Siemens Gamesa Renewable Energy Chile SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N°3076, oficina 601, sexto piso, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certi fica: Por escritura pública Repertorio N°7.374-2025, de fecha 17 de junio de 2025, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de accionistas de la sociedad SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY CHILE SpA, Rol Único Tributario N°76.153.883-7, en adelante la “Sociedad”, celebrada ante mí, con fecha 17 de junio de 2025, con la asistencia del único accionista de la Sociedad, esto es, SIEMENS GAMESA EÓLICA S.L.U., en que se acordó: Uno. Modificar los estatutos de la Sociedad, en el senti do de agregar obligaciones de observación de principios del iirectorio para la dirección de la Sociedad, vincular a la Sociedad y el iirectorio a los programas de Compliance de Siemens Energy, regulaciones previstas en el Sistema de Control interno de Riesgo de Siemens Energy y como en la planificación, inversión, desarrollo de Recursos Humanos, dirección estratégica y reporte societario en vigor dentro del Grupo Siemens Energy, todo lo anterior, modificando el Artículo Undécimo de los Estatutos de la Soci edad. En consecuencia, se reformó el Artículo Undécimo de los Estatutos de la Sociedad quedando de la siguiente manera: “ARTÍCULO UNiÉCIMO. La administración de la Sociedad corresponderá a un iirectorio compuesto por tres miembros titulares, y uno suplente , el que podrá reemplazar a cualquiera de los titulares indistintamente. Los miembros del iirectorio serán designados por Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas, o por escritura pública otorgada por el único accionista en su caso. Los iirectores d urarán indefinidamente en sus cargos, mientras la Junta de Accionistas, o el único accionista en su caso, no revoque su nombramiento, lo que podrá ocurrir en cualquier tiempo y podrá afectar a todos los directores o solo a uno o más de ellos. La misma Junta, o el único accionista en su caso, deberá designar reemplazantes a los directores cuyo nombramiento haya sido revocado. El primer iirectorio de la Sociedad podrá ser nombrado en uno de los artículos transitorios de los estatutos sociales. El iirectorio s erá responsable por dirigir la compañía de acuerdo a la legislación vigente, a lo establecido en los estatutos sociales y a las disposiciones de la Junta de Accionistas, en caso de aplicar. El iirectorio dirigirá los negocios de acuerdo con las "iirectrice s de Siemens Energy y la política del Grupo Siemens Energy AG", las Circulares y Políticas establecidas para el Grupo Siemens Energy. El órgano de administración, en particular tendrá especial consideración con lo previsto en el "Programa de Compliance de Siemens Energy" y las regulaciones previstas en el "Sistema de control interno de Riesgo", así como en la planificación, inversión, desarrollo de Recursos Humanos, dirección estratégica y reporte societario en vigor dentro del Grupo Siemens Energy. El iire ctorio se asegurará de que las directrices mencionadas en el punto anterior sean observadas tanto dentro de la sociedad como en sus compañías subsidiarias. En particular, la Sociedad se regirá por lo dispuesto en los programas de Cumplimiento y Control Interno de Riesgo. El iirectorio observará los siguientes principios: a). Mantenerse constantemente informados de las regulaciones internas que les sean de aplicación. b). Examinar si la implementación de las mencionadas regulaciones está permitida por la leg islación aplicable. Sí el resultado de dicho examen es positivo, El iirectorio llevará a cabo todas las medidas necesarias para asegurarse de que de las regulaciones internas son implementadas de inmediato en la sociedad. Si El iirectorio llega a la conclu sión de que por razones legales no se pueden implementar en la sociedad las regulaciones internas, o pueden ser implementadas únicamente con modificaciones, informará inmediatamente al responsable a nivel de grupo del proceso a ser implementado, así como a la persona responsable correspondiente, indicando las razones. Hasta que no se aclare el alcance posible de tal implementación, El iirectorio aplicará las regulaciones internas de la manera que más se aproxime al objetivo e intención de las regulaciones internas. c). ierogar regulaciones existentes que entren en conflicto con las regulaciones internas. d). Una vez implementada una regulación interna, El iirectorio monitorizará que tal regulación cumpla con la legislación aplicable. e). Informar al responsable a nivel de grupo del proceso a ser implementado sin demora, en cuanto una regulación interna implantada no sea posible cumplirse por razones legales, con una propuesta de solución sobre qué medidas se pueden tomar para cumplir con los fines de tal regu lación. f). iocumentar adecuadamente la actualización, examen, implementación y proceso de reporte establecido en las letras a), b), c), d) y e) del presente artículo. Además, en el caso de sociedades afiliadas, o matriz directa de directa de otra compañía, en las que la sociedad ostente la mayoría de los derechos de voto, El iirectorio obligará a los administradores de aquella a cumplir y facilitar los principios regulados lo dispuesto en los puntos a), b), c), d), e) y f) del presente apartado, ejerciendo sus derechos de socio de empresa matriz e imponiendo su cumplimiento. El iirector representará jurídicamente y extrajudicialmente a la Sociedad para el cumplimiento del objeto social, y tendrá todas las facultades administrativas y disposiciones que la Le y o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, o del único accionista en su caso, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El iirectorio podrá delegar parte de sus facultades en uno o más de sus miembros, en el o los gerentes y/ o abogados de la Sociedad, y para objetos especialmente determinados, en otras personas. Corresponderá al iirector acordar la enajenaci ón de activos de la Sociedad, y la constitución de garantías reales o personales, ya sea para garantizar obligaciones de la Sociedad o de terceros, cuando tales excedan el cincuenta por ciento del activo de la Sociedad. Las obligaciones del iirectorio se determinarán a través de una decisión del órgano supervisor o de nombramiento y serán recogidos en los Estatutos Sociales de la Sociedad correspondiente. Los contratos de todos los miembros del iirectorio se celebrarán por escrito, e incluirán una cláusula que recoja las reglas establecidas en los apartados a) a f) dentro de las obligaciones de los miembros del iirectorio. ”. ios. Además, Modificar los estatutos de la Sociedad para incorporar la autorización de uso de nombre ‘’Siemens Gamesa’’ dentro de la denominación social, en virtud de la autorización de Siemens Aktiengesellschaft, con domicilio social en Berlín y Múnich (“Siemens AG”), indicando causales además de revocación del derecho de a uso de nombre de la Sociedad y estableciendo un plazo definido p ara que la Sociedad pueda regularizar el uso de nombre en caso de ser revocado por decisión o no, (según sea el caso) de Siemens AG y Siemens Gamesa Renewable S.A.U., en consecuencia se reformó el Artículo Trigésimo Sexto de los Estatutos de la Sociedad, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO TRIGÉSIMOSEXTO.- a) Arbitraje: Todas las controversias, dificultades o conflictos que se susciten entre los accionistas (las “Partes” o “Parte”), por cualquier motivo o en cualquier circunstancia, relacionadas directa o in directamente con este contrato o con cualesquiera de sus cláusulas, su validez, eventual nulidad y efectos, serán sometidas al conocimiento de un árbitro mixto quien tramitará como árbitro arbitrador pero que fallará conforme a derecho, quien decidirá la controversia son ulterior recurso. Las Partes renuncian en este acto a todo recurso que de otra forma procediere o pudiese entablarse en contra de lo resuelto por el árbitro. Las Partes designan de común acuerdo al árbitro mixto. A falta de acuerdo respecto de la persona que actuará en el cargo de árbitro, la designación será efectuada a solicitud escrita de cualquiera de la Partes, por la Cámara de Comercio de Santiago A.G. (la “Cámara”) de entre los integrantes de la lista arbitral del Centro de Arbitrajes de la Cámara, para lo cual las Partes le otorgan, mediante este instrumento, un mandato especial e irrevocable. El árbitro estará facultado para resolver todo asunto sometido a su jurisdicción y/o competencia. El procedimiento de arbitraje será regido e interpretado de acuerdo a las leyes de Chile, no obstante las normas relacionadas con el conflicto de leyes de esa jurisdicción. b) Uso de nombre: 1.) Siemens Aktiengesellschaft, con domicilio social en Berlín y Múnich (“Siemens AG”), ha autorizado a la Sociedad a utilizar el nombre “Siemens Gamesa” en su denominación social. Siemens AG y Siemens Gamesa Renewable Energy S.A.U., sus respectivos sucesores legales o agentes autorizados, tienen derecho a revocar esta autorización en cualquier momento, sin necesidad de justificación, mediante notificación escrita a la Sociedad. La autorización expirará sin necesidad de revocación en el momento en que Siemens Energy Aktiengesellschaft (“Siemens Energy AG”) no posea, directa o indirectamente, más del cincuenta (50) por ciento del capital social emitido y autorizado ni de los derechos de voto, ni ejerza control sobre la Sociedad. Se considerará que Siemens Energy AG posee una participación indirecta superior al cincuenta (50) por ciento si más del cincuenta (50) por c iento de las acciones y de los derechos de voto pertenecen indirectamente a Siemens Energy AG en cada nivel de participación. 2.) Si la autorización expira, es revocada o terminada por cualquier motivo, la Sociedad y los Accionistas deberán efectuar un cam bio de denominación social en un plazo de noventa (90) días. La nueva denominación social no contendrá el nombre “Siemens Gamesa”, “Siemens Energy” o “Siemens” ni ningún nombre que pueda confundirse con estos o que sea similar a ellos, ni contendrá ninguna referencia a una afiliación con Siemens Energy AG, Siemens AG o sus respectivas organizaciones. 3.) Si la autorización expira, es revocada o terminada, ni la Sociedad ni los Accionistas tendrán derecho a indemnización alguna. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 35.479, número 26.546, en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. iemás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 24 de junio de 2025. Patricia Manríquez Huerta. Notario Público Titular.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$49.154.303.771
Capital libéré
$46.??
Actions
28 807
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U. Accionista | - | 100% | $49.154.303.771 |
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico: Que con fecha 25 de septiembre de 2024, Repertorio N° 43.982-2024, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY CHILE SpA, Rol Único Tributario número 76.153.883-7 (en adelante la “Sociedad”), celebrada ante mí, con fecha 25 de septiembre de 2024, con la asistencia del único accionista de la Sociedad, esto es, SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U., en que se acordó: Uno. Modificar los estatutos de la Sociedad, en el sentido de que será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros, y uno suplente, reemplazando en consecuencia, los artículos Undécimo al Decimoséptimo permanente, y Segundo Transitorio de los estatutos sociales; Dos. Aumentar el capital social de la suma de $1.863.345.597, dividido en 1.092 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, a la suma de $49.154.303.771, dividido en 28.807 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, y sin valor nominal, mediante la emisión de 27.715 acciones de pago. En razón de lo anterior, se modificó el artículo Sexto permanente y Primero Transitorio de los estatutos en el siguiente sentido: “Artículo Sexto: Capital. El capital social de la Sociedad asciende a la suma de $49.154.303.771 pesos, dividido en 28.807 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal y sin privilegio alguno, que se suscribe, entera y paga en la forma prevista en los artículos transitorios de los estatutos” y “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad de $49.154.303.771, dividido en 28.807 acciones ordinarias, nominativas, todas de una sola y misma serie, y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado y por pagar de la siguiente manera: a) Con el actual capital de $1.863.345.597, que se encuentra totalmente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, y dividido en 1.092 acciones; b) SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U., suscribió y pagó, con esta fecha, la cantidad de 26.340 acciones, a través de la capitalización de una deuda por 44.190.000 Euros, que la sociedad Siemens Gamesa Renewable Energy Chile SpA mantenía con dicho accionista en razón de un contrato de préstamo celebrado entre ambas con fecha 12 de agosto de 2024, y que equivalen a $44.944.765.200, según la tasa de cambio informada por el Banco Central de Chile para el día 25 de septiembre de 2024, esto es, $1.017,08 pesos chilenos por Euro; c) SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U., suscribió y pagó, con esta fecha, la cantidad de 144 acciones, a través de la capitalización de los intereses derivados del contrato de préstamo referido en el literal anterior, ascendente al monto de 241.792,95 Euros, y que equivalen a $245.922.774, según la tasa de cambio informada por el Banco Central de Chile para el día 25 de septiembre de 2024, esto es, $1.017,08 pesos chilenos por Euro; y, d) SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U., suscribió la cantidad de 1.231 acciones, los que pagará dentro del plazo de cinco años mediante la transferencia de 2.065.000 Euros, equivalentes a $2.100.270.200, según la tasa de cambio informada por el Banco Central de Chile para el día 25 de septiembre de 2024, esto es, $1.017,08 pesos chilenos por Euro.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. La Sociedad se encuentra inscrita a fojas 35.479, número 26.546, en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 27 de septiembre del año 2024.
Informations sociétaires
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
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SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U. Accionista | - | - | - |
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38° Notaría de Santiago, calle Miraflores 178, 5to Piso, Santiago, certifico que: certifico: Que por Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, celebrada ante mí el 25 de mayo de 2022, cuya acta se redujo a escritura pública ante doña María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, ubicada en Miraflores 178 piso 5, con fecha 02 de junio de 2022, bajo el Repertorio número 36215-2022, el único y actual accionista de “SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY CHILE SpA”, inscrita a fojas 35.479, número 26.546, en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011 (en adelante la “Sociedad”), a saber, SIEMENS GAMESA RENEWABLE ENERGY EOLICA S.L.U., modificó los estatutos sociales de la Sociedad en materias no extractables. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de junio de 2022.
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