Société à responsabilité limitée76.279.430-6

Sociedad Comercial Orellana Vidal Limitada

MODIFICACIÓN — 30 oct. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-10-30Voir le PDF (CVE 2034452)

Informations sociétaires

Ltda
Barros Luco número 1765

Capital

Capital total

$20.000.000

Associés (3)

NomParticipation

XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS

Socio

40%

JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO

Socio

40%

CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL

Socio

20%

Historique sociétaire relaté

  1. Autre acte

    Se informa la inscripción de la sociedad en 2005.

  2. Cession de droits

    XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS cede el 10% de sus derechos a CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL.

    XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS · CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL

  3. Cession de droits

    JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO cede el 10% de sus derechos a CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL.

    JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO · CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL

Texte officiel de l’extrait

LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura 6844 Vitacura, certifica: Por escritura de hoy ante mí, doña XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS, JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO, ambos domiciliados para estos efectos en domiciliado para estos efectos en Barros Luco número 1765, San Antonio, Región de Valparaíso y don CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL, domiciliado para estos efectos en Avenida Holanda número 3705, departamento 205, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, vienen en modificar los estatutos de la sociedad “Sociedad Comercial Orellana Vidal Limitada” inscrita a fojas 58 número 64 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año 2005, en lo siguiente: 1) Por el presente instrumento y con la comparecencia y autorización de la unanimidad de todos los socios, quienes están presentes en el mismo acto: a) doña XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS, vende, cede y transfiere el diez por ciento de sus derechos en la Sociedad Comercial Orellana Vidal Limitada, a don CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de dos millones de pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando doña XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito; y b) don JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO, vende, cede y transfiere el diez por ciento de sus derechos en la Sociedad Comercial Orellana Vidal Limitada, a don CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es dos millones de pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando don JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO haberlo recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito. Todas las partes renuncian a toda condición resolutoria emanada del presente contrato. En virtud de lo anterior, ingresa como socio de Sociedad Comercial Orellana Vidal Limitada don CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL. Los socios de la Sociedad limitan su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes. 2) Conforme la nueva participación de los socios, por el presente acto los comparecientes modifican la Sociedad Comercial Orellana Vidal Limitada y reemplazan el artículo quinto del pacto social, por el siguiente nuevo artículo quinto: "QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) Doña XIMENA LEONOR VIDAL FARIAS aporta la cantidad de ocho millones de pesos, pagado con anterioridad a este acto, equivalente al cuarenta por ciento del capital social; b) don JORGE ANTONIO ORELLANA SOTO aporta la cantidad de ocho millones de pesos, pagado con anterioridad a este acto, equivalente al cuarenta por ciento del capital social; y c) don CRISTIAN ANDRES HERRERA VIDAL aporta la cantidad de cuatro millones de pesos, pagado en este acto, equivalente al veinte por ciento del capital social. Rut de la sociedad 76.279.430-6.- En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, octubre 13 de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

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Relations sociétaires

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