Société à responsabilité limitéeDissoute76.198.970-7

Farmacias La Humanitaria Limitada

DISOLUCIÓN — 30 déc. 2023

Diario Oficial

DissolutionDiario Oficial · 2023-12-30Voir le PDF (CVE 2430512)

Informations sociétaires

Ltda
O'Higgins, Aysén

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 13 décembre 2004

    Se constituyó la sociedad FARMACIAS LA HUMANITARIA LIMITADA.

    MARÍA ELENA PEZOA CONTRERAS

  2. Autre acte· 21 juillet 2023

    La sociedad dio término de giro ante el Servicio de Impuestos Internos.

    FARMACIAS LA HUMANITARIA LIMITADA

Texte officiel de l’extrait

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD “FARMACIAS LA HUMANITARIA LIMITADA”. JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER, Notario Público de la Primera Notaría de Curacautín, con oficio en calle Arica número doscientos noventa y nueve, comuna de Curacautín, CERTIFICA: Por escritura Pública, ante mí, de fecha 02 de Noviembre de 2023, Repertorio N° 1063 - 2023; Don JORGE EDUARDO ARANEDA ABARZÚA, domiciliado para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins número seiscientos noventa de la comuna de Curacautín, Región de La Araucanía; doña MÓNICA EGIDIA ARANEDA ABARZÚA, representada por don Felipe Cristian Daudet Araneda, ambos domiciliados para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins número seiscientos noventa de la comuna de Curacautín, Región de La Araucanía;; doña CARMEN LAURA ELÍAS LÓPEZ, domiciliada para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins número seiscientos noventa de la comuna de Curacautín, Región de La Araucanía; don RICARDO JOSÉ ANDRÉS ARANEDA ELÍAS, por si y en representación de doña MARÍA CECILIA ARANEDA ELÍAS, y de doña MARÍA CAROLINA ARANEDA ELÍAS; domiciliado en calle Paseo Las Torcazas número diecinueve, Condominio Las Bandadas, comuna de Colina, Región Metropolitana, de paso en esta ciudad; únicos y actuales socios de la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “FARMACIAS LA HUMANITARIA LIMITADA”, RUT 76.198.970-7; la que fue constituida por escritura pública de fecha 13 de diciembre del año 2004, otorgada en Curacautín, ante doña María Elena Pezoa Contreras, Abogado, Notario y Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial, Titular de la Agrupación de comunas de Curacautín y Lonquimay, cuyo extracto de constitución se inscribió a fojas 14 vuelta, número 10 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curacautín correspondiente al año 2004, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 7 de enero del año 2005. acordaron de mutuo acuerdo Disolver y Liquidar la sociedad conforme a lo prescrito en el inciso 3° del artículo 409 del Código de Comercio, en concordancia con el numeral 9° del artículo 352 del Código de Comercio y según lo indicado en el artículo 2.107 del Código Civil. La liquidación del Haber Social se practicó en proporción a la participación porcentual de los socios resultando la siguiente distribución: Uno) a la socia doña Mónica Egidia Araneda Abarzúa corresponderá la suma de $53.043.388; Dos) al socio don Jorge Eduardo Araneda Abarzúa corresponderá la suma de $53.043.388;; Tres) a la socia doña Carmen Laura Elías López corresponderá la suma de $21.214.173; Cuatro) a la socia doña María Cecilia Araneda Elías corresponderá la suma de $10.615.044; Cinco) al socio don Ricardo José Andrés Araneda Elías corresponderá la suma de $10.615.044; y Seis) a la socia doña María Carolina Araneda Elías corresponderá la suma de $10.615.044.- Los socios, por si y por medio de sus representantes, declararon que están de acuerdo en todas sus partes con la liquidación practicada y se otorgaron mutua y recíprocamente el más amplio, completo y total finiquito, declarando que nada se adeudan entre sí ni por la sociedad y, a mayor abundamiento, renunciaron expresamente a cualquier recurso que les pudiere asistir, en especial, a las acciones resolutorias, declarando totalmente liquidada y disuelta la sociedad “FARMACIAS LA HUMANITARIA LIMITADA”. Se dejó constancia que con fecha 21 de julio del año 2023, la sociedad dio término de giro a sus actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, organismo que otorgó Certificado de Término de Giro de la sociedad con el Folio 951450826, protocolizado con esta fecha bajo el número 780 en esta misma Notaría. Los socios se constituyeron en responsables solidarios de cualquier obligación tributaria de la sociedad liquidada y disuelta al amparo de lo establecido el artículo 69 del Código Tributario.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Doy fe.- Curacautín, 02 de noviembre de 2023.

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