los actos jurídicos propios del giro de la sociedad, sin restricciones de ningún tipo, salvo aquellas referidas a materias exclusivas de las Juntas De Accionistas. G) BALANCE: La sociedad confeccionará anualmente su balance general al 31 de diciembre de cada año. H) DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES: Las utilidades se distribuirán conforme al número de acciones, de su respectiva serie y, acorde a los pactos que los accionistas tomen cada año. No existirá obligación de repartir dividendos mínimos obligatorios. I) DEL SILENCIO DE ESTOS ESTATUTOS: se aplicarán las normas legales y reglamentarias que rijan a las sociedades anónimas cerradas.- J) JUNTAS DE ACCIONISTAS: La sociedad tendrá Juntas de Accionistas, del modo reglamentado en la escritura que se extracta. K) DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD: La disolución de la sociedad será por el acuerdo de los accionistas, por sentencia ejecutoriada y por causales legales. La liquidación de la sociedad podrá ser practicada por quien designe la administradora, pudiendo ejercerla ella.- II) Existen otras diposiciones estatutarias en la escritura que se extracta.-Santiago, 30 de Diciembre del 2.016.-

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