Société à responsabilité limitée76.253.563-7

Sociedad Inmobiliaria Villa El Cantoral Limitada

MODIFICACIÓN — 8 avr. 2022

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2022-04-08Voir le PDF (CVE 2111950)

Informations sociétaires

Ltda
calle Javier de la Rosa 4280, departamento 72
Administration: única, individual y exclusivamente a la socia doña María Alexandra Concha López; en caso de fallecimiento o incapacidad, a María José Agar Concha, Andrea Paz Agar Concha y María Consuelo Agar Concha, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellas, indistintamente

Associés (4)

NomParticipation

María Alexandra Concha López

Socio

4%

María José Agar Concha

Socio

32%

Andrea Paz Agar Concha

Socio

32%

María Consuelo Agar Concha

Socio

32%

Administrateurs (4)

Texte officiel de l’extrait

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico que por escritura pública de fecha 30 de marzo de 2022, ante mí, doña María Alexandra Concha López; doña María José Agar Concha; doña Andrea Paz Agar Concha; y doña María Consuelo Agar Concha, todas domiciliadas para estos efectos en calle Javier de la Rosa 4280, departamento 72, Las Condes; modificaron SOCIEDAD INMOBILIARIA VILLA EL CANTORAL LIMITADA, inscrita a fojas 45674 N° 31952 del año 2012 del Registro de Comercio de Santiago. Las modificaciones consisten: A) I) María Alexandra Concha López cede el 22% de los derechos sociales a María José Agar Concha, precio $4.400.000.- pagado al contado y en dinero efectivo; II) María Alexandra Concha López cede el 22% de los derechos sociales a Andrea Paz Agar Concha, precio $4.400.000.- pagado al contado y en dinero efectivo; y III) María Alexandra Concha López cede el 22% de los derechos sociales a María Consuelo Agar Concha, precio $4.400.000.- pagado al contado y en dinero efectivo. B) Como consecuencia de la cesión de derechos, las socias quedan con los siguientes porcentajes: I) María Alexandra Concha López con el 4% del haber social; II) María José Agar Concha con el 32% del haber social; III) Andrea Paz Agar Concha con el 32% del haber social; IV) María Consuelo Agar Concha con el 32% del haber social. C) Las socias ratifican las cláusulas séptima y octava del pacto social en cuanto a distribución de utilidades o pérdidas, así como a los aportes a los que limitan sus respectivas responsabilidades, los que concurrirán conforme a los nuevos porcentajes. D) Modifican cláusula quinta: administración, representación y uso de la razón social, corresponderá única, individual y exclusivamente a la socia doña María Alexandra Concha López. En el evento de fallecimiento o incapacidad de doña María Alexandra Concha López, lo que deberá constar por certificado protocolizado o reducido a escritura pública e inscrito y anotado al margen de la inscripción social, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña María José Agar Concha, a doña Andrea Paz Agar Concha, y a doña María Consuelo Agar Concha, actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellas, indistintamente. En todo lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 31 de marzo de 2022.

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