Société à responsabilité limitée76.198.316-4

Empresa De Mantención Y Servicio Técnico En Equipos De Izaje Ehc Limitada

MODIFICACIÓN — 27 sept. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-09-27Voir le PDF (CVE 2704677)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital libéré

$3.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA

Socio

50%

EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ

Socio

50%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 16 février 2012

    Se constituyó la sociedad Empresa de Mantención y Servicio Técnico en Equipos de Izaje EHC Limitada.

    HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA · EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ · BETSABÉ FRANCO ÁLVAREZ · CLARA DE LAS MERCEDES JARA FIGUEROA

  2. Retrait d’un associé· 28 novembre 2012

    Cristian Andrés Vilches Valdés renuncia como socio y administrador y retira su aporte de capital.

    CRISTIAN ANDRÉS VILCHES VALDÉS

  3. Cession de droits· 23 mai 2017

    Humberto Eduardo Cisternas Cerda cede 10% de sus derechos sociales a Clara de las Mercedes Jara Figueroa y Edmundo Alejandro José Martínez Pérez cede 10% de sus derechos sociales a Betsabé Franco Álvarez.

    HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA · CLARA DE LAS MERCEDES JARA FIGUEROA · EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ · BETSABÉ FRANCO ÁLVAREZ

  4. Cession de droits

    Clara de las Mercedes Jara Figueroa vende el total de sus derechos sociales a Humberto Eduardo Cisternas Cerda.

    CLARA DE LAS MERCEDES JARA FIGUEROA · HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA

  5. Cession de droits

    Betsabé Franco Álvarez vende el total de sus derechos sociales a Edmundo Alejandro José Martínez Pérez.

    BETSABÉ FRANCO ÁLVAREZ · EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior LIDIA MARÍA CHAHUÁN ISSA, abogada, Notario Público de las comunas de la Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo número trescientos treinta y uno, comuna de La Calera certifico: Por escritura pública, hoy ante mí: HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA, técnico en mecánica automotriz, domiciliado en calle Carlos Catasse número mil setecientos veintisiete, Villa El Sendero, comuna de Quillota; EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ, técnico eléctrico mecánico, domiciliado en pasaje Las Brisas número mil cuatrocientos treinta y tres, Altos del Rocío, comuna de Villa Alemana; BETSABÉ FRANCO ÁLVAREZ, empleada, domiciliada en calle Carlos Catasse número mil setecientos veintisiete, Villa El Sendero, comuna de Quillota y; CLARA DE LAS MERCEDES JARA FIGUEROA, técnico en bienestar social, domiciliada en pasaje Las Brisas número mil cuatrocientos treinta y tres, Altos del Rocío, comuna de Villa Alemana; venden derechos y modifican sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es "EMPRESA DE MANTENCIÓN Y SERVICIO TÉCNICO EN EQUIPOS DE IZAJE EHC LIMITADA", RUT 76.198.316-4 e inscrita a fojas 100 número 84 en el Registro de Comercio del 2012 a cargo del Conservador de Comercio de Quillota y publicado su extracto en el Diario Oficial de 16 de febrero de ese mismo año, edición Nº40.189, anotado al margen de la respectiva inscripción. Posteriormente, por escritura pública de 28 de noviembre del año 2012, otorgada ante don Julio Abuyeres Jadue, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Quillota; don Humberto Eduardo Cisternas Cerda, don Edmundo Alejandro José Martínez Pérez y don Cristian Andrés Vilches Valdés, modificaron la sociedad “Empresa de Mantención y Servicio Técnico en Equipos de Izaje EHC Limitada” acordando lo siguiente: UNO: El socio don Cristian Andrés Vilches Valdés renunció a su calidad de socio y administrador de la Empresa de Mantención y Servicio Técnico en Equipos de Izaje EHC Limitada e hizo retiro de su aporte de capital ascendente a la suma de $1.000.000, el cual fue entregado a la fecha de la suscripción de la escritura pública recién mencionada, en dinero efectivo y que don Cristian Andrés Vilches Valdés aceptó a su entera conformidad, acto que fue refrendado por los demás socios comparecientes.- DOS: Acto seguido, los socios restantes, esto es, don Humberto Eduardo Cisternas Cerda y don Edmundo Alejandro José Martínez Pérez, acuerdan con el objeto de mantener el capital social, hacer un aporte de un $1.000.000, aportados en partes iguales por los socios recién indicados. Dicha modificación social fue inscrita a fojas 510 número 418 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Comercio de Quillota y su extracto fue publicado en el Diario Oficial de 1 de diciembre del año 2012, Edición número 40.424.- Finalmente, por escritura pública de 23 de mayo del año 2017, otorgada ante don Carlos Swett Muñoz, Notario Público de Quilpué; don Humberto Eduardo Cisternas Cerda, don Edmundo Alejandro José Martínez Pérez, doña Betsabé Franco Álvarez y doña Clara de Las Mercedes Jara Figueroa, modificaron la sociedad “Empresa de Mantención y Servicio Técnico en Equipos de Izaje EHC Limitada” acordando lo siguiente: Uno: Humberto Eduardo Cisternas Cerda, vende, cede y transfiere el 10% de sus derechos sociales, equivalentes al 5% del haber social a Clara de las Mercedes Jara Figueroa, quien compra, acepta y adquiere. Dos: Edmundo Alejandro José Martínez Pérez, vende, cede y transfiere el 10% de sus derechos sociales, equivalentes al 5% del haber social a Betsabé Franco Álvarez, quien compra, acepta y adquiere. Acuerdan: que la sociedad continúa con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido; que en caso de fallecimiento o declaración de interdicción de alguno de los administradores, tanto el cargo como sus facultades se traspasarán a la persona que corresponda según lo señalado en las cláusulas del pacto social refundido. Acordaron también pacto social refundido para dar cuenta de las modificaciones. Dicha modificación de la sociedad antes referida fue inscrita a fojas 142 número 107 del Registro de Comercio del año 2017 del Conservador de Comercio de Quillota y su extracto fue publicado en el Diario Oficial de 16 de junio del año 2017, Edición número 41.785.- VENTA DE DERECHOS SOCIALES: Uno) Por el presente instrumento, la socia doña CLARA DE LAS MERCEDES JARA FIGUEROA viene en vender, ceder y transferir la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 5% del haber social, a don HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA, quien a su vez compra, acepta y adquiere para sí los derechos en el porcentaje señalado. Por dicha transferencia, el adquirente paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo, la suma de $150.000, que la cedente declara recibir a su entera y total conformidad.- Dos) Por el presente instrumento, la socia doña BETSABÉ FRANCO ÁLVAREZ viene en vender, ceder y transferir la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 5% del haber social, a don EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ, quien a su vez compra, acepta y adquiere para sí los derechos en el porcentaje señalado. Por dicha transferencia, el adquirente paga en este acto, de contado y en dinero en efectivo, la suma de $150.000, que la cedente declara recibir a su entera y total conformidad.- TERCERO: MODIFICACIÓN: En consecuencia, producto de la venta de derechos sociales referida en la cláusula segunda precedente, se modifican la cláusulas CUARTA, SEXTA y DÉCIMO TERCERA del texto refundido del pacto social contenido en la escritura pública de modificación de fecha veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete señalada más arriba, en el siguiente sentido: a) Se modifica la cláusula Cuarta por la del siguiente tenor: “CUARTO: SOCIOS: Son únicos socios de la sociedad “EMPRESA DE MANTENCIÓN Y SERVICIO TÉCNICO EN EQUIPOS DE IZAJE EHC LIMITADA” don HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA y don EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ”.-; b) Se modifica la cláusula Sexta por la del siguiente tenor: “SEXTO: CAPITAL: El capital social es la suma de $3.000.000.-, ya aportados por los socios y enterados de la siguiente forma: Los socios HUMBERTO EDUARDO CISTERNAS CERDA y don EDMUNDO ALEJANDRO JOSÉ MARTÍNEZ PÉREZ, aportaron individualmente la suma de un $1.500.000.- en dinero efectivo, que ingresaron a la caja social, y que equivale para cada uno al 50% de los derechos sociales. De esta manera, se completa el 100% del capital social.”-; y c) Se modifica la cláusula Décimo Tercera por la del siguiente tenor: “DÉCIMO TERCERO: FALLECIMIENTO: En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes designarán un mandatario común para actuar ante la sociedad”.- En todos los demás, siguen vigentes las cláusulas contenidas en el texto refundido del pacto social contenido en la escritura pública de modificación de fecha veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete señalada en la cláusula primera de escritura pública extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada. La Calera, 22 septiembre 2025.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    EMPRESA DE MANTENCIÓN Y SERVICIO TÉCNICO EN EQUIPOS DE IZAJE EHC LIMITADA

    CVE 2704677

Relations sociétaires

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