Transportes Agritrans Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital libéré
$3.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (5)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Francisco Javier Vergara Rosales Socio | - | 10% | $300.000 |
Sandra Francisca Armstrong Klenner Socio | - | 50% | $1.500.000 |
María Ignacia Vergara Armstrong Socio | - | 13.34% | $400.200 |
Francisco Javier Vergara Armstrong Socio | - | 13.33% | $399.900 |
Socio | - | 13.33% | $399.900 |
Texte officiel de l’extrait
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, bajo el Repertorio N°19.051-2024, ante el Titular de esta Notaría don Iván Torrealba Acevedo, Francisco Javier Vergara Rosales; María Ignacia Vergara Armstrong; Sandra Francisca Armstrong Klenner; Francisco Javier Vergara Armstrong; y José Pablo Vergara Armstrong, todos domiciliados para estos efectos en Granja Eliana sin número, San Ramón, comuna de Coquimbo y de paso en ésta, acordaron la modificación de la sociedad Transportes Agritrans Limitada (la “Sociedad”), RUT 76.195.310-9, inscrita a fojas 605 vuelta, número 406 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año 2004, en los siguientes términos: (i) El socio Francisco Javier Vergara Rosales, donó el dominio sobre el 40 por ciento de los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad, a María Ignacia Vergara Armstrong el 13,34 por ciento, a Francisco Javier Vergara Armstrong el 13,33 por ciento y a José Pablo Vergara Armstrong el 13,33 por ciento de dichos derechos sociales; y (ii) Con motivo de la donación, los socios acordaron reemplazar el artículo Sexto de los estatutos, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones de pesos, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: Uno) don Francisco Javier Vergara Rosales aporta la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al 10 por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado; Dos) doña Sandra Francisca Armstrong Klenner aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado; Tres) doña María Ignacia Vergara Armstrong aporta la suma de cuatrocientos mil doscientos pesos, equivalentes al trece coma treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado; Cuatro) don Francisco Javier Vergara Armstrong aporta la suma de trecientos noventa y nueve mil novecientos pesos, equivalentes al trece coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado; y Cinco) don José Pablo Vergara Armstrong aporta la suma de trecientos noventa y nueve mil novecientos pesos, equivalentes al trece coma treinta y tres por ciento de los derechos sociales, encontrándose íntegramente pagado.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 27 de Diciembre del año 2024.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Transportes Agritrans Limitada
CVE 2598097
