Agricola Y Constructora San Nicolas Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Prestación de servicios de contratación y subcontratación de personal, mano de obra para faenas agrícolas, industriales, y comerciales de cualquier índole; prestación de servicios de construcción de cualquier tipo de obra, ya sea destinada al uso habitacional, comercial, para la industria, la terminación, ampliación, modificación y/o arreglo de cualquier obra, obras civiles, por cuenta propia o de terceros, la edificación y urbanización; compra venta de insumos agrícolas, frutos del país, corretaje agrícola, servicios agrícolas en general y de todos los demás negocios o giros que se puedan realizar que se relacionan directa o indirectamente con las anteriores. Todo otro giro que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$4.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 80% | - |
Socio | - | 20% | - |
Représentation légale (2)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 avril 2013
Se constituyó AGRICOLA Y CONSTRUCTORA SAN NICOLAS LIMITADA con capital social de $4.000.000.
- Cession de droits
JUAN CARLOS CORNEJO GONZÁLEZ cede el 20% de sus derechos sociales a EDUARDO ANTONIO OSORIO PEREZ.
Texte officiel de l’extrait
ROBERTO ANTONIO BENNETT URZUA, Notario Público Peumo y Las Cabras, Vicuña Mackenna 80, Peumo, CERTIFICO: Por escritura pública, ante don JUAN ANGEL GONZALEZ PEREZ, Abogado, Notario Suplente Público de las Comunas de Peumo y Las Cabras, con domicilio en esta ciudad, calle Vicuña Mackenna N° 80, don JUAN CARLOS CORNEJO GONZÁLEZ domiciliado en el Toco sin número, comuna de Pichidegua, y FREDDY LEONARDO OSORIO SOTO domiciliado en Las Vertientes ciento cinco, Parral de Puren, comuna de Coltauco, ambos por sí y en representación de AGRICOLA Y CONSTRUCTORA SAN NICOLAS LIMITADA; EDUARDO ANTONIO OSORIO PEREZ, domiciliado en Las Vertientes ciento cinco, Parral de Puren, comuna de Coltauco, Sexta Región, modifican “AGRICOLA Y CONSTRUCTORA SAN NICOLAS LIMITADA”, constituida por escritura de fecha de abril de dos mil trece, otorgada ante el ENRIQUE ALBERTO ESCANDON SLATER, Notario y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Peumo y las Cabras, capital social de $4.000.000.-, RUT 76.277.181-0, inscrita a fojas treinta y dos número treinta y siete del Registro de Comercio de Peumo del año dos mil trece y se publicó en el Diario Oficial el veinticuatro de abril de dos mil trece. Modificación: Consiste: a) JUAN CARLOS CORNEJO GONZÁLEZ, vende, cede y transfiere derechos sociales que posee en la sociedad señalada, ascendentes al veinte por ciento del capital social a don EDUARDO ANTONIO OSORIO PEREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de un millón de pesos que se pagan en este acto, al contado y que la cedente declara recibir a entera satisfacción b) De esta manera quedan como únicos socios y dueños de la sociedad, don FREDDY LEONARDO OSORIO SOTO con un ochenta por ciento del capital social y don EDUARDO ANTONIO OSORIO PEREZ con un veinte por ciento del capital social; c) Los comparecientes acuerdan y declaran que el socio saliente nada adeudan a la sociedad, ni la sociedad a ellas, por ningún concepto, por lo que se otorgan total y completo finiquito; d) Los cesionarios declaran conocer expresamente el artículo setenta y uno del Código Tributario, haciéndolo suyo en lo fuese procedente en derecho; e) Los socios EDUARDO ANTONIO OSORIO PEREZ y don FREDDY LEONARDO OSORIO SOTO vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: a) El objeto de la sociedad será: Prestación de servicios de contratación y subcontratación de personal, mano de obra para faenas agrícolas, industriales, y comerciales de cualquier índole; prestación de servicios de construcción de cualquier tipo de obra, ya sea destinada al uso habitacional, comercial, para la industria, la terminación, ampliación, modificación y/o arreglo de cualquier obra, obras civiles, por cuenta propia o de terceros, la edificación y urbanización; compra venta de insumos agrícolas, frutos del país, corretaje agrícola, servicios agrícolas en general y de todos los demás negocios o giros que se puedan realizar que se relacionan directa o indirectamente con las anteriores. Todo otro giro que acuerden los socios.- En lo no modificado rige íntegramente el pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Peumo, 31 de Octubre de 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA Y CONSTRUCTORA SAN NICOLAS LIMITADA
CVE 1492336
