Sociedad Prestadora De Servicios En Materias Inherentes A Seguridad Privada Grupo Segprev Chile Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | 50% | - |
EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO Socio 10.xxx.xxx-8 | 10.xxx.xxx-8 | 50% | - |
Administrateurs (2)
EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO
Représentation légale (1)
RODOLFO FERNANDO HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ
Historique sociétaire relaté
- Changement d’administrateur· 30 décembre 2016
Se dejó sin efecto la cláusula octava de la modificación de 30 de diciembre de 2016.
- Cession de droits· 4 janvier 2019
Rodolfo Fernando Hernández Henríquez cede el 100% de sus derechos sociales a Juan Carlos Agurto Daza y Eduardo Antonio Quiroga Garrido; Andrés Aníbal Agurto Pérez cede el 100% de sus derechos a Eduardo Antonio Quiroga Garrido.
RODOLFO FERNANDO HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ · ANDRÉS ANÍBAL AGURTO PÉREZ · JUAN CARLOS AGURTO DAZA · EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO
Texte officiel de l’extrait
RAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público Titular de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, Certifico: Por escritura pública de fecha 04-01-2019, ante mí, RODOLFO FERNANDO HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ, C.I. 17.146.743-8, empresario, domiciliado en calle Lautaro nº 740, Concepción, octava región, por sí y en representación de la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA”, R.U.T. 76.268.234-6, giro de su denominación, del mismo domicilio anterior; ANDRÉS ANÍBAL AGURTO PÉREZ, C.I. 16.239.906-3, empresario, domiciliado en calle Lautaro nº 740, Concepción, octava región; JUAN CARLOS AGURTO DAZA, C.I. 7.454.077-5, pensionado, domiciliado en calle Ainavillo nº 73, sector Las Canchas, Talcahuano, octava región, y de paso en Concepción; y EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, C.I. 10.391.858-8, trabajador dependiente, domiciliado en camino a Cabrero, klm. 23, sector El Pretil, hijuela nº 2, Concepción, octava región, cedieron derechos sociales y modificaron el Estatuto de la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA”, R.U.T. 76.268.234-6, capital $1.000.000.-, ya individualizada, de la siguiente forma: I) Compraventa y Cesión de Derechos Sociales: RODOLFO FERNANDO HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ, ya individualizado, vendió, cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales de la siguiente manera: a) Vendió, cedió y transfirió el 55,5% de sus derechos sociales, equivalentes al 50% del capital social total a JUAN CARLOS AGURTO DAZA, ya individualizado, quien aceptó, compró y adquirió para sí dichos derechos. El precio de la venta, cesión y transferencia de los derechos sociales antes referidos fue la suma de $500.000.-, pagados en el acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando el cedente y vendedor haberlos recibido a su entera satisfacción; b) Vende, cede y transfiere el 44,5% de sus derechos sociales, equivalentes al 40% del capital social total a EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, ya individualizado, quien aceptó, compró y adquirió para sí dichos derechos. El precio de la venta, cesión y transferencia de los derechos sociales referidos fue la suma de $400.000.-, pagados en el acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando el cedente y vendedor haberlos recibido a su entera satisfacción. Además, ANDRÉS ANÍBAL AGURTO PÉREZ, ya individualizado, vendió, cedió y transfirió el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 10% por ciento del capital social total a EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, ya individualizado, quien aceptó, compró y adquirió para sí dichos derechos. El precio de la venta, cesión y transferencia de los derechos sociales referidos fue la suma de $100.000.-, pagados en el acto, al contado y en dinero en efectivo, declarando el cedente y vendedor haberlos recibido a su entera satisfacción. Todas las partes renunciaron expresamente a cualquier condición o acción resolutoria que pudiera emanar del contrato de cesión y compraventa de derechos. Los cesionarios y compradores, JUAN CARLOS AGURTO DAZA y EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, ya individualizados, declararon expresamente conocer y aceptar plenamente la situación tributaria, contable, comercial, financiera, administrativa y jurídica de la sociedad “SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA”, ya individualizada, cuyos derechos aceptaron, compraron y adquirieron para sí. Todos los comparecientes se confirieron recíprocamente el más amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan por cualquier concepto, motivo o título en relación con su participación en la sociedad “SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA”. Los comparecientes declararon que no tienen cargo alguno que formularse entre sí. B) Modificación: Los comparecientes modificaron el Estatuto Social de la sociedad “SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA” y sus posteriores modificaciones, en orden a: a) Señalar que, producto de las cesiones y compraventas de derechos sociales antes expuestas, se retiraron completamente de la Sociedad, RODOLFO FERNANDO HERNÁNDEZ HENRÍQUEZ y ANDRÉS ANÍBAL AGURTO PÉREZ, ya individualizados, y se incorporaron como socios, JUAN CARLOS AGURTO DAZA y EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, ya individualizados, cada uno con una participación del 50% del capital social total, quedando como únicos socios de la Sociedad JUAN CARLOS AGURTO DAZA y EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, ya individualizados. Y - b) Se reformó la cláusula cuarta del Estatuto Social y sus posteriores modificaciones, en el sentido que la administración, la representación y el uso de la razón social corresponde a JUAN CARLOS AGURTO DAZA y EDUARDO ANTONIO QUIROGA GARRIDO, ya individualizados, los que podrán actuar CONJUNTA O SEPARADAMENTE, quienes actuando por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con las facultades especiales enumeradas en la cláusula cuarta del Estatuto Social, sin que estas tengan el carácter de taxativas. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantiene vigente el Estatuto Social y sus posteriores modificaciones. Los comparecientes dejaron además sin efecto en su totalidad la cláusula octava de la escritura de modificación de fecha 30 de diciembre del año 2016, repertorio nº 6.579, otorgada ante don Gastón Álvaro Aranis Quiroz, Notario Público de Concepción, suplente del titular, don Juan Espinosa Bancalari. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Concepción, enero 21 de 2019.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ Socio 17.xxx.xxx-8 | 17.xxx.xxx-8 | 90% | $500.000 |
Socio 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 10% | $100.000 |
Administrateurs (1)
RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 30 décembre 2016
Jonathan Adonis Agurto Perez cede su 50% de derechos a Rodolfo Fernando Hernandez Henriquez y se retira de la sociedad
JONATHAN ADONIS AGURTO PEREZ · RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ
- Cession de droits· 30 décembre 2016
Ricardo Aurelio Quiroga Araya cede su 50% de derechos: 40% a Rodolfo Fernando Hernandez Henriquez y 10% a Andres Anibal Agurto Perez, retirándose de la sociedad
RICARDO AURELIO QUIROGA ARAYA · RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ · ANDRES ANIBAL AGURTO PEREZ
- Changement d’administrateur· 30 décembre 2016
La administración y uso de la razón social pasa al socio Rodolfo Fernando Hernandez Henriquez por sí solo
Texte officiel de l’extrait
GASTON ALVARO ARANIS QUIROZ, abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifica: Por escritura de fecha 30 de diciembre de 2016, ante mi, don JONATHAN ADONIS AGURTO PEREZ, C.I.Nº 16.490.628-0, domiciliado en calle Ainavillo Nº 65, sector Las Canchas Talcahuano; don RICARDO AURELIO QUIROGA ARAYA, C.I.Nº 12.920.830-9, domiciliado en calle Osorno Nº 2147, Población Los Andes, Barrio Norte Concepción; don RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ, C.I.Nº17.146.743-8, domiciliado en Lautaro, Nº740, comuna de Concepción; y ANDRES ANIBAL AGURTO PEREZ, C.I.Nº 16.239.906-3, domiciliado en Lautaro, Nº740, comuna de Concepción. Modificaron pacto social de la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA , en los siguientes términos: Don JONATHAN ADONIS AGURTO PEREZ cede sus derechos en la sociedad, los que ascienden a un cincuenta por ciento a don RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ, quien compra y adquiere para sí; en la suma de $500.000, en dinero efectivo, retirándose en consecuencia de la misma, declarando el cedente que no tiene reclamo ni cargo alguno que formular y que otorga amplio y total finiquito; y don RICARDO AURELIO QUIROGA ARAYA cede sus derechos en la sociedad, los que ascienden a un cincuenta por ciento, a don RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ, en un cuarenta por ciento, quien compra y adquiere para sí, en la suma de $400.000, en dinero efectivo; y un diez por ciento a don ANDRES ANIBAL AGURTO PEREZ, en la suma de $100.000, en dinero efectivo, quienes compran y adquieren para si, retirándose en consecuencia de la misma, declarando el cedente RICARDO AURELIO QUIROGA ARAYA que no tiene reclamo ni cargo alguno que formular y que otorga amplio y total finiquito, Como consecuencia de la cesión quedan como únicos socios de la sociedad, don RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ, con una participación del noventa por ciento y don ANDRES ANIBAL AGURTO PEREZ, con una participación del diez por ciento en el capital social; además acuerdan modificar la cláusula CUARTA del pacto social relativa a la administración, en el sentido que, la administración y uso de la razón social corresponderá al nuevo socio RODOLFO FERNANDO HERNANDEZ HENRIQUEZ por sí solo, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la obligará y representará en todos los actos y negocios jurídicos que celebren por ella.- Capital: $1.000.000.- En lo no modificado precedentemente se mantiene vigente el pacto social suscrito por los socios.- Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 20 de enero de 2017.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA
CVE 1532586
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD PRESTADORA DE SERVICIOS EN MATERIAS INHERENTES A SEGURIDAD PRIVADA GRUPO SEGPREV CHILE LIMITADA
CVE 1172254
