Accion Comercial Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
DARIO CHACON VICENTELO, Notario Titular de la 5° Notaría de Iquique, Calle Baquedano No.702, Iquique. CERTIFICA: Que, hoy ante mí por escritura pública, Don JOSÉ EMETERIO ABENTE MARTÍNEZ y ANIBAL REINALDO FRANCO; ambos representados por JAVIER DAVID BENITEZ YEGROS, todos domiciliados en Manzana 7, Galpón 24, Recinto Amurallado, Zona Franca, Iquique; modifican “ACCION COMERCIAL LIMITADA” Inscrita a fojas 188 N* 187, Registro de Comercio Iquique 2005, R.U.T. 76.239.760-9; Capital social: $10.000.000 de pesos, modificada según inscripción se fojas 885 vta. N° 698 del Registro Comercio Iquique 2017 y a fojas 567 VTA. N° 329, registro comercio Iquique 2023; modifican la cláusula de administración del pacto social primitivo señalando que los poderes generales de administración serán divididos en dos clases (PODERES CLASE A Y PODERES CLASE B) y dependiendo de su clase serán ejercidos por las personas que, a continuación se señalan: PODERES CLASE A: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don JAVIER DAVID BENITEZ YEGROS, Cédula de Identidad Extranjeros N° 24.419.208-4, y a doña VALERIA ANDREA PEREIRA CORTÉS, Cédula Nacional de Identidad N° 16.504.838-5, con todas y cada una de las facultades indicadas en la cláusula segunda letra A) de escritura extractada. PODERES CLASE B: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JAVIER DAVID BENITEZ YEGROS, Cédula de Identidad Extranjeros N° 24.419.208-4 con todas y cada una de las facultades establecidas en la cláusula segunda letra B) de la escritura extractada. Así mismo, los actuales y únicos socios de la sociedad, debidamente representados, otorgan poder a don JAVIER DAVID BENITEZ YEGROS, Cédula de Identidad Extranjeros N* 24.419.208-4, y a doña VALERIA ANDREA PEREIRA CORTÉS, Cédula Nacional de Identidad N° 16.504.838-5 para que actuando en forma conjunta puedan representar a la sociedad ante organismos públicos o entidades fiscalizadoras, facultades establecidas en cláusula Tercera de la escritura extractada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, regirá el pacto social Constitutivo. Iquique, 29 de noviembre 2024. Doy Fe.-
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administrateurs (2)
GUSTAVO ADOLFO BELLO CRISTALDO
Texte officiel de l’extrait
FELIPE ANDRES JOPIA NAVARRO, Notario Público Interino, Serrano 191, Iquique; Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, JOSÉ EMETERIO ABENTE MARTÍNEZ y ANIBAL REINALDO FRANCO; ambos representados por GUSTAVO ADOLFO BELLO CRISTALDO, todos domiciliados en Manzana 7, Galpón 24, Recinto Amurallado, Zona Franca, Iquique; modifican “ACCION COMERCIAL LIMITADA” Inscrita a fojas 188 Nº 187, Registro de Comercio Iquique 2005, R.U.T. 76.239.760-9; modificada según lnscripción de fojas 885 vta. Nº 698 del Registro Comercio Iquique 2017; modifican la cláusula de administración del pacto social primitivo estableciendo que desde ahora en adelante la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá en forma indistinta a don GUSTAVO ADOLFO BELLO CRISTALDO y/o a don ANIBAL REINALDO FRANCO, quienes actuando en forma individual, indistinta o alternadamente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades, en especial todas y cada una de la establecidas en el pacto primitivo (escritura de constitución). Así mismo, los actuales y únicos socios de la sociedad, debidamente representados, otorgan poder a don JAVIER DAVID BENITEZ YEGROS, Cédula de Identidad Extranjeros Nº 24.419.208-4, y a ESTELA MARINA CABAÑAS, Cédula de Identidad Extranjeros Nº 23.929.054-K, para que actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos puedan representar a la sociedad ante organismos públicos o entidades fiscalizadoras, facultades establecidas en cláusula Tercera de la escritura extractada. En todo lo no modificado por el presente instrumento, regirá el pacto social Constitutivo. Iquique, 30 de Mayo 2023.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ACCION COMERCIAL LIMITADA
CVE 2592082
- MODIFICACIÓN
ACCION COMERCIAL LIMITADA
CVE 2329215
