Inmobiliaria Don Felipe Y Doña Ema Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$12.000.000
Actions
3
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-5 | 18.xxx.xxx-5 | 66.6667% | $8.000.000 |
Socio 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 33.3333% | $4.000.000 |
Administrateurs (2)
Représentation légale (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 14 juin 2012
Se constituyó la sociedad Inmobiliaria Don Felipe y Doña Ema Limitada.
- Cession de droits· 25 janvier 2019
Pedro Pablo Alegre Acharan cede la totalidad de sus derechos a María Graciela Solano Acharan.
- Changement d’administrateur· 25 janvier 2019
Se modifica la administración y se deja sin efecto el mandato de Sergio Novoa Galán.
MARIA GRACIELA SOLANO ACHARAN · FELIPE ANDRÉS ALEGRE ACHARAN · SERGIO NOVOA GALÁN
Texte officiel de l’extrait
Iván Torrealba Acevedo, de la 33 Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna y provincia de Santiago, certifica: Que, con fecha 3 de enero de 2019, bajo repertorio 91-2019 ante el Notario Titular, se otorgó la escritura pública en la que comparecen: don FELIPE ANDRÉS ALEGRE ACHARAN, cédula de identidad número 16.607.234-4, chileno, abogado, soltero; doña MARÍA GRACIELA SOLANO ACHARAN, cédula de identidad número 18.390.546-5, factor de comercio, chilena, soltera representada por MARÍA GLORIA ACHARÁN TOLEDO, cédula de identidad número 5.575.365-2, chilena, abogada, soltera; y don PEDRO PABLO ALEGRE ACHARAN, arquitecto, cédula de identidad número 12.056.471-4, chileno, casado con separación de bienes; todos domiciliados en Avenida Nueva Tajamar cuatrocientos ochenta y uno, Oficina mil cuatrocientos tres, torre Sur, de la comuna de Las Condes, provincia de Santiago.- ANTECEDENTES: La sociedad "INMOBILIARIA DON FELIPE Y DOÑA EMA LIMITADA", inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 41.208, número 28.963 del Registro de Comercio de Santiago del año 2012, fue constituida mediante escritura pública otorgada ante ANDRÉS KELLER QUITRAL, Abogado, Notario suplente de don Andrés Rubio Flores, titular de la Octava Notaría de Santiago, con fecha 14 de junio de 2012.- CESIÓN DE DERECHOS: Mediante el presente instrumento don PEDRO PABLO ALEGRE ACHARAN, ya individualizado, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de sus derechos en la sociedad referida en la cláusula primera precedente, a doña MARÍA GRACIELA SOLANO ACHARAN, quien compra para sí y acepta la cesión. El precio de la cesión, es la suma aportada por el cedente al momento de la constitución de esta sociedad, es decir, 4 millones de pesos, equivalentes a un tercio del capital social, que la cesionaria pagó al cedente con anterioridad a esta fecha, al contado y a entera satisfacción de este último quien, en consecuencia, tiene por íntegramente pagado el precio. Como consecuencia de la cesión de derechos íntegramente perfeccionada con el acuerdo y conocimiento de los socios, referida en la cláusula segunda precedente, la distribución de participaciones sociales queda de la siguiente forma: doña MARÍA GRACIELA SOLANO ACHARAN con dos tercios del capital social equivalentes a ocho millones de pesos y FELIPE ANDRÉS ALEGRE ACHARÁN con el restante tercio equivalente a cuatro millones.- MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN: Los socios, conforme con lo expresado en la cláusula precedente y de común acuerdo, a su vez, viene en modificar la administración y uso de la razón social o nombre de fantasía de la sociedad en el sentido de que qué ésta corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de los socios MARIA GRACIELA SOLANO ACHARAN y FELIPE ANDRÉS ALEGRE ACHARAN, por tanto, se deja sin efecto en todas sus partes, el mandato de administración y las facultades otorgadas al señor SERGIO NOVOA GALÁN en la escritura de constitución de esta sociedad. - Los socios aceptan de manera unánime la totalidad de las modificaciones expresadas en la presente. En Santiago, a 25 de enero de 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA DON FELIPE Y DOÑA EMA LIMITADA
CVE 1545837
