Société à responsabilité limitée76.275.127-5

Transportes Rayén Limitada

MODIFICACIÓN — 30 déc. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-12-30Voir le PDF (CVE 2430686)

Informations sociétaires

Ltda
Independencia, Región Metropolitana
Administration: La representación y administración corresponderá indistintamente a LUIS ANTONIO SALDÍAS AEDO y a ELVIRA DEL CARMEN QUILODRÁN CONTRERAS, quienes podrán actuar conjunta o separadamente.

Capital

Capital total

$1.000.000

Associés (2)

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 15 mars 2013

    Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES RAYÉN LIMITADA.

    Ruth Alejandra Villalobos Gutiérrez

Texte officiel de l’extrait

SANDRA MARCELA SEPÚLVEDA MARTÍNEZ, abogada, Notaria Pública Titular de la Primera Notaría de Yungay, con oficio en calle Arturo Prat N°289, comuna de Yungay, certifico: Por escritura pública fecha veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés, repertorio 1762-23, ante mí, don LUIS ANTONIO SALDÍAS AEDO y doña ELVIRA DEL CARMEN QUILODRÁN CONTRERAS, ambos con domicilio para estos efectos en calle Independencia número setenta y seis, de la comuna de Yungay, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “TRANSPORTES RAYÉN LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos setenta y cinco mil ciento veintisiete guion cinco, constituida por escritura pública de fecha quince de marzo del año dos mil trece, repertorio número ciento doce guion dos mil trece, otorgada ante el Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Yungay, con asiento en la comuna de Tucapel, doña Ruth Alejandra Villalobos Gutiérrez, en los siguientes términos: a) Se modifica la cláusula Cuarta del pacto social, en el sentido de que la representación y administración de la sociedad y el uso de la firma o razón social corresponderá indistintamente a don LUIS ANTONIO SALDÍAS AEDO y a doña ELVIRA DEL CARMEN QUILODRÁN CONTRERAS, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, manteniéndose en lo demás la señalada cláusula cuarta; y b) Se complementa la cláusula Undécima del pacto social, en el sentido de que en caso de fallecimiento o impedimento de uno de los socios administradores, la administración quedará radicada en el administrador sobreviviente, con las mismas facultades de administración, sin limitación alguna, manteniéndose en lo demás la señalada cláusula undécima.- Capital Social: $1.000.000.- En lo no modificado, queda plenamente vigente el pacto social primitivo, estipulado en la escritura pública de fecha quince de marzo de dos mil trece, referida en la cláusula primera del presente instrumento, y su respectiva modificación de fecha veintiséis de noviembre del año dos mil trece, continuando la sociedad su giro y ratificando los socios, en forma especial, que su responsabilidad personal está limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Yungay, 27 de diciembre de 2023.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

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Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)