Constructora E Inmobiliaria Djp Construcciones S.a.
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tendrá por objeto la ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción y urbanización, por cuenta propia o ajena; demolición, reparación, restauración; la realización de trabajos de edificación de obras civiles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces; la realización de loteos y obras; la construcción y venta de todo tipo de bienes inmuebles, acogidos o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la implementación y realización, en general de todo tipo de proyectos de construcción y urbanización; la asesoría técnica en la especialidad de construcción, arriendo de quipos y maquinaria para movimientos de tierra en todas sus especialidades, para proyectos públicos y privados y de comercio general, incluyendo estudios financieros, y económicos, proyectos, planos y demás que sean necesarios; pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandatario de terceros; y cualquier otra materia relacionada directa o indirectamente con los fines expresados. La Empresa podrá operar bajo el Régimen de Zona Franca de Iquique o Arica o Aysén o de cualquier otro que exista al momento de la celebración de esta Escritura o que en el futuro se cree, pudiendo además, acogerse a todos los Beneficios Tributarios de la Zona. Puede ejecutar la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma la explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes y raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en Sociedades, Comunidades y Asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad Inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los Socios. Adquirir, enajenar y explorar toda clase de Bienes Inmuebles, en especial Bienes Raíces, Rústicos o Urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros.
Capital
Capital total
$200.000.000
Capital libéré
$200.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
2 000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Daniel Enrique Rivera Benedetti Accionista 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 90% | - |
Accionista 13.xxx.xxx-3 | 13.xxx.xxx-3 | 5% | - |
Accionista 9.xxx.xxx-7 | 9.xxx.xxx-7 | 5% | - |
Administrateurs (1)
DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI
Représentants auprès du SII (1)
DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 30 mai 2012
Constitución original de la sociedad.
- Autre acte· 13 juillet 2012
Modificación estatutaria previa de la sociedad.
- Changement de nom· 5 décembre 2019
Se modificó la razón social por la actual.
- Changement d’administrateur· 20 décembre 2022
Se designa y ratifica como gerente a Daniel Enrique Rivera Benedetti.
Texte officiel de l’extrait
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular Arica, con Oficio Bolognesi 360, Certifico: Por Escritura de 30 diciembre 2022, Repertorio Nº 4.378, don ARCHIVALDO SEGUNDO LIMARI OCHOA, C.I. 5.032.760-4, Doñihue 1341, Arica, debidamente facultado, Redujo a Escritura Pública ACTA DE LA 2ª JUNTA EXTAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.”, de fecha 20 de Diciembre del 2022, actuando como Ministro de Fe, este Notario, conforme a lo dispuesto art. 57 Ley de Sociedades Anónimas, asistencia de sus Accionistas DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI, C.I. 7.037.571-0; PAULO CESAR CORNEJO FERNANDEZ, C.I. 13.006.578-3; y JUAN GABRIEL RIVERA BENEDETTI, C.I. 9.606.953-7. Presidió la Sesión Paulo Cornejo Fernández y actúo como Secretario el Director y Gerente General DANIEL RIVERA BENEDETTI. ACCIONES REPRESENTADAS.- i) Daniel Enrique Rivera Benedetti, 1.800 Acciones, que corresponden al 90% del Capital. ii) Paulo César Cornejo Fernández, 100 Acciones que corresponden al 5% del Capital. y iii) Juan Gabriel Rivera Benedetti, 100 Acciones, que corresponden al 5% del Capital.- CONSTITUCION LEGAL DE LA SOCIEDAD.- “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.”, se constituyó por Escritura Pública otorgada Notaría Pública de Arica Víctor Warner Sarria el 30 de Mayo de 2012, Extracto inscrito fs. 703, Nº 300 Registro de Comercio de Arica, año 2012 y publicada Diario Oficial 4 de Junio de 2012; Modificada por Escritura Pública otorgada en Notaría Pública de Arica de Víctor Warner Sarria el 13 de Julio de 2012, inscrita a fs. 957 Nº 394 Registro de Comercio de Arica del 1 de Agosto del 2012 y Publicada Diario Oficial 25 de Julio del año 2012.- En 1ª Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada 5 de Diciembre del 2019, Reducida a Escritura Pública 11 de Diciembre 2019 en Notaría Pública de Arica de Rodrigo Fernando Lazcano Arriagada, se modificaron los Estatutos (Repertorio Nº4.801-2019), cuyo extracto se inscribió a fs.14 Nº6 en el Registro de Comercio de Arica el 7 de Enero del 2020 y se publicó Diario Oficial del 26 de Diciembre del 2019, Modificando la Razón Social por la actual de “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.”. REPACTACION SOCIEDAD Y ESTATUTOS.- Gerente de la Sociedad don Daniel Enrique Rivera Benedetti, informa a los Accionistas que se ha tomado conocimiento, a raíz del Certificado otorgado por el Sr. Conservador de Comercio de Arica con fecha 12 de Diciembre del 2022, que el Plazo de Duración de la Sociedad es de 10 años contados desde el 1º de Julio del 2012, por lo que la Sociedad, conforme con el Artículo 108 de la Ley 18.046.- Ley sobre Sociedades Anónimas, se encontraría vencida de acuerdo con el Artículo 103 Nº1 de dicha Ley de Sociedades Anónimas, no obstante ello subsiste como Persona Jurídica, quedando vigente sus Estatutos en lo que fuere pertinente conforme con el Artículo 109 de dicha Ley 18.046, permitiéndole su inciso segundo, que la Sociedad podrá efectuar operaciones ocasionales o transitorias de Giro. Sugiere a la Junta Extraordinaria Acordar Repactar la Sociedad en iguales términos, modificando solamente el Artículo 3º del Estatuto Social, relativo a la “Duración”, proponiendo que su duración sea Indefinida, y los Artículos Transitorios.- Acuerdo Nº1.- La Junta Extraordinaria de Accionistas, por la Unanimidad de las Acciones representadas, y teniendo presente la situación imprevista que se le presenta a la Sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.”, Rut Nº 76.220.319-7, con domicilio San Marcos Nº438 Arica, acuerdan Repactar la Sociedad en los mismos términos, con la sola Modificación de que su Duración será indefinida y los Artículos Transitorios.- Acuerdo Nº2.- Atendido el Acuerdo Nº1 anterior, el Estatuto de la Sociedad Repactada es del tenor siguiente: “Comparecen: Daniel Enrique Rivera Benedetti, chileno, casado, Factor de Comercio, domiciliado en Pedro Quintavalle Nº2333 de la ciudad de Arica, C.I. Nº7.037.571-0; Paulo Cornejo Fernández, chileno, soltero, Ingeniero Constructor, domiciliado en Marquirave Nº44, Palmas 3 de Arica, C.I. Nº13.006.578-3; y Juan Gabriel Rivera Benedetti, chileno, casado, Ingeniero Mecánico, domiciliado en Pedro Quintavalle Nº2333 de Arica, C.I. Nº 9.606.953-7, vienen en Repactar la Sociedad Anónima Cerrada “Constructora e Inmobiliaria DJP Construcciones S.A.”, la que se regirá por los mismos Estatutos vigentes de la Sociedad, con la salvedad de que su Duración contenida en el Artículo Tercero será de Indefinida y se modifican Artículos Transitorios. “Nombre: Se constituye una Sociedad Anónima Cerrada con el nombre de “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA DJP CONSTRUCCIONES S.A.”, la que también podrá utilizar como nombre de fantasía, el de “DJP CONSTRUCCIONES S.A.”. Domicilio: El Domicilio legal de la Sociedad será la ciudad de Arica, XV Región, sin perjuicio de las Agencias, Sucursales o Representaciones que el Directorio acuerde establecer, en el País o en el Extranjero.- Duración: La Sociedad Repactada comenzó sus Operaciones el día 1 de Julio del 2012, y su duración será INDEFINIDA.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la ejecución de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción y urbanización, por cuenta propia o ajena; demolición, reparación, restauración; la realización de trabajos de edificación de obras civiles; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces; la realización de loteos y obras; la construcción y venta de todo tipo de bienes inmuebles, acogidos o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la implementación y realización, en general de todo tipo de proyectos de construcción y urbanización; la asesoría técnica en la especialidad de construcción, arriendo de quipos y maquinaria para movimientos de tierra en todas sus especialidades, para proyectos públicos y privados y de comercio general, incluyendo estudios financieros, y económicos, proyectos, planos y demás que sean necesarios; pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandatario de terceros; y cualquier otra materia relacionada directa o indirectamente con los fines expresados. La Empresa podrá operar bajo el Régimen de Zona Franca de Iquique o Arica o Aysén o de cualquier otro que exista al momento de la celebración de esta Escritura o que en el futuro se cree, pudiendo además, acogerse a todos los Beneficios Tributarios de la Zona. Puede ejecutar la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma la explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes y raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en Sociedades, Comunidades y Asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad Inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los Socios. Adquirir, enajenar y explorar toda clase de Bienes Inmuebles, en especial Bienes Raíces, Rústicos o Urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros.- Capital: El Capital de la Sociedad es de $200.000.000, dividido en 2.000 Acciones sin Valor Nominal, el que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas, se encuentra suscrito y pagado de la manera siguiente: a) Don Daniel Enrique Rivera Benedetti, suscribe para sí 1.800 Acciones, las que representan un 90% del Capital Social; b) Don Juan Gabriel Rivera Benedetti, suscribe para sí 100 Acciones, las que representan un 5% del Capital Social; y c) Don Paulo César Cornejo Fernández, suscribe para si 100 Acciones del Capital Social, las que representan un 5% del Capital Social. Conforme con lo anterior, el Capital se encuentra suscrito y pagado en dinero efectivo y enterado en la Caja Social con anterioridad por cada uno de los Accionistas. DESIGNACION Y RATIFICACIÓN GERENTE: Los Accionistas que asisten a esta 2ª Junta Extraordinaria de Accionistas, que representan el 100% del Capital de la Sociedad, Designan y Ratifican como Gerente de la Sociedad al Director don DANIEL ENRIQUE RIVERA BENEDETTI, quien permanecerá en su Cargo mientras cuente con la confianza del Directorio. El Señor Gerente para el desempeño de su Cargo, dispone de todas y cada una de las facultades que le reconoce el Artículo 20 de estos Estatutos.- Acuerdo Nº 3: Las Acciones representados en esta Junta, acuerdan por Unanimidad que los Acuerdos logrados en ella producirán sus efectos de inmediato sin esperar su Ratificación por una Junta posterior de Accionistas.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Arica, 12 de enero de 2023.
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- MODIFICACIÓN
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CVE 2254086
