Société à responsabilité limitée76.319.190-7

Inversiones Doña Yolanda Limitada

MODIFICACIÓN — 6 juin 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-06-06Voir le PDF (CVE 2502299)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$379.389.686

Capital libéré

$379.389.686

Capital restant dû

$0

Associés (5)

NomParticipation

SOCIEDAD INVERSIONES GRUPO RD SpA

Socio

76.715.221-3

25%

INVERSIONES AMAR SpA

Socio

76.715.462-3

25%

ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA

Socio

10.xxx.xxx-9

25%

SOCIEDAD DE INVERSIONES VIENTO SUR SpA

Socio

77.777.215-5

12.5%

PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA

Socio

17.xxx.xxx-0

12.5%

Historique sociétaire relaté

  1. Cession de droits· 18 avril 2023

    Rentas Marcel Limitada es disuelta y sus derechos en la sociedad se adjudican a sus comuneros.

    Rentas Marcel Limitada · DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA · DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA · ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA · JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA · PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36ª Notaría Santiago, con Oficio en la Concepción 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de abril de 2024, Rep. 4.576-2024, otorgada ante mí, DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, cédula nacional de identidad número ocho millones veinte mil cuatrocientos cuarenta y uno guion ocho, por sí y en representación de INVERSIONES AMAR SpA., Rol único Tributario número setenta y seis millones setecientos quince mil cuatrocientos sesenta y dos guion tres, ambas con domicilio en calle La Montura número siete mil doscientos ochenta y cinco, casa ciento once, comuna de Puente Alto; DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento ocho mil novecientos ocho guion cuatro, por sí y en representación de la SOCIEDAD INVERSIONES GRUPO RD SpA, Rol único Tributario número setenta y seis millones setecientos quince mil doscientos veintiuno guion tres, ambas con domicilio en Los Militares cinco mil setecientos treinta y uno depto. doscientos tres piso dos, comuna de Las Condes; ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos cincuenta y tres mil ochocientos nueve guion nueve, con domicilio en calle Teniente Bello número ciento quince, comuna de Puente Alto; JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trescientos sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y cuatro guion cinco, por sí y en representación, de la SOCIEDAD DE INVERSIONES VIENTO SUR SpA., Rol único Tributario número setenta y siete millones setecientos setenta y siete mil doscientos quince guion cinco, ambos con domicilio en calle Alfredo Barros Errazuriz mil novecientos cincuenta y tres, piso once, comuna de Providencia; PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA, cédula nacional de identidad número diecisiete millones seiscientos mil novecientos sesenta y cuatro guion cero, con domicilio en Condominio Las Campiñas Norte casa ciento setenta y seis, Lo Arcaya, comuna de Colina. Disolución y adjudicaciones. Según consta en escritura pública de fecha dieciocho de abril de dos mil veintitrés otorgada ante notario público de Santiago, Andrés Felipe Rieutord Alvarado, repertorio número doce mil ochocientos ochenta y ocho guion dos mil veintitrés, la sociedad Rentas Marcel Limitada, Rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos setenta y cuatro mil treinta y seis guion K, en aquel entonces, socia y titular del setenta y cuatro coma noventa por ciento de los derechos en la Sociedad de Inversiones doña Yolanda Limitada, fue declarada disuelta por sus socios y posteriormente liquidada por sus comuneros, disolución que fue inscrita a fojas noventa y siete número cuarenta y dos del Registro de Comercio de Puente Alto, del año dos mil veintitrés, y publicada en el diario oficial de fecha tres de junio de dos mil veintitrés. Como resultado de lo acordado en dicha disolución y posterior liquidación, los comuneros acordaron adjudicarse, a prorrata de sus participaciones, el total de los derechos que aquella sociedad poseía en la sociedad Inversiones Doña Yolanda Limitada, razón por la cual operó allí mismo, la siguiente asignación de derechos sociales: DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, el dieciocho coma setecientos veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad Inversiones Doña Yolanda Limitada; DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA, el dieciocho coma setecientos veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad Inversiones Doña Yolanda Limitada; ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA, el dieciocho coma setecientos veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad Inversiones Doña Yolanda Limitada; JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, el nueve coma tres mil seiscientos veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad Inversiones Doña Yolanda Limitada, y; PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA el nueve coma tres mil seiscientos veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad Inversiones Doña Yolanda Limitada. De esta manera, el total del patrimonio de la sociedad Rentas Marcel Limitada, fue adjudicado en la forma antes indicada, y con los derechos y/o activos que allí se señalaron. Como resultado de las adjudicaciones, corresponderá reconocer los cambios que, por consecuencia de aquello, han de operar en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, particularmente en lo que dice relación con la sustitución del hasta ahora socio Rentas Marcel Limitada, por los socios de la sociedad quienes acrecientan en sus participaciones, según se indica: DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, el veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada; DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA, el veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada; ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA, el veinticinco por ciento de los derechos en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada; JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, el doce coma cinco por ciento de los derechos en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, y; PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA, el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada. De esta manera, los comparecientes en sus calidades personales, acuerdan por la unanimidad de sus integrantes, modificar la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, en lo concerniente al capital social, dando cuenta por tanto de la cláusula pertinente, la que se reemplaza por el siguiente nuevo tenor literal: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma única y total de $379.389.686.- íntegramente aportados por los socios, y enterados con anterioridad a esta fecha. Los socios participan en el capital social, en las siguientes proporciones: A) DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; B) DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; C) ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; D) JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; E) PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA, con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales.” Aporte de derechos en propiedad: Definida la conformación del pacto social, como resultado de la modificación previamente señalada, los comparecientes DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA y JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, actuando cada uno de ellos en su calidad explícita de empresarios unipersonales, acogidos a régimen simplificado previsto en el Artículo catorce letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y actuando asimismo en su calidad de representantes de sus sociedades, previamente individualizadas en la comparecencia, a saber: Inversiones Amar SpA, Sociedad Inversiones Grupo RD SpA y Sociedad de Inversiones Viento Sur SpA, respectivamente, vienen en aportar en dominio a sus sociedades, las participaciones que a cada uno de los anteriores, personas naturales y empresarias unipersonales, acogidos a régimen simplificado previsto en el Artículo catorce letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta, les corresponden en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, siendo aquellas, las que se indican en cada proporción y valor, según corresponda a los registros contables de cada uno de los antes mencionados empresarios unipersonales, al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintitrés: A) DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA, aporta el veinticinco por ciento de los derechos sociales en Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, mismos que se valorizan en la suma de ciento noventa y nueve millones doscientos cincuenta y dos mil seiscientos noventa y seis pesos; B) DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, aporta el veinticinco por ciento de los derechos sociales, en Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, mismos que se valorizan en la suma de ciento noventa y nueve millones doscientos cincuenta y dos mil seiscientos noventa y seis pesos; C) JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, aporta el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales, en Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, mismos que se valorizan en la suma de noventa y nueve millones seiscientos veintiséis mil trescientos cuarenta y ocho pesos; Consecuentemente, dichos aportes en dominio, traerán aparejada, la consecuente modificación en el pacto social de la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, en función del consecuente cambio en la participación social, todo ello según indica a continuación, en el siguiente tenor literal. Modificación. Como consecuencia de los aportes en propiedad previamente realizados, de los derechos sociales que a los señores: A) DENISSE ANTONE DUCASSE ZAFIRA; B) DOMINIQUE PASCALE DUCASSE ZAFIRA, y; C) JEAN ANTOINE DUCASSE LA RIVERA, les correspondían en la Sociedad de Inversiones Doña Yolanda Limitada, en sus calidades de Empresarios Unipersonales acogidos a régimen simplificado previsto en el Artículo catorce letra D de la Ley sobre Impuesto a la Renta, los actuales únicos socios de la mencionada sociedad, en lo sucesivo, serán los siguientes: A) SOCIEDAD INVERSIONES GRUPO RD SpA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; B) INVERSIONES AMAR SpA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; C) ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; D) SOCIEDAD DE INVERSIONES VIENTO SUR SpA, con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; E) PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA, con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales. Todos los anteriores entonces, acuerdan por unanimidad, reconocer y aceptar ampliamente y sin reserva y/o limitación alguna, los cambios operados en la antes referida sociedad, particularmente en lo que dice relación con la participación en el capital social. De esta manera, los socios por unanimidad acuerdan reconocer los cambios, modificando el tenor literal de la cláusula del capital, quedando aquella como sigue: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma única y total de $379.389.686.- pesos, íntegramente aportados por los socios, y enterados con anterioridad a esta fecha. Los socios participan en el capital social, en las siguientes proporciones: A) SOCIEDAD INVERSIONES GRUPO RD SpA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; B) INVERSIONES AMAR SpA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; C) ARLETTE CHANTAL DUCASSE ZAFIRA, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales; D) SOCIEDAD DE INVERSIONES VIENTO SUR SpA, con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; E) PHILIPPE ANDREE DUCASSE LA RIVERA, con el doce coma cinco por ciento de los derechos sociales.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de abril de 2024.

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