Société à responsabilité limitée76.265.007-K

Sociedad Comercial Henríquez Barrera Limitada

MODIFICACIÓN — 26 avr. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-04-26Voir le PDF (CVE 2305350)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida
Administration: Administrador y Gerente General

Objet social

prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, otorgamiento de atención de salud, centros de atención odontológicas, centro de atención radiológicos, realización de exámenes, ventas de insumos odontológicos y actividades relacionadas

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital libéré

$6.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

100

Associés (2)

NomParticipation

JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA

Accionista

50%

ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ

Accionista

50%

Administrateurs (1)

Représentants auprès du SII (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 11 janvier 2013

    Se constituye Sociedad Comercial Henríquez Barrera Espinoza Limitada con el nombre de fantasía Centro Radiológico San Miguel Ltda.

    JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA · ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ · IBLIN PAMELA ESPINOZA ARAMAYO

  2. Changement de nom· 31 mai 2021

    Se modifica la razón social a Sociedad Comercial Henríquez Barrera Limitada, manteniendo el nombre de fantasía Centro Radiológico San Miguel Ltda.

    JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA · ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ · IBLIN PAMELA ESPINOZA ARAMAYO

Texte officiel de l’extrait

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Suplente de la 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante la Titular María Soledad Santos Muñoz con fecha 31/03/2023. don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, de nacionalidad chilena, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero en informática, domiciliado en Llico número mil sesenta y siete, departamento ciento veintiuno, comuna de San Miguel, Región Metropolitana de Santiago, y doña ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ, de nacionalidad chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, cirujano dentista, con domicilio en calle Llico número mil sesenta y siete departamento ciento veintiuno, comuna San Miguel, Región Metropolitana, todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas respectivas y exponen : que han convenido en el siguiente contrato de cesión de derechos sociales, transformación de sociedad, modificación de objeto social y modificación de razón social, conforme a las estipulaciones que se indican: PRIMERO: Que por escritura pública de once de Enero de dos mil trece, otorgada ante Notario Público de Santiago, don Fernando Celis Urrutia, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, los comparecientes don Jaime Alonso Henríquez Maturana, doña Angela Celeste Barrera Manríquez y doña Iblin Pamela Espinoza Aramayo, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social era “Sociedad Comercial Henríquez Barrera Espinoza Limitada”, cuyo nombre de fantasía es “Centro Radiológico San Miguel Ltda”, rol único tributario setenta y seis millones doscientos sesenta y cinco mil siete guion K. Esta sociedad se inscribió a fojas ocho mil once número cinco mil setecientos trece, con fecha veintinueve de enero de dos mil trece del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el treinta de Enero del año dos mil trece, cuyo capital es del seis millones de pesos. Que por escritura pública de treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno, otorgada ante Notario Público de Santiago, don Eduardo Javier Diez Morello, Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Providencia, los comparecientes don Jaime Alonso Henríquez Maturana, doña Angela Celeste Barrera Manríquez y doña Iblin Pamela Espinoza Aramayo, modificaron la razón social de la sociedad de responsabilidad limitada a “ Sociedad Comercial Henríquez Barrera Limitada”, cuyo nombre de fantasía es “Centro Radiológico San Miguel Ltda”. Esta sociedad se inscribió a fojas cuarenta y cuatro mil número veinte mil trescientos cuarenta, con fecha siete de junio de dos mil veintiuno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el nueve de Junio del año dos mil veintiuno . RUT 76.265.007- K. Capital $6.000.000.- SEGUNDO: Se otorga amplio y completo finiquito entre la Sociedad Comercial Henríquez Barrera Limitada y Jaime Alonso Henríquez Maturana y Ángela Celeste Barrera Manríquez. TERCERO: “Sociedad Comercial Henríquez Barrera Limitada” responderá de todos los impuestos que adeude o que pueda adeudar aún en su constitución primitiva, y de todos los impuestos que como resultados de sus operaciones adeude o pueda adeudar personalmente el constituyente que se retira, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario. Por el presente instrumento, los comparecientes, vienen en transformar conforme a lo preceptuado en el artículo noventa y seis del título noveno de la ley dieciocho mil cuarenta y seis y lo por lo preceptuado en el artículo octavo número trece y articulo sesenta y nueve del decreto ley ochocientos treinta y constituir una sociedad por acciones conforme a lo preceptuado en el párrafo ocho del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, y teniendo además presente las normas del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia en todo lo que no se estipule en el presente instrumento, la que tendrá el siguiente estatuto social: CUARTO: RAZON SOCIAL: El nombre de la sociedad será “ELO DENTAL Y MAXILOFACIAL SpA”, sin perjuicio de usar el nombre de fantasía o sigla comercial de “ELO SpA”, pudiéndola usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante Bancos, instituciones financieras y ante cualquier organismo públicos o privado. QUINTO: OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, otorgamiento de atención de salud, centros de atención odontológicas, centro de atención radiológicos, realización de exámenes, ventas de insumos odontológicos y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de Organismos del Sector Público, municipal o privado. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos; y todas aquellas actividades que sean necesarias para la consecución del giro anteriormente expuesto y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, con este giro; y cualquier otro negocio o actividad que los accionistas estimen conveniente. SEXTO: DOMICILO: Santiago. SEPTIMO: APORTE: El capital de la sociedad, ascendente a seis millones de pesos, a que se refiere el artículo sexto de los estatutos, dividido en cien acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal; a) se suscriben cincuenta acciones don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA equivalentes al cincuenta por ciento del capital social y cincuenta por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo, ya ingresado a caja social; b) se suscriben cincuenta acciones doña ANGELA CELESTE BARRERA MANRIQUEZ equivalentes al cincuenta por ciento del capital social y cincuenta por ciento de las utilidades que paga en este acto en dinero en efectivo, ya ingresado a caja social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Las acciones serán nominativas y serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. OCTAVO: ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por don JAIME ALONSO HENRIQUEZ MATURANA, en calidad de administrador, quién será también su gerente general de la sociedad, de duración indefinida, el que podrá ser revocado o sustituido en cualquier tiempo, mediante acuerdo adoptado en Junta Ordinaria de Accionistas. La Sociedad tendrá una duración indefinida a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de Abril de 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    Sociedad Comercial Henríquez Barrera Limitada

    CVE 2305350

Relations sociétaires

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