Clinica Veterinaria Reino Animal Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ANDRÉS SALVADOR ARELLANO VILLARREAL Socio 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | - | - |
YANETT ANGÉLICA CORREA VERA Socio 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 3 mai 2005
Se constituyó la sociedad Clínica Veterinaria Reino Animal Limitada.
- Autre acte· 27 octobre 2022
Se modifica la cláusula décima sobre el plazo de duración de la sociedad.
ANDRÉS SALVADOR ARELLANO VILLARREAL · YANETT ANGÉLICA CORREA VERA
Texte officiel de l’extrait
JAVIER IGNACIO ORTIZ VEGA Notario Suplente del Titular de la Tercera Notario de San Bernardo don CLAUDIO ALFONSO ORTIZ CERDA con oficio en calle O´Higgins Nº 460, San Bernardo: certifico que por escritura otorgada ante el Titular de esta Notaria, el 27 de octubre de 2022, Repertorio N° 1.356-2022, don ANDRÉS SALVADOR ARELLANO VILLARREAL, chileno, soltero, médico veterinario, Cédula de Identidad y Rol Único Tributario número trece millones ochocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos noventa y tres guión seis y doña YANETT ANGÉLICA CORREA VERA, chilena, profesora, soltera, Cédula de Identidad y Rol Único Tributario número doce millones doscientos veintisiete mil veintisiete guión cero, ambos domiciliados en Los Guindos número dos mil setecientos dos, Parcela Veintitrés Comuna de Buin, Región Metropolitana, modificaron escritura constitución de sociedad “CLINICA VETERINARIA REINO ANIMAL LIMITADA”, Rut 76.294.950-4, constituida por escritura de fecha de 03 de mayo 2005 inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 18.123, Número 13.100, del año 2005, modificando clausula Décima: la que queda: DECIMO. PLAZO: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de constitución que consta en la presente escritura, esto, es tres de mayo del año dos mil cinco y tendrá una duración de 3 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará tácita , automática y sucesivamente por períodos iguales de 3 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción primitiva de la sociedad con seis meses de anticipación, a lo menos al vencimiento del período respectivo. Otras estipulaciones en escritura extractada.- San Bernardo, 02 de Febrero de 2023.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CLINICA VETERINARIA REINO ANIMAL LIMITADA
CVE 2283767
Relations sociétaires
CLINICA VETERINARIA REINO ANIMAL LIMITADA
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