Société à responsabilité limitée76.321.460-5

Rentas Valle Paraíso Limitada

MODIFICACIÓN — 27 févr. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-02-27Voir le PDF (CVE 2616288)

Informations sociétaires

Ltda
Avenida La Dehesa N°1.201, oficina O-326
Durée: Hasta el 31 de diciembre del año 2050
Administration: Administración y uso de la razón social por apoderados clase A y clase B, con reglas de actuación individual/indistinta hasta 2029 y conjunta desde 2030

Objet social

La realización de inversiones directa e indirectamente en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, debentures, bonos, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, títulos de crédito y toda clase de efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y la administración de esas inversiones y sus frutos; la realización de toda clase de actividades o de servicios que acuerden los socios; la administración, explotación y arrendamiento de todo tipo de bienes, sean estos corporales o incorporales, muebles o inmuebles.

Capital

Capital total

$4.838.501.614

Capital libéré

$4.838.501.614

Capital restant dû

$0

Associés (5)

NomParticipation

Carolina Elisa Ugarte Hernández

Socio

16.2368781079059%

Inversiones Ontasuna Limitada

Socio

20.940780483558%

Inversiones Assueko Limitada

Socio

20.940780483558%

Inversiones Sawtelle Limitada

Socio

20.940780483558%

Inversiones Rukume Limitada

Socio

20.940780483558%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 7 juillet 2005

    Se constituyó la sociedad Rentas Valle Paraíso Limitada.

    Rentas Valle Paraíso Limitada

  2. Entrée d’un associé· 14 janvier 2025

    Se constituyen Inversiones Assueko Limitada, Inversiones Sawtelle Limitada, Inversiones Rukume Limitada e Inversiones Ontasuna Limitada, recibiendo participaciones sociales de la sociedad.

    Matías José Muñoz Ugarte · Martín José Muñoz Ugarte · Pedro José Muñoz Ugarte · María Jesús Muñoz Ugarte · Inversiones Assueko Limitada · Inversiones Sawtelle Limitada · Inversiones Rukume Limitada · Inversiones Ontasuna Limitada

Texte officiel de l’extrait

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 14 de enero de 2025, ante mí, doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, doña María Jesús Muñoz Ugarte, don Pedro José Muñoz Ugarte, don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte, Inversiones Assueko Limitada, Inversiones Sawtelle Limitada, Inversiones Ontasuna Limitada e Inversiones Rukume Limitada; todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa N°1.201, oficina O- 326, comuna de Lo Barnechea, Santiago, acordaron modificar la sociedad Rentas Valle Paraíso Limitada” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 24.754, número 17.946 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2005, en los siguientes términos: (a) Constitución de Inversiones Assueko Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Assueko Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, don Matías José Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (b) Constitución de Inversiones Sawtelle Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Sawtelle Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, don Martín José Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos sociales que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (c) Constitución de Inversiones Rukume Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Rukume Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, don Pedro José Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos sociales que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (d) Constitución de Inversiones Ontasuna Limitada. Los comparecientes dieron cuenta de la constitución de Inversiones Ontasuna Limitada. Con ocasión de la constitución de dicha sociedad, doña María Jesús Muñoz Ugarte aportó como capital los derechos sociales que mantenía en la Sociedad, correspondientes aproximadamente al 20,940780483558% de la participación social. (e) Ingreso y retiro de socios: Con motivo de la constitución de las sociedades mencionadas en los literales (a), (b), (c) y (d) precedentes, dejaron de ser socios de la Sociedad don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte, don Pedro José Muñoz Ugarte y doña María Jesús Muñoz Ugarte, y se incorporan como socios de la Sociedad Inversiones Assueko Limitada, Inversiones Sawtelle Limitada, Inversiones Rukume Limitada e Inversiones Ontasuna Limitada. (f) Modificación de los estatutos. Como consecuencia de lo expuesto precedentemente, los actuales socios de la Sociedad acuerdan modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales referente a su capital indicado que el capital de la Sociedad asciende a la suma de $4.838.501.614, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: /i/ doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 16,2368781079059% de los derechos sociales; /ii/ Inversiones Ontasuna Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iii/ Inversiones Assueko Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iv/ Inversiones Sawtelle Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; y /v/ Inversiones Rukume Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales. (g) Otorgamiento de estatutos refundidos de la Sociedad. Los comparecientes acordaron dictar un texto refundido de los estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: (i) Razón social: “Rentas Valle Paraíso Limitada”. (ii) Objeto: /i/ La realización de inversiones directa e indirectamente en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, debentures, bonos, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, títulos de crédito y toda clase de efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y la administración de esas inversiones y sus frutos; /ii/ la realización de toda clase de actividades o de servicios que acuerden los socios; /iii/ la administración, explotación y arrendamiento de todo tipo de bienes, sean estos corporales o incorporales, muebles o inmuebles. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, pudiendo participar en toda clase de entidades y/o sociedades, tanto nacionales como extranjeras, cualquiera sea su objeto y naturaleza jurídica, pudiendo concurrir como socio o accionista de cualquier tipo, aportante o mantener cualquier tipo de derechos o intereses en éstas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. (iii) Duración: La Sociedad comenzó con fecha 7 de julio de 2005 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2050. Vencido este plazo, la Sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos iguales de 5 años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se tome nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo. (iv) Capital: $4.838.501.614, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: /i/ doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 16,2368781079059% de los derechos sociales; /ii/ Inversiones Ontasuna Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iii/ Inversiones Assueko Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; /iv/ Inversiones Sawtelle Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales; y /v/ Inversiones Rukume Limitada, aportó la cantidad equivalente aproximadamente al 20,940780483558% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. (v) Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a las personas que se indican a continuación, en adelante todos conjuntamente como los “Administradores”, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en especial con aquellas indicadas en el artículo octavo de los estatutos sociales. /i/Apoderados Clase A: hasta el 31 de diciembre de 2029, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de los señores don Pedro Andrés Muñoz Rojas o doña Carolina Elisa Ugarte Hernández. /ii/ Apoderados Clase B: a contar del 1 de enero de 2030, don Pedro Andrés Muñoz Rojas y doña Carolina Elisa Ugarte Hernández deberán actuar conjuntamente o bien, alternativamente, uno cualquiera de ellos deberá actuar conjuntamente con uno cualquiera de los señores doña María Jesús Muñoz Ugarte, don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte o don Pedro José Muñoz Ugarte. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de ausencia, insolvencia o incapacidad legal o natural de los señores don Pedro Andrés Muñoz Rojas y doña Carolina Elisa Ugarte Hernández, lo cual no será necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad será ejercida conjuntamente por tres cualquiera de los señores doña María Jesús Muñoz Ugarte, don Matías José Muñoz Ugarte, don Martín José Muñoz Ugarte o don Pedro José Muñoz Ugarte, quienes, actuando en la forma señalada y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las mismas facultades que los Administradores. Se deja constancia de lo siguiente: (i) Inversiones Assueko Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.864, número 4.085 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025; (ii) Inversiones Sawtelle Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.866, número 4.086 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025; (iii) Inversiones Rukume Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.894, número 4.100 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del Santiago correspondiente al año 2025; e (iv) Inversiones Ontasuna Limitada se encuentra inscrita a fojas 11.862, número 4.084 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2025.

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  1. MODIFICACIÓN

    Rentas Valle Paraíso Limitada

    CVE 2616288

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