Société à responsabilité limitée76.167.835-3

Servicios Médicos Daniel Ortiz Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 27 juin 2020

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2020-06-27Voir le PDF (CVE 1778773)

Informations sociétaires

Ltda
Camino La Cumbre número cinco mil ciento setenta y cuatro

Objet social

prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores

Capital

Capital total

$150.000

Associés (3)

NomParticipation

DANIEL EDUARDO ORTIZ ESTEVEZ

Socio

21.xxx.xxx-8

-

DENISE APARICIO STOCKEBRAND

Socio

15.xxx.xxx-2

-

CRISTOBAL APARICIO STOCKEBRAND

Socio

18.xxx.xxx-4

-

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 30 août 2011

    Se constituyó la sociedad SERVICIOS MÉDICOS DANIEL ORTIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA.

    DANIEL EDUARDO ORTIZ ESTEVEZ

Texte officiel de l’extrait

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 18 de junio de 2020, don DANIEL EDUARDO ORTIZ ESTEVEZ, colombiano, casado, médico cirujano, cédula de identidad número para extranjeros número 21.687.676- 8, con domicilio en Camino La Cumbre número cinco mil ciento setenta y cuatro, comuna de Lo Barnechea; doña DENISE APARICIO STOCKEBRAND, chilena, psicóloga, casada, cédula de identidad número 15.381.151-2, con domicilio en Camino La Cumbre número cinco mil ciento setenta y cuatro, comuna de Lo Barnechea; don CRISTOBAL APARICIO STOCKEBRAND, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 18.025.793-4, con domicilio en Camino La Cumbre número cinco mil ciento setenta y cuatro, comuna de Lo Barnechea; modificaron, en su calidad de únicos socios a la sazón, la sociedad de responsabilidad limitada SERVICIOS MÉDICOS DANIEL ORTIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 76.167.835-3, cuyo capital social asciende a la suma de $150.000, constituida por escritura pública de fecha treinta de agosto de dos mil once, otorgada en la notaría de Santiago de don ENRIQUE TORNERO FIGUEROA. Dicha sociedad fue inscrita a fojas cincuenta y un mil novecientos cuarenta y cinco, número treinta y ocho mil doscientos doce, en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil once y se publicó en el Diario Oficial de fecha nueve de septiembre de dos mil once. La modificación vino a (1) modificar el objeto de la Sociedad y (2) la distribución anual de utilidades. Para dar cuenta del nuevo objeto social, se acordó modificar el artículo TERCERO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, médico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.”. Para dar cuenta de la nueva distribución de utilidades, se acordó modificar el artículo SEXTO de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “SEXTO: Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes; o en las proporciones que ellos mismos determinen, únicamente en caso de que los socios acuerden que existen legítimas razones comerciales, económicas, financieras, patrimoniales o administrativas para que la distribución anual de utilidades se realice en forma desproporcionada a su participación en el capital de la empresa.”. En todo lo no modificado por este instrumento extractado, permanecen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 22 de junio de 2020.-

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  1. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS MÉDICOS DANIEL ORTIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

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