Société à responsabilité limitée76.315.822-5

Inmobiliaria E Inversiones María Angélica Limitada

MODIFICACIÓN — 4 mai 2021

Informations fiscales (SII)

Entity type

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Company subtype

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Début des activités

Aucun début d’activités signalé par le SII

Activités économiques

Aucune activité économique enregistrée au SII

Documents timbrés

Aucun document timbré enregistré au SII

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-05-04Voir le PDF (CVE 1937630)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$200.000.000

Associés (2)

NomParticipation

MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE

Socio

15.xxx.xxx-0

-

CATALINA ANDREA REYES POBLETE

Socio

16.xxx.xxx-4

-

Historique sociétaire relaté

  1. Succession· 7 décembre 2013

    Se otorga herencia intestada por fallecimiento de María Angélica Poblete de la Fuente a favor de Marcelo Antonio Reyes Hernández, Mauricio Alejandro Reyes Poblete y Catalina Andrea Reyes Poblete.

    María Angélica Poblete de la Fuente · Marcelo Antonio Reyes Hernández · Mauricio Alejandro Reyes Poblete · Catalina Andrea Reyes Poblete

  2. Cession de droits· 6 janvier 2021

    Marcelo Antonio Reyes Hernández y Mauricio Alejandro Reyes Poblete ceden sus derechos hereditarios a Catalina Andrea Reyes Poblete respecto de un inmueble.

    Marcelo Antonio Reyes Hernández · Mauricio Alejandro Reyes Poblete · Catalina Andrea Reyes Poblete

Texte officiel de l’extrait

ANDRES RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 06 de abril de 2021, ante mí, MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE, chileno, soltero, comerciante cédula nacional de identidad número quince millones setecientos veintiún mil ciento ocho guion cero; y doña CATALINA ANDREA REYES POBLETE, chileno, soltera, administrador gastronómico internacional, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos cincuenta y nueve mil quinientos treinta y cinco guion cuatro; en calidad de únicos socios, acordaron modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA por el siguiente: “Quinto: El capital social será la suma de $200.000.000, que se aporta, entera y paga de la siguiente manera: a) La suma de $6.000.000, monto que se encuentra totalmente enterado y pagado en partes iguales entre los socios en el acto de constitución de la sociedad; b) Don MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE aporta la suma de $97.000.000, que entera y paga mediante el aporte en dominio a la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA” de el departamento número novecientos uno del noveno piso del “Edificio Nueva Vista”, con acceso por calle Dieciocho número setecientos quince, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número tres mil quinientos treinta y nueve, tres mil quinientos treinta y nueve, A a la H; y dueño además de derechos en proporción al valor adquirido en unión de los otros adquirientes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, con don José Anacleto Goñi; SUR, con testamentaria de don Juan de Dios Vial Maturana; ORIENTE, con calle Dieciocho; y PONIENTE, con don Ramón Garín. Adquirió el inmueble por compraventa que le hizo a “Dieciocho Fondo de Inversión Privado” mediante escritura pública de fecha diez de septiembre del año dos mil diez, en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, anotada bajo el Repertorio número trece mil cuatrocientos setenta y dos. El título de dominio correspondiente al inmueble que por este acto se aporta se encuentra inscrito a nombre de don MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE a fojas sesenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y ocho, número noventa y ocho mil seiscientos ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil diez. Las partes valorizan este inmueble de común acuerdo en la suma de $97.000.000 el cual se da por íntegramente pagado y; c) doña CATALINA ANDREA REYES POBLETE aporta la suma de $97.000.000, que entera y paga mediante el aporte en dominio a la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA” del inmueble correspondiente a la propiedad ubicada en el Lote Uno de la Mazana E, situado en el pasaje Los Héroes número trescientos cuarenta y uno, Villa Esmeralda, comuna de Caldera, cuyos deslindes son los siguientes: NORTE: en diecinueve coma cero cero metros con calle Jacinto Chacón; SUR: en diecinueve coma cero cero metros con lote Dos; ESTE: en ocho coma sesenta metros con Pasaje Los Héroes; OESTE: en ocho coma sesenta metros con área verde dos. El Lote Uno es producto de la subdivisión del inmueble de mayor cabida, situado en Avenida Esmeralda esquina Franja de Ferrocarriles, comuna de Caldera, Tercera Región de Atacama, con una superficie total de veintidós mil trescientos treinta metros cuadrados, individualizado en el plano número tercero guion dos guion tres doscientos cincuenta y nueve guion C.U. cuyos deslindes generales son los siguientes: Norte: Proyecto Avenida La Esmeralda en ciento diez metros; Este: ex férrea en doscientos tres metros; Sur: terrenos fiscales eriazos, en ciento diez metros; Oeste: terrenos fiscales eriazos en doscientos tres metros. Este predio se subdividió en ochenta y cinco lotes, comprendidos en las manzanas A, B, C, D, E, F, G y H, aprobado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Caldera, según Resolución número dos de fecha veintiséis de julio de mil novecientos noventa y nueve; El Plano de Loteo, Certificado de Memoria y Deslindes se encuentran archivados bajo el número ciento veintidós, cientos veintitrés y ciento veinticuatro, respectivamente, el Registro de Documentos Archivados de éste Conservador de Bienes Raíces de Caldera del año mil novecientos noventa y nueve. Adquirió el inmueble por: a) Sucesión por causa de muerte quedada al fallecimiento de la causante doña María Angélica Poblete de la Fuente. La herencia intestada se otorgó por Resolución Exenta número mil cuarenta y tres de fecha siete de diciembre de dos mil trece por el Director Regional de Registro Civil e Identificación, región Metropolitana, Inscripción Nacional número veintiún mil diecisiete del año dos mil cuatro, en favor de sus herederos, don Marcelo Antonio Reyes Hernández en su calidad de cónyuge sobreviviente, y de sus hijos don Mauricio Alejandro Reyes Poblete y doña Catalina Andrea Reyes Poblete, y B) Por cesión de los derechos hereditarios de don don Marcelo Antonio Reyes Hernández y de don Mauricio Alejandro Reyes Poblete, según consta en escritura pública de fecha seis de enero de dos mil veintiuno, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado, anotada bajo el Repertorio número trescientos diez guion dos mil veintiuno, e inscrita al margen de la inscripción especial de herencia a fojas ciento cincuenta y siete, número ciento treinta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Caldera del año dos mil veintiuno, quedando doña Catalina Andrea Reyes Poblete como propietaria exclusiva del inmueble que por este acto aporta a la Sociedad. El título de dominio correspondiente a los derechos que por este acto se aportan se encuentra inscrito a nombre de doña CATALINA ANDREA REYES POBLETE a fojas ciento cincuenta y siete, número ciento treinta y tres cuatro y a fojas ciento cincuenta y ocho, número ciento treinta y cuatro ambas del del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Caldera del año dos mil veintiuno. Las partes valorizan estos derechos de común acuerdo en la suma de $97.000.000 el cual se da por íntegramente pagado”. Demás estipulaciones cuentan en escritura extractada.- Santiago, 22 de abril de 2021.-

ModificationDiario Oficial · 2020-11-23Voir le PDF (CVE 1852628)

Informations sociétaires

Ltda
Diego de Almagro, Atacama

Associés (2)

NomParticipation

MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE

Socio

-

CATALINA ANDREA REYES POBLETE

Socio

-

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 10 novembre 2020

    Se complementa la escritura de constitución de la sociedad e incorpora la cláusula sobre liquidación y división del haber social.

    MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE · CATALINA ANDREA REYES POBLETE

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2020, ante mí, MAURICIO ALEJANDRO REYES POBLETE y doña CATALINA ANDREA REYES POBLETE, ambos únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA”, domiciliados para estos efectos en Diego de Almagro, N° 476, ciudad de Copiapó, Región de Atacama acordaron complementar la escritura de constitución de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA”, puesto que en ella involuntariamente se omitió la mención a que hace referencia el numeral nueve del artículo 352 del Código de Comercio, esto es, la forma en que ha de verificarse la liquidación y división del haber social. Complementación del Estatuto: En consecuencia, los socios acuerdan agregar el Artículo Décimo Quinto, mediante la incorporación del texto que sigue: “Artículo Décimo Quinto: La liquidación y división del haber social se efectuará de común acuerdo entre los socios, y a falta de este acuerdo, será practicada por el árbitro a que se refiere la cláusula Décima Segunda, quien tendrá en este caso los deberes y facultades que enumeran los artículos cuatrocientos diez, cuatrocientos once y cuatrocientos trece del Código de Comercio”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2020.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA

    CVE 1937630

  2. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES MARÍA ANGÉLICA LIMITADA

    CVE 1852628

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)