Holding Inversiones Hijas Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MARÍA EUGENIA BARRANCO GIUGLIANO Socio 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | - | - |
MARÍA VERÓNICA BARRANCO GIUGLIANO Socio 8.xxx.xxx-2 | 8.xxx.xxx-2 | - | - |
Administrateurs (9)
MARÍA VERÓNICA BARRANCO GIUGLIANO
MARÍA EUGENIA BARRANCO GIUGLIANO
PATRICIO IGNACIO TELLECHEA BARRANCO
NICOLÁS CLEMENTE TELLECHEA BARRANCO
BENJAMÍN VICENTE TELLECHEA BARRANCO
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO FARÍAS PICÓN, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Santiago, ubicada en Huérfanos mil ciento sesenta, oficina ciento uno y ciento dos, certifico que: Por escritura pública de 17 de octubre de 2024, repertorio N°13.210-2024, ante mí, comparecieron: doña MARÍA EUGENIA BARRANCO GIUGLIANO, C.I.N°8.779.181-5, con domicilio en calle Rosa Serrano de Ruiz Tagle, Parcela Z 64, Condominio El Algarrobal II, de la comuna de Colina, Región Metropolitana, y doña MARÍA VERÓNICA BARRANCO GIUGLIANO, C.I.N°8.779.188-2, con domicilio en Condominio El Algarrobal II, casa W 3, comuna de Colina, Región Metropolitana. Las comparecientes, modificaron los estatutos sociales de “HOLDING INVERSIONES HIJAS LIMITADA”, particularmente su artículo cuarto que debe ser reemplazado íntegramente por lo que sigue: ARTÍCULO CUARTO: Administración social. A) Administración Ordinaria. La administración y uso de la razón social ordinaria de la sociedad corresponderá a doña MARÍA VERÓNICA BARRANCO GIUGLIANO, cédula nacional de identidad número 8.779.188-2, y a doña MARÍA EUGENIA BARRANCO GIUGLIANO, cédula nacional de identidad número 8.779.181-5, quienes actuarán en forma indistinta, sin perjuicio de poder actuar en forma conjunta si así lo deciden. Sin perjuicio de lo anterior, existirán administradores extraordinarios que solo actuarán en ausencia total y definitiva de las administradoras ordinarias. En este sentido, las administradoras ordinarias, en forma individual o en conjunto a su propia decisión, anteponiendo la razón social a su firma(s), representará(n) y obligará(n) a la sociedad judicial y extrajudicialmente, en todos los actos y contratos comprendidos en su giro ordinario, y con facultades singularizadas en escritura extractada. B) Administración y uso de la razón extraordinaria. En el evento de fallecimiento, o ausencia definitiva de ambas administradoras ordinarias, la administración de la sociedad y uso de la razón social, será ejercida por los administradores extraordinarios que a continuación se señalan los que deberán actuar en la forma que a continuación se indica. Estos administradores extraordinarios son dos de tipos y se clasifican en Grupo A y Grupo B: i) Grupo A): El grupo A está conformado por don PATRICIO IGNACIO TELLECHEA BARRANCO, cédula nacional de identidad número 19.686.817-8; don NICOLÁS CLEMENTE TELLECHEA BARRANCO, cédula nacional de identidad número 20.339.685-6, y don BENJAMÍN VICENTE TELLECHEA BARRANCO, cédula nacional de identidad número 20.682.774-2, ii) Grupo B): El grupo B está conformado por doña MARÍA EUGENIA GIL BARRANCO, cédula nacional de identidad número 19.567.792-1; don MANUEL IGNACIO GIL BARRANCO, cédula nacional de identidad número 20.071.803-8; don FRANCISCO JAVIER GIL BARRANCO, cédula nacional de identidad número 20.808.824-6doña y doña MARÍA ROSARIO GIL BARRANCO, cédula nacional de identidad número 22.031.164-3. Para los efectos de la administración extraordinaria y uso de la razón social, deberán concurrir a lo menos dos cualesquiera de los apoderados del Grupo A, con al menos tres cualesquiera de los apoderados del Grupo B de manera conjunta”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 15 de noviembre de 2024.- R. Farías P., Not. Púb. Interino.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
HOLDING INVERSIONES HIJAS LIMITADA
CVE 2583639
