Ingenieria Y Construccion Las Encinas Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ENRIQUE HUMBERTO OSORIO JELVEZ Socio 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | - | - |
VERONICA DEL CARMEN CIFUENTES MANRIQUEZ Socio 9.xxx.xxx-3 | 9.xxx.xxx-3 | 33.33% | $5.000.000 |
Administrateurs (2)
ENRIQUE HUMBERTO OSORIO JELVEZ
VERONICA DEL CARMEN CIFUENTES MANRIQUEZ
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 24 décembre 2012
Constitución original de Ingeniería y Construcción Las Encinas Limitada.
- Cession de droits· 3 juillet 2019
Yasna Tahia Yurie Villanueva cede la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 33,33% a Verónica del Carmen Cifuentes Manríquez.
YASNA TAHIA YURIE VILLANUEVA · VERONICA DEL CARMEN CIFUENTES MANRIQUEZ
- Retrait d’un associé· 3 juillet 2019
Yasna Tahia Yurie Villanueva se retira de la sociedad por cesión total de sus derechos.
- Changement d’administrateur· 3 juillet 2019
La administración pasa a corresponder exclusivamente a Enrique Humberto Osorio Jelvez y Verónica del Carmen Cifuentes Manríquez, actuando indistintamente, conjunta o separadamente.
ENRIQUE HUMBERTO OSORIO JELVEZ · VERONICA DEL CARMEN CIFUENTES MANRIQUEZ
- Autre acte· 3 juillet 2019
Se modifica la cláusula sobre fallecimiento de socios para establecer que la muerte de un socio no disuelve la sociedad.
- Autre acte· 3 juillet 2019
Se modifica la cláusula de mediación, arbitraje y liquidación para someter conflictos a mediación previa y, en caso de no acuerdo, a arbitraje arbitrador.
Texte officiel de l’extrait
CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Titular, Claro Solar 831, Temuco, Certifica: Por Escritura Pública otorgada ante mí, hoy, don ENRIQUE HUMBERTO OSORIO JELVEZ, chileno, empleado, casado y separado totalmente de bienes, cédula identidad N° 8.687.011-8, domiciliado Pasaje Alihuén N° 1116 ciudad de Temuco; doña YASNA TAHIA YURIE VILLANUEVA, chilena, ingeniero civil, divorciada, cédula identidad N°10.486.283-7, domiciliada Pasaje Alihuén N°1116 Barrio Pehuén ciudad Temuco; y, doña VERONICA DEL CARMEN CIFUENTES MANRIQUEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Técnico en Administración de Empresas, Cédula Identidad N° 9.811.191-3, domiciliada Pasaje Alihuén N° 1116 ciudad de Temuco, modificaron compañía “INGENIERIA Y CONSTRUCCION LAS ENCINAS LIMITADA”, constituida escritura pública 24 diciembre 2012, Notario Público Temuco Jorge Tadres Hales, extracto inscrito fs. 218 vuelta N° 173 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Temuco año 2013, y publicado Diario Oficial fecha 21 enero 2013. MODIFICACIONES: I.- Cesiones de Derechos y retiro socia YASNA TAHIA YURIE VILLANUEVA. Yasna Tahia Yurie Villanueva vende, cede y transfiere totalidad sus respectivos intereses sociales, consistente 33,33% capital social sociedad “Ingeniería y Construcciones Las Encinas Limitada”, a Verónica del Carmen Cifuentes Manríquez, quien compra, acepta y adquiere para sí, de manera que cedente se retira de la sociedad y cesionaria pasa a tener la calidad de socia y la participación de la cedente en la sociedad. Precio cesión suma de $5.000.000 que cesionaria pagó dinero efectivo y al contado a cedente. II.- Modificación de los estatutos sociales. A) Administración de la sociedad: Se modifica cláusula Tercera estatutos sociales sentido que desde ahora corresponderá exclusivamente a socios Enrique Humberto Osorio Jelvez y Verónica del Carmen Cifuentes Manríquez, quienes, actuando indistintamente, en forma conjunta o separada e individualmente, y anteponiendo razón social a sus firmas personales, podrán representar y obligar a la sociedad, mismas facultades señaladas en la cláusula Tercera estatutos sociales originales. B) Fallecimiento de los socios: Se sustituye Cláusula Novena estatutos sociales originales, referida incapacidad y muerte de los socios, sentido de ocurrida muerte de un socio, no se disolverá la sociedad. C) Mediación, Arbitraje y liquidación: Se sustituye Cláusula Décimo Tercera de los estatutos sociales originales, referida al arbitraje y liquidación, en sentido que socios se obligan a que todo conflicto entre ellas, será sometida a la mediación de un tercero. Y en caso de no haber acuerdo por mediación, será resuelto por árbitro arbitrador o amigable componedor de única instancia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe.- Temuco, 03 de julio del año 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INGENIERIA Y CONSTRUCCION LAS ENCINAS LIMITADA
CVE 1631864
