Société à responsabilité limitée76.156.645-8

Asesorías Maxko Limitada

MODIFICACIÓN — 25 janv. 2017

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2017-01-25Voir le PDF (CVE 1173236)

Informations sociétaires

Ltda
Camino de Las Ermitas número 3.799

Objet social

La prestación de toda clase de asesorías en materias comerciales, de ingeniería y afines; la prestación de servicios de reclutamiento de personal; la inversión en toda clase de bienes muebles, tales como acciones, derechos en sociedades, bonos, debentures y toda clase de instrumentos bancarios, comerciales, financieros y mercantiles; la compra, venta, arrendamiento, comercialización y explotación de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; y cualquier otro negocio o actividad que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (8)

NomParticipation

MÁXIMO PATRICIO CORREA VELASCO

Socio

40%

MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ

Socio

18%

MAX ANDRÉS CORREA ARRAU

Socio

7%

MATIAS CORREA ARRAU

Socio

7%

MARÍA DEL PILAR CORREA ARRAU

Socio

7%

JOSEFINA CORREA ARRAU

Socio

7%

BENJAMIN CORREA ARRAU

Socio

7%

MARÍA IGNACIA CORREA ARRAU

Socio

7%

Texte officiel de l’extrait

MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2016, ante el Titular, Maximo Patricio Correa Velasco, María del Pilar Arrau Errázuriz, Max Andrés Correa Arrau, Matías Correa Arrau, María del Pilar Correa Arrau, Josefina Correa Arrau, Benjamín Correa Arrau y María Ignacia Correa Arrau, todos domiciliados en Camino de Las Ermitas número 3.799, comuna de Lo Barnechea, Santiago, modificaron ASESORÍAS MAXKO LIMITADA, inscrita fojas 36747 número 27504 Registro de Comercio CBRS 2011 en el siguiente sentido: MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 2% del capital social a don MAX ANDRÉS CORREA ARRAU, quien los compra, acepta y adquiere para sí; MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 2% del capital social a don MATIAS CORREA ARRAU, quien los compra, acepta y adquiere para sí; MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 2% del capital social a doña MARÍA DEL PILAR CORREA ARRAU, quien los compra, acepta y adquiere para sí; MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 2% del capital social a doña JOSEFINA CORREA ARRAU, quien los compra, acepta y adquiere para sí; MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 7% del capital social a don BENJAMIN CORREA ARRAU, quien los compra, acepta y adquiere para sí; MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ, vende, cede y transfiere derechos equivalentes a un 7% del capital social a doña MARÍA IGNACIA CORREA ARRAU, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Término y condiciones de las cesiones de derechos constan en escritura extractada. En razón de las cesiones de derechos antes indicadas se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales, quedando ésta del siguiente tenor: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que se aportó y pago por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: uno) MÁXIMO PATRICIO CORREA VELASCO aportó y pagó la suma de $400.000 pesos, equivalente al 40% por ciento del capital social; dos) MARÍA DEL PILAR ARRAU ERRÁZURIZ aportó y pagó la suma de 180.000 pesos, equivalente al 18% por ciento del capital social; Tres) MAX ANDRÉS CORREA ARRAU aportó y pagó la suma de 70.000 pesos, equivalente al 7% por ciento del capital social; Cuatro) MATIAS CORREA ARRAU aportó y pagó la suma de 70.000 pesos, equivalente al 7% por ciento del capital social; Cinco) MARÍA DEL PILAR CORREA ARRAU aportó y pagó la suma de 70.000 pesos, equivalente al 7% por ciento del capital social; Seis) JOSEFINA CORREA ARRAU aportó y pagó la suma de 70.000 pesos, equivalente al 7% por ciento del capital social; Siete) BENJAMIN CORREA ARRAU aportó y pagó la suma de 70.000 pesos, equivalente al 7% por ciento del capital social; Ocho) MARÍA IGNACIA CORREA ARRAU aportó y pagó la suma de 70.000 pesos, equivalente al 7% por ciento del capital social. Así, el capital se encuentra totalmente pagado.”. Asimismo se modifica oel artículo Tercero de los estatutos sociales referente al objeto social quedando este como sigue: “TERCERO: el objeto de la sociedad será: a) la prestación de toda clase de asesorías en materias comerciales, de ingeniería y afines; b) la prestación de servicios de reclutamiento de personal; c) la inversión en toda clase de bienes muebles, tales como acciones, derechos en sociedades, bonos, debentures y toda clase de instrumentos bancarios, comerciales, financieros y mercantiles; d) la compra, venta, arrendamiento, comercialización y explotación de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; y, e) cualquier otro negocio o actividad que acuerden los socios.”. Socios reiteran que limitan expresamente su responsabilidad por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por la presente escritura, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones que no interesan a terceros constan en escritura pública extractada. Santiago, 19 de enero de 2016.- M. V. Wielandt C. N. S.

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