Grúas Y Transportes Por Carretera Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$25.000.000
Capital libéré
$25.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Luis Omar Ordoñez Navarro Socio 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 62.5% | $15.625.000 |
Pedro Ignacio Ordoñez Osorio Socio 19.xxx.xxx-2 | 19.xxx.xxx-2 | 37.5% | $9.375.000 |
Administrateurs (1)
Luis Omar Ordoñez Navarro
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 24 décembre 2012
Luis Omar Ordoñez Navarro y Luis Alberto Ordoñez Osorio constituyen la sociedad.
Luis Omar Ordoñez Navarro · Luis Alberto Ordoñez Osorio
- Cession de droits· 24 février 2022
Luis Alberto Ordoñez Osorio cede el 12,5% de sus derechos a Pedro Ignacio Ordoñez Osorio y el 12,5% a Luis Omar Ordoñez Navarro.
Luis Alberto Ordoñez Osorio · Pedro Ignacio Ordoñez Osorio · Luis Omar Ordoñez Navarro
Texte officiel de l’extrait
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Décima Notaría de Santiago con oficio Agustinas 1235, 2° piso, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy ante mí, repertorio N°16636-2023, comparecen Don LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO, chileno, viudo, comerciante, cédula de identidad número nueve millones novecientos treinta y cinco mil seiscientos sesenta y tres guion cuatro, Don LUIS ALBERTO ORDOÑEZ OSORIO, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos diez mil quinientos noventa y dos guion dos, ambos domiciliados para estos efectos en San Francisco número mil doscientos ochenta y uno, Villa México, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; Don PEDRO IGNACIO ORDOÑEZ OSORIO, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número diecinueve millones treinta y siete mil trescientos cuarenta y cinco guion dos, domiciliado para estos efectos en San Francisco número mil doscientos ochenta y uno, Villa México, comuna de Conchalí, Región Metropolitana. Los socios Don LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO y Don LUIS ALBERTO ORDOÑEZ OSORIO, constituyeron la sociedad “GRÚAS Y TRANSPORTES POR CARRETERA LIMITADA o TRANSPORTES ORDOÑEZ LIMITADA”, por escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil doce, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 92.740 número 65.378 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil doce y publicado en El Diario Oficial número cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y siete de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil doce.- Modificación: Por escritura pública de fecha 24 de febrero de 2022, los únicos socios LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO, cédula de identidad número nueve millones novecientos treinta y cinco mil seiscientos sesenta y tres guion cuatro, Don LUIS ALBERTO ORDOÑEZ OSORIO, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos diez mil quinientos noventa y dos guion dos y Don PEDRO IGNACIO ORDOÑEZ OSORIO, modificaron la sociedad, se inscribió un extracto a fojas 18.518, número 8.712, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022 y publicado en El Diario Oficial número cuarenta tres mil doscientos de fecha once de marzo de 2022.- CESIONES DE DERECHOS.- El actual socio de la Sociedad don Luis Alberto Ordoñez Osorio acuerda y consiente en la siguiente cesión de derechos: (a) Por el presente instrumento, don Luis Alberto Ordoñez Osorio cede, vende, y transfiere el 12,5 por ciento de los derechos que le corresponden y el capital social que le corresponden, a don Pedro Ignacio Ordoñez Osorio, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 12,5 por ciento de los derechos y capital social totales. El precio asciende a 3.125.000 pesos que la Cesionaria pagará en un plazo de un año contado desde esta fecha. (b) Por el presente instrumento, don Luis Alberto Ordoñez Osorio cede, vende, y transfiere el 12,5 por ciento de los derechos que le corresponden y el capital social que le corresponden, a don Luis Omar Ordoñez Navarro, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el 12,5 por ciento de los derechos y capital social totales. El precio asciende a 3.125.000 pesos que la Cesionaria pagará en un plazo de un año contado desde esta fecha. Las partes renuncian expresamente a todas las acciones resolutorias que pudieren emanar de las cesiones antes referidas. En consecuencia solo son socios LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO y Don PEDRO IGNACIO ORDOÑEZ OSORIO, de la sociedad “GRÚAS Y TRANSPORTES POR CARRETERA LIMITADA o TRANSPORTES ORDOÑEZ LIMITADA”, Rol único tributario N°76.259.499-4, y viene en modificar ESTATUTOS SOCIALES.- En consecuencia, los socios don Luis Omar Ordoñez Navarro y don Pedro Ignacio Ordoñez Osorio, en la “GRÚAS Y TRANSPORTES POR CARRETERA LIMITADA o TRANSPORTES ORDOÑEZ LIMITADA” acuerdan introducir en los estatutos sociales las siguientes modificaciones: Uno.- A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad, la cesión de derechos que consta en este instrumento, los únicos, actuales y exclusivos socios de la Sociedad acuerdan sustituir la cláusula Quinta de los estatutos sociales relativa al capital por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de Veinticinco millones de pesos, cantidad que los socios han aportado a la sociedad, en la siguiente forma y proporción: (a) Luis Omar Ordoñez Navarro, ha aportado la cantidad de quince millones seiscientos veinticinco mil pesos, equivalente a un 62,5 por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social y (b) Pedro Ignacio Ordoñez Osorio ha aportado la cantidad de Nueve millones trescientos setenta y cinco mil pesos, equivalente a un 37,5 por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social.” Dos.- Asimismo, por el presente acto, vienen en modificar la cláusula Séptima del pacto social, referente al uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad, en el sentido que esta corresponderá a Luis Omar Ordoñez Navarro, con las facultades indicadas en la misma cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas. Don Luis Omar Ordoñez Navarro ejercerá la administración de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2023.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$25.000.000
Capital libéré
$25.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Luis Omar Ordoñez Navarro Socio 9.xxx.xxx-4 | 9.xxx.xxx-4 | 50% | $12.500.000 |
Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 25% | $6.500.000 |
Pedro Ignacio Ordoñez Osorio Socio 1.xxx.xxx-2 | 1.xxx.xxx-2 | 25% | $6.500.000 |
Administrateurs (3)
Luis Omar Ordoñez Navarro
Pedro Ignacio Ordoñez Osorio
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 24 décembre 2012
Luis Omar Ordoñez Navarro y Luis Alberto Ordoñez Osorio constituyen la sociedad.
Luis Omar Ordoñez Navarro · Luis Alberto Ordoñez Osorio
- Cession de droits
Luis Alberto Ordoñez Osorio cede el 25% de sus derechos a Pedro Ignacio Ordoñez Osorio.
Luis Alberto Ordoñez Osorio · Pedro Ignacio Ordoñez Osorio
Texte officiel de l’extrait
VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1235, 2° piso, CERTIFICO: Por escritura pública ante mí suplente Don GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, en fecha 24 de febrero de 2021, repertorio N°2248-2022, comparecen Don LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO, chileno, viudo, comerciante, cédula de identidad número nueve millones novecientos treinta y cinco mil seiscientos sesenta y tres guion cuatro, Don LUIS ALBERTO ORDOÑEZ OSORIO, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos diez mil quinientos noventa y dos guion dos, ambos domiciliados para estos efectos en San Francisco número mil doscientos ochenta y uno, Villa México, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; Don PEDRO IGNACIO ORDOÑEZ OSORIO, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número diecinueve millones treinta y siete mil trescientos cuarenta y cinco guion dos, domiciliado para estos efectos en San Francisco número mil doscientos ochenta y uno, Villa México, comuna de Conchalí, Región Metropolitana. Los socios Don LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO y Don LUIS ALBERTO ORDOÑEZ OSORIO, constituyeron la sociedad “GRÚAS Y TRANSPORTES POR CARRETERA LIMITADA o TRANSPORTES ORDOÑEZ LIMITADA”, por escritura pública de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil doce, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas noventa y dos mil setecientos cuarenta número sesenta y cinco mil trescientos setenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil doce y publicado en El Diario Oficial número cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y siete de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil doce.- CESIONES DE DERECHOS.- El actual socio de la Sociedad don Luis Alberto Ordoñez Osorio acuerda y consiente en la siguiente cesión de derechos: (a) Por el presente instrumento, don Luis Alberto Ordoñez Osorio cede, vende, y transfiere el veinticinco por ciento de los derechos que le corresponden y el capital social que le corresponden, a don Pedro Ignacio Ordoñez Osorio, quien, compra, adquiere y acepta para sí, el veinticinco por ciento de los derechos y capital social totales. El precio asciende a seis millones doscientos cincuenta mil pesos que la Cesionaria pagará en un plazo de un año contado desde esta fecha. Las partes renuncian expresamente a todas las acciones resolutorias que pudieren emanar de las cesiones antes referidas. En consecuencia solo son socios LUIS OMAR ORDOÑEZ NAVARRO y Don LUIS ALBERTO ORDOÑEZ OSORIO, Don PEDRO IGNACIO ORDOÑEZ OSORIO, de la sociedad “GRÚAS Y TRANSPORTES POR CARRETERA LIMITADA o TRANSPORTES ORDOÑEZ LIMITADA”, Rol único tributario N°76.259.499-4, y viene en modificar ESTATUTOS SOCIALES.- En consecuencia, los socios don Luis Omar Ordoñez Navarro, don Luis Alberto Ordoñez Osorio y don Pedro Ignacio Ordoñez Osorio, en la “GRÚAS Y TRANSPORTES POR CARRETERA LIMITADA o TRANSPORTES ORDOÑEZ LIMITADA” acuerdan introducir en los estatutos sociales las siguientes modificaciones: Uno.- A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad, la cesión de derechos que consta en este instrumento, los únicos, actuales y exclusivos socios de la Sociedad acuerdan sustituir la cláusula Quinta de los estatutos sociales relativa al capital por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de Veinticinco millones de pesos, cantidad que los socios han aportado a la sociedad, en la siguiente forma y proporción: (a) Luis Omar Ordoñez Navarro, ha aportado la cantidad de doce millones quinientos mil pesos, equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social, (b) Luis Alberto Ordoñez Osorio ha aportado la cantidad de Seis millones quinientos mil pesos, equivalente a un veinticinco por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social y (c) Pedro Ignacio Ordoñez Osorio ha aportado la cantidad de Seis millones quinientos mil pesos, equivalente a un veinticinco por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social.” Dos.- Asimismo, por el presente acto, vienen en modificar la cláusula Séptima del pacto social, referente al uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad, en el sentido que esta corresponderá a Luis Omar Ordoñez Navarro, Luis Alberto Ordoñez Osorio y Pedro Ignacio Ordoñez Osorio, indistintamente cualquiera de ellos, con las facultades indicadas en la misma cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas. Don Luis Omar Ordoñez Navarro, Don Luis Alberto Ordoñez Osorio y Don Pedro Ignacio Ordoñez Osorio ejercerán la administración conjunta o separadamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de marzo de 2022.
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