Comercializadora M & H Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 21.xxx.xxx-2 | 21.xxx.xxx-2 | 99% | - |
Socio 23.xxx.xxx-k | 23.xxx.xxx-k | 1% | - |
Administrateurs (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 18 décembre 2012
Se constituye COMERCIALIZADORA M & H LIMITADA con capital de $5.000.000 y socios originales Edilberto Raymundo Cueva Mariño y Helen Julissa Cueva Bazan.
- Autre acte· 12 septembre 2014
La sociedad es modificada por escritura pública de 12 de septiembre de 2014.
- Cession de droits· 6 juin 2017
Edilberto Raymundo Cueva Mariño cede el 50% de sus derechos sociales a Max Alexander Morales Acuña.
EDILBERTO RAYMUNDO CUEVA MARIÑO · MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA
- Cession de droits· 6 juin 2017
Helen Julissa Cueva Bazan cede el 49% de sus derechos sociales a Max Alexander Morales Acuña.
- Cession de droits· 6 juin 2017
Helen Julissa Cueva Bazan cede el 1% de sus derechos sociales a Jhynsgbao Lyn Morales Vargas.
Texte officiel de l’extrait
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Suplente, 42° Notaria, con oficio en calle Agustinas 1070 2° piso, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy ante mi: don EDILBERTO RAYMUNDO CUEVA MARIÑO, peruano, soltero, comerciante, cédula de identidad número veinticuatro millones trescientos treinta y nueve mil novecientos noventa y ocho guión K, ; HELEN JULISSA CUEVA BAZAN, peruana, soltera, comerciante, cedula de identidad número veintidós millones doscientos veintitrés mil setenta y dos guión uno; MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA, peruano, soltero, comerciante, cedula de identidad número veintiún millones cuatrocientos dieciocho mil trescientos treinta y ocho guión dos y JHYNSGBAO LYN MORALES VARGAS, peruano, soltero, comerciante, cedula de identidad número veintitrés millones novecientos veinte mil seiscientos treinta y uno guión K, todos domiciliados para estos efectos en calle El Carmelo número noventa y dos - B, Estación Central, modifican “COMERCIALIZADORA M & H LIMITADA ", la que se constituyera por escritura pública de fecha dieciocho de diciembre de dos mil doce, otorgada en la Notaria de Santiago de doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, inscribiéndose el extracto a fojas noventa y dos mil setecientos treinta y un numero sesenta y cinco mil trescientos sesenta y nueve del año dos mil doce, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y modificada por escritura pública de fecha doce de septiembre de dos mil catorce, otorgada en la Notaria de Santiago de doña Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, inscribiéndose el extracto a fojas setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y dos numero cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro del año dos mil catorce, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, RUT N° 76.256.706-7, constituida con un capital de $5.000.000.-. A la fecha del presente instrumento, los actuales y únicos socios de COMERCIALIZADORA M & H LIMITADA, son los siguientes: /A/ EDILBERTO RAYMUNDO CUEVA MARIÑO, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; /B/ HELEN JULISSA CUEVA BAZAN, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. Se modifica de tal manera: CESION: a) EDILBERTO RAYMUNDO CUEVA MARIÑO, vende cede y transfiere el cincuenta por ciento de derechos sociales, a don MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. B) HELEN JULISSA CUEVA BAZAN vende cede y transfiere el cuarenta y nueve por ciento de derechos sociales, a don MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA, quien los compra, acepta y adquiere para sí; c) HELEN JULISSA CUEVA BAZAN vende cede y transfiere el uno por ciento de derechos sociales, a don JHYNSGBAO LYN MORALES VARGAS, quien los compra, acepta y adquiere para sí; El precio de la cesión de a) EDILBERTO RAYMUNDO CUEVA MARIÑO a MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA es de dos millones quinientos mil pesos, que se paga al cesionario en dinero efectivo a plena satisfacción del cedente, b) HELEN JULISSA CUEVA BAZAN a MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA es de dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos, que se paga al cesionario en dinero efectivo a plena satisfacción del cedente; c) HELEN JULISSA CUEVA BAZAN a JHYNSGBAO LYN MORALES VARGAS es de un cincuenta mil pesos, que se paga al cesionario en dinero efectivo a plena satisfacción del cedente. Como consecuencia de las cesiones mencionadas en la cláusula anterior, MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA, con un noventa y nueve por ciento, y don JHYNSGBAO LYN MORALES VARGAS, con un uno por ciento, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad. Ambas partes renuncian expresamente a las acciones resolutorias que pudieren emanar de la presente cesión de derechos sociales. El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad, corresponderá a don MAX ALEXANDER MORALES ACUÑA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. En Lo demás no se innova. Santiago, 06 de junio de 2017
Actes récents
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