Importadora Y Comercializadora Tangolpeando Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La importación, exportación, comercialización, venta y distribución de productos y equipos electrónicos; la prestación de servicios de asesorías, estudios e informes sobre cualquier aspecto relacionado con el conocimiento humano; el establecimiento de agencias o representaciones en el territorio nacional de compañías nacionales o extranjeras de cualquier rubro y la celebración de todo tipo de actos y contratos relacionados con marcas, patentes, royalties o licencias; y la explotación, creación, administración de restaurantes, de locales comerciales, de pubs, cafés, u otros afines.
Capital
Capital total
$4.000.000
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
OSCAR ANDRÉS GALLEGUILLOS MICCONO Accionista | - | 100% | $4.000.000 |
Administrateurs (1)
OSCAR ANDRES GALLEGUILLOS MICCONO
Texte officiel de l’extrait
RAUL FARREN PAREDES, Notario Público 1ª Notaría Viña del Mar, Villanelo 66, Certifica: Por escritura hoy, ante mí ROSSANA MILENA MICCONO MONTALVAN, domicilio Calle San Álvaro número 19, Villa Agua Santa, Comuna y Ciudad de Viña del Mar; OSCAR ANDRES GALLEGUILLOS MICCONO, domicilio Pasaje Villa Olímpica número 7, La Serena, de paso por esta comuna; modificaron IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TANGOLPEANDO LIMITADA, inscrita a fs. 1670 vta. Nº1665 Registro Comercio Viña del Mar de 2013, quedando solo como socio OSCAR ANDRÉS GALLEGUILLOS MICCONO, con el 100% de la sociedad. Asimismo, se modificó el tipo de sociedad comercial por la cual se va a regir, dejando de ser comercial de Responsabilidad Limitada, pasando a ser Comercial de Sociedad por Acciones. Se establecieron los siguientes estatutos: . ESTATUTOS. TÍTULO PRIMERO.- Nombre, Domicilio, Duración y Objeto.- ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE: Nombre sociedad será “TANGOLPEANDO SpA”, se regirá por estipulaciones de estos estatutos y, en silencio, por disposiciones de ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, modificaciones y Reglamento, supletoriamente, además por Código Comercio y Código Civil. Domicilio será ciudad de La Serena, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. ARTÍCULO SEGUNDO: DURACION: La sociedad comenzara a regir a partir de fecha de presente escritura y tendrá duración cinco años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo. ARTÍCULO TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad, sin que la enumeración sea taxativa, será el siguiente: a) La importación, exportación, comercialización, venta y distribución de productos y equipos electrónicos. b) La prestación de servicios de asesorías, estudios e informes sobre cualquier aspecto relacionado con el conocimiento humano; c) El establecimiento de agencias o representaciones en el territorio nacional de compañías nacionales o extranjeras de cualquier rubro y la celebración de todo tipo de actos y contratos relacionados con marcas, patentes, royalties o licencias, y d) La explotación, creación, administración de restaurantes, de locales comerciales, de pubs, cafés, u otros afines. TÍTULO SEGUNDO.- Capital y acciones.- ARTÍCULO CUARTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. TÍTULO TERCERO: De la Administración.- ARTÍCULO QUINTO: La sociedad será administrada por don OSCAR ANDRES GALLEGUILLOS MICCONO, ya individualizado; quien se designa en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 08 de Julio de 2019.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA TANGOLPEANDO LIMITADA
CVE 1621398
