Société à responsabilité limitée76.133.737-8

Inversiones Riquelme Utreras Limitada

MODIFICACIÓN — 31 déc. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-12-31Voir le PDF (CVE 2065995)

Informations sociétaires

Ltda
Temuco, Araucanía
Administration: Administración única

Capital

Capital total

$300.000.000

Associés (3)

NomParticipation

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

Socio

12.xxx.xxx-5

75%

ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS

Socio

18.xxx.xxx-5

12.5%

FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS

Socio

20.xxx.xxx-3

12.5%

Administrateurs (2)

MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT

12.xxx.xxx-5Administrador

FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS

20.xxx.xxx-3Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 27 janvier 2011

    Constitución original de INVERSIONES RIQUELME UTRERAS LIMITADA.

    Álvaro Francisco Riquelme Correa · Marcela Beatriz Utreras Alt

  2. Décès· 17 mars 2017

    Fallece Álvaro Francisco Riquelme Correa.

    Álvaro Francisco Riquelme Correa

  3. Succession· 5 septembre 2016

    Se individualiza la posesión efectiva y los herederos del causante.

    Marcela Beatriz Utreras Alt · Álvaro Francisco Riquelme Utreras · Francisco Javier Riquelme Utreras

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos domiciliados en calle Arturo Prat 770, Certifica: Que por escritura pública, de fecha 20 de diciembre de 2021, otorgada ante mí, comparecieron: Doña MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos veintiún mil setecientos sesenta y nueve guión cinco, don ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, cédula de identidad dieciocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres guion cinco, y don FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, cédula de identidad número veinte millones setenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve guion tres, todos domiciliados en Temuco, calle Los Corrales número dos mil doscientos ochenta y uno, sector Portal de la Frontera, modificaron sociedad “INVERSIONES RIQUELME UTRERAS LIMITADA”, RUT Setenta y seis millones ciento treinta y tres mil setecientos treinta y siete guion ocho, constituida el veintisiete de enero año dos mil once, en Notaría Temuco Jorge Elías Tadres Hales, inscrita fojas ciento treinta y ocho número ciento cuarenta y cinco., Registro Comercio Primer Conservador Temuco dos mil once; publicada DO uno de febrero de año dos mil once, Edición número treinta y nueve mil ochocientos setenta y cuatro.- Capital actualizado $300.000.000. Siendo socios primitivos Álvaro Francisco Riquelme Correa y Marcela Beatriz Utreras Alt. dado fallecimiento socio constituyente Alvaro Francisco Riquelme Correa, diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete, y según consta en posesión efectiva otorgada por Director Regional Servicio Civil e Identificación, Región de la Araucanía, con el N° 10.731, de 05/ 09/ 2016, que los únicos herederos del causante son: Marcela Beatriz Utreras Alt, Álvaro Francisco Riquelme Utreras y Francisco Javier Riquelme Utreras. De esta forma, pasan a constituir sociedad “INVERSIONES RIQUELME UTRERAS LIMITADA”, en su calidad de herederos, en proporción a los derechos y acciones que le corresponden en la herencia o en la forma que determinen los socios de común acuerdo. En consecuencia la sociedad “INVERSIONES RIQUELME UTRERAS LIMITADA”, queda integrada por doña MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, con un 75% de los derechos sociales; don ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, con un 12,5% de los derechos sociales, y don FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, con un 12,5% de los derechos sociales.- Modificaciones: los únicos socios, ya individualizados, modifican la sociedad, en los siguientes términos: UNO) Se modifica la cláusula cuarta del pacto social, en el sentido que la Administración de la Sociedad, Representación y Uso de la Razón Social, le corresponderá única y exclusivamente a MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, con todas las facultades señaladas en dicha cláusula, sin limitación alguna.- DOS) Se modifica la cláusula octava del pacto social, en el sentido que las utilidades y eventuales pérdidas que se produzcan durante la sociedad se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes, esto es, en un 75% para la socia MARCELA BEATRIZ UTRERAS ALT, en un 12,5% para el socio ALVARO FRANCISCO RIQUELME UTRERAS, y en un 12,5% para el socio FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS.- TRES) Se modifica la cláusula décimo tercera del pacto social, en el sentido que en caso de fallecimiento de uno de los socios la sociedad no se disolverá, continuando con los sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido. Los herederos deberán designar un mandatario común que los represente ante la sociedad. En todo caso, si falleciere la socia administradora, la Administración, Representación y el Uso de la Razón Social, le corresponderá exclusivamente a FRANCISCO JAVIER RIQUELME UTRERAS, con todas las facultades contenidas en la cláusula cuarta del pacto social. La sucesión del socio fallecido deberá hacerse representar por un mandatario común único, designado por escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro de Comercio, mandatario que no tendrá facultades de administración y no podrá usar de la razón social. - En todo lo no modificado rigen estipulaciones pacto social primitivo. - Demás estipulaciones escritura extractada. - Temuco, 28 de Diciembre de 2021.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES RIQUELME UTRERAS LIMITADA

    CVE 2065995

Relations sociétaires

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