Inmobiliaria Goles Y Gompertz Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 1% | - |
Socio 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | 99% | - |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 22 mai 2013
Constitución de Inmobiliaria Goles y Gompertz Limitada, publicada en el Diario Oficial el 25-06-2013.
INMOBILIARIA GOLES Y GOMPERTZ LIMITADA
- Cession de droits· 29 juin 2022
Inmobiliaria Río Claro S.A. cede el 51% de sus derechos a Ivo Bernardo Goles Barrientos.
- Cession de droits· 29 juin 2022
Paulina Gompertz Pumarino cede el 48% de sus derechos a Ivo Bernardo Goles Barrientos.
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Concón Reñaca, número 4000, local 19, Edificio Boulevard, Concón, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, ALEJANDRO ANDRÉS IBÁÑEZ HAMMAD, chileno, casado, separado totalmente de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número 15.672.963-9, en representación, según se acreditará, de la sociedad “ INMOBILIARIA RÍO CLARO S.A.”, sociedad de giro de su denominación, rol único tributario número setenta y seis millones trecientos sesenta y nueve mil novecientos diez guión dos, ambos con domicilio en Las Encinas número mil ciento sesenta comuna de Concón; doña PAULINA GOMPERTZ PUMARINO, Chilena, casada, separada totalmente de bienes, transportista, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos setenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cuatro guión cero, domiciliada en Av. Bosques de Montemar 995, Concón; y don IVO BERNARDO GOLES BARRIENTOS, Chileno, casado en separación total de bienes, ingeniero constructor, cédula nacional de identidad número 8.413.740-5, domiciliado en Av. Bosques de Montemar 995, Concón; vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA GOLES Y GOMPERTZ LIMITADA”, o “INMOBILIARIA GOLGO LTDA.” constituida por escritura pública otorgada ante el Notario de Valparaíso don Marcos Díaz León, con fecha veintidós de mayo de los mil trece, inscrita a fojas 1.408. N°1.453, año 2013, del Registro de Comercio de Viña del Mar. El extracto se publicó en el diario oficial con fecha 25-06-2013. Por el presente instrumento los socios modificaron los estatutos sociales como sigue, don Alejandro Andrés Ibáñez Hammad, en representación de la sociedad Inmobiliaria Río Claro S.A., con el consentimiento de los demás socios comparecientes, vende, cede y transfiere a Don IVO BERNARDO GOLES BARRIENTOS, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta y un por ciento de los derechos en el haber social de la sociedad Inmobiliaria Golgo Limitada, correspondiente a la totalidad de los derechos que al cedente le corresponden en la sociedad. El precio de la cesión es la suma de setenta millones de pesos, que la cesionaria paga en la forma establecida en la escritura de modificación extractada. En misma escritura además se establece que doña PAULINA GOMPERTZ PUMARINO , con el consentimiento de los demás socios comparecientes, vende, cede y transfiere a don IVO BERNARDO GOLES BARRIENTOS quien compra, acepta y adquiere para sí, el cuarenta y ocho por ciento de los derechos en el haber social de la sociedad Inmobiliaria Golgo Limitada. El precio de la cesión es la suma de cincuenta y cinco millones de pesos, que la cesionaria paga en la forma establecida en la escritura de modificación extractada. Como consecuencia de las cesiones señaladas precedentemente, la participación societaria queda de la siguiente forma: La socia doña PAULINA GOMPERTZ PUMARINO con el uno por ciento de los derechos sociales, y don IVO BERNARDO GOLES BARRIENTOS con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales. Los nuevos socios acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social, modificandoce la cláusula quinta del pacto social, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a la socia doña PAULINA GOMPERTZ PUMARINO, quien anteponiendo la razón social a su firma, estará facultada para efectuar en representación de la sociedad toda clase de actos y contratos, con las mas amplias atribuciones, cuyas facultades se establecen en escritura extractada. En lo demás rige íntegramente los estatutos sociales. Demás estipulaciones escritura de extractada. En Concón a 29 de Junio de 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA GOLES Y GOMPERTZ LIMITADA
CVE 2152003
