Société à responsabilité limitée76.320.502-9

Inversiones Inmobiliaria Bon Limitada

MODIFICACIÓN — 30 janv. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-01-30Voir le PDF (CVE 2263284)

Informations sociétaires

Ltda
Colina, Región Metropolitana
Administration: Socios administradores con facultad de delegar

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 26 août 2013

    Constitución de Inversiones Inmobiliaria BON Limitada.

  2. Autre acte· 11 mars 2014

    Primera modificación previa de la sociedad.

Texte officiel de l’extrait

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Abogado Notario Público Suplente Del Titular PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 5 de Enero de 2023, ante el Notario Titular, Carlos Eduardo Nakamura García, Patricia Lorena Araneda Esquivel, Carlos Maximiliano Nakamura Araneda, Kimi Annei Nakamura Araneda, todos Avenida Las Calas N° 32, Barrio Las Flores Piedra Roja; Chicureo, Colina y de paso por ésta; Juan Carlos Ortúzar Ciudad, Av. Irarrázaval N°2821, Of. 706, Torre A, Ñuñoa; María Verónica Bofill García, Ramón Subercaseaux N° 6735 Pirque y de paso por ésta, Ramiro Francisco Bofill de Caso y María Alicia García noriega, ambos Pedro Figari N° 2239 B, Vitacura. Modificaron Inversiones Inmobiliaria BON Limitada, constituida por escritura de 26 de agosto de 2013 Notaria Pablo González Caamaño, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 67.054 N° 44.126 del año 2013 y antes modificada por escritura de 11 de marzo de 2014, notaria Pablo González Caamaño, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 19.002 N° 11823 del año dos mil catorce, haciendo las siguientes modificaciones: A) agregar una Cláusula Cuarta Bis, que faculta a los socios administradores para delegar en los otros socios o en terceras personas naturales, sus facultades de administración. Delegación podrá ser parcial, para fines específicos o la totalidad de sus facultades. La delegación de la totalidad de las facultades deberá constar en escritura pública debidamente inscrita en el Registro de Comercio. B) Modificar la Cláusula Quinta del pacto social, por el cual el socio Ramiro Francisco Bofill de Caso delega todas sus facultades de administración, disposición y representación en don Juan Javier Bofill García, Carlos Eduardo Nakamura García delega todas sus facultades de administración, disposición y representación en doña Patricia Lorena Araneda Esquivel, y el socio Juan Carlos Ortuzar Ciudad delega todas sus facultades de administración, disposición y representación en doña María Verónica Bofill García. Esta delegación se hará efectiva para el evento que, por cualquier causa, distinta al fallecimiento, el socio delegante no pueda ejercer o hacerse cargo de su administración de la sociedad no siendo necesario demostrar ante terceros de la incapacidad y/o ausencia, C) Modificar la cláusula Décima Segunda, para el evento del fallecimiento de los socios administradores, estos designan como mandatarios para que representen a los herederos en la sociedad: Ramiro Francisco Bofill de Caso, designa a Juan Javier Bofill García, Carlos Eduardo Nakamura García designa a Patricia Lorena Araneda Esquivel y Juan Carlos Ortúzar ciudad designa a María Verónica Bofill García.- En todo aquello no modificado sigue plenamente vigente el pacto social. Demas estipulaciones en escritura extractada.

ModificationDiario Oficial · 2023-01-16Voir le PDF (CVE 2253982)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Administración delegable por socios administradores

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 26 août 2013

    Constitución de Inversiones Inmobiliaria BON Limitada.

  2. Autre acte· 11 mars 2014

    Primera modificación previa de la sociedad.

Texte officiel de l’extrait

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Abogado Notario Público Suplente Del Titular PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 05 de Enero de 2023, ante el Notario Titular, Carlos Eduardo Nakamura García, Patricia Lorena Araneda Esquivel, Carlos Maximiliano Nakamura Araneda, Kimi Annei Nakamura Araneda, todos Avenida Las Calas N° 32, Barrio Las Flores Piedra Roja; Chicureo, Colina; Juan Carlos Ortúzar Ciudad, Av. Irarrázaval N°2821, Of. 706, Torre A, Ñuñoa; María Verónica Bofill García, Ramón Subercaseaux N° 6735, Pirque, Ramiro Francisco Bofill de Caso y María Alicia García noriega, ambos Pedro Figari N° 2239 B, Vitacura. Modificaron Inversiones Inmobiliaria BON Limitada, constituida por escritura de 26 de agosto de 2013 Notaria Pablo González Caamaño, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 67.054 N° 44.126 del año 2013 y antes modificada por escritura de 11 de marzo de 2014, notaria Pablo González Caamaño, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 19.002 N° 11823 del año dos mil catorce. La sociedad a la fecha no ha tenido modificaciones, en el siguiente sentido: A) agregar una Cláusula Cuarta Bis, que faculta a los socios administradores para delegar en los otros socios o en terceras personas naturales, sus facultades de administración. Delegación podrá ser parcial, para fines específicos o la totalidad de sus facultades. La delegación de la totalidad de las facultades deberá constar en escritura pública debidamente inscrita en el Registro de Comercio. B) Modificar la Cláusula Quinta del pacto social, por el cual el socio Ramiro Francisco Bofill de Caso delega todas sus facultades de administración, disposición y representación en don Juan Javier Bofill García, Carlos Eduardo Nakamura García delega todas sus facultades de administración, disposición y representación en doña Patricia Lorena Araneda Esquivel, y el socio Juan Carlos Ortuzar Ciudad delega todas sus facultades de administración, disposición y Verónica Bofill García. Estas delegaciones se harán efectiva para el evento que, representación en doña María por cualquier causa, distinta al fallecimiento, el socio delegante no pueda ejercer o hacerse cargo de su administración de la sociedad no siendo necesario demostrar ante terceros de la incapacidad y/o ausencia, C) Modificar la cláusula Décima Segunda, para el evento del fallecimiento de los socios administradores, estos designan como mandatarios para que representen a los herederos en la sociedad: Ramiro Francisco Bofill de Caso, designa a Juan Javier Bofill García, Carlos Eduardo Nakamura García designa a Patricia Lorena Araneda Esquivel y Juan Carlos Ortúzar ciudad designa a María Verónica Bofill García.- En todo aquello no modificado sigue plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.

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