Entreprise individuelle à responsabilité limitée76.129.443-1

Comercial Jaime Del Carmen Rojas Rios E.I.R.L..

MODIFICACIÓN — 24 mai 2019

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2019-05-24Voir le PDF (CVE 1594697)

Informations sociétaires

Ltda
Molina, Maule
Durée: indefinida
Administration: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá de manera individual a BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con amplias facultades

Objet social

El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, la adquisición de bienes raíces, su subdivisión, la venta por pisos o loteos, la construcción de inmuebles por cuenta propia o de terceros, como la explotación de los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, convenios, comodatos, usufructos y, en general, la ejecución de negocios inmobiliarios y arrendamiento de bienes raíces; la compra, venta, arrendamiento e inversión en bienes raíces, muebles, bienes de capital, capital mobiliario, acciones, derechos o participaciones en sociedades y en general realizar actividades generadoras de rentas; y cualquier otro tipo de negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social ya indicado.

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital libéré

$12.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ

Socio

8.xxx.xxx-1

50%

ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN

Socio

16.xxx.xxx-4

25%

ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN

Socio

17.xxx.xxx-9

25%

Administrateurs (1)

BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ

8.xxx.xxx-1Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 1 janvier 2010

    Se constituyó la sociedad COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL, inscrita en el Registro de Comercio de Molina bajo fojas 62 vuelta Nº 46 del año 2010 y publicada en Diario Oficial el 2010-09-29.

    JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS

  2. Décès· 3 janvier 2018

    Fallece JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, dejando como herederos a BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN.

    JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS · BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ · ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN · ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN

  3. Transformation· 16 mai 2019

    La EIRL se sanea y transforma en sociedad de responsabilidad limitada denominada COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA, incorporando a los herederos como socios.

    BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ · ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN · ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Notario Público de Molina con oficio en calle Independencia 2001 comuna de Molina, certifico que con fecha 16 de mayo del año 2019 repertorio 518-2019, se redujo a escritura pública lo siguiente: RATIFICACION, SANEAMIENTO, MODIFICACION Y TRANSFORMACION DE SOCIEDAD “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS E.I.R.L.” a “COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, chilena, viuda, empresaria, cédula nacional de identidad número 8.781.399-1; doña ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, chilena, estado civil soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número 16.595.280-4; y don ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, chileno, empresario, estado civil soltero, cédula nacional de identidad número 17.508.657-9, todos domiciliados para estos efectos en Calle Libertad número 1279, comuna de Molina; Don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, empresario, chileno, fallecido (con fecha 3 de Enero del año 2018 ), cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, quien era casado con doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, chilena, viuda del anterior, cédula nacional de identidad número 8.781.399-1, y separada totalmente de bienes, todo lo anterior consta de duplicado de certificado de posesión efectiva, del Registro Civil e Identificación, inscripción 77957 año 2018 concedida por el Director Regional Región del Maule, resolución exenta 13488 de fecha 14 de Diciembre del 2018, dejando como herederos a su cónyuge sobreviviente y sus dos hijos entre otros bienes, el cien por ciento de la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” Rol Único Tributario 76.129.443-1; “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 62 vuelta Nº 46 del año 2010. El extracto de la referida sociedad se publicó en el Diario Oficial de Chile Nº 39.772, con fecha 29 de septiembre del año 2010.- En razón de lo antes expuesto, corresponde que se tome nota marginal en la inscripción social fojas 62 vuelta número 46 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina del año 2010.- Lo anterior, lo es amparada en la escritura de constitución social de la Sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” RUT. 76.129.443-1 otorgada en la notaría de Curicó de don FERNANDO SALAZAR SALLORENZO, con el Repertorio Nº2.462-2010, del año 2010. La referida sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 62 vuelta Nº 46 del año 2010, específicamente por lo estipulado en la cláusula Décimo del señalado instrumento público. RATIFICACION DE TODO LO OBRADO. Es del caso que la cláusula décima de la escritura social de la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, señala expresamente que: “En caso de fallecimiento del titular la empresa continuará con los herederos que a la sazón tuviese el constituyente quedando todos ellos a cargo tanto de la administración y del uso de la razón social en forma conjunta y con las mismas facultades señaladas en la cláusula cuarta de este instrumento.” Que venimos en señalar que por razones ajenas a nuestra voluntad hasta el día de hoy, no hemos podido manifestar nuestra voluntad de: continuar con la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” y con la finalidad de regularizar la situación expuesta anteriormente en este instrumento, venimos como únicos integrantes de la sucesión quedada al fallecimiento del socio constituyente don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS en ratificar íntegra y plenamente todo lo obrado hasta el día de hoy, relativo a todos los actos jurídicos que dicen relación con el interés social, a modo de ejemplo y sin que la enunciación sea taxativa: actuaciones relativas a solicitar la posesión efectiva intestada del socio fallecido don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS ante el servicio de registro civil e identificación, actuaciones ante el servicio de impuestos internos, otorgamiento de poderes notariales, etc. SANEAMIENTO SOCIEDAD “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”. Los comparecientes en esta escritura, antes individualizados, todos mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con sus cédulas respectivas y exponen: Que vienen en sanear la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en el sentido que se señala: 1.- Que don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, empresario, chileno, fallecido (con fecha 3 de Enero del año 2018 ), cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, quien era casado con doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, chilena, viuda del anterior, cédula nacional de identidad número 8.781.399-1, y separada totalmente de bienes.- Don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, constituyó la Sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, la que quedó registrada en el Registro de Instrumentos Públicos de la Notaria de Curicó de don FERNANDO SALAZAR SALLORENZO, con el Repertorio 2.462-2010, del año 2010. La referida sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Molina a fojas 62 vuelta número 46 del año 2010. El extracto de la referida sociedad se publicó en el Diario Oficial de Chile Nº 39.772, con fecha 29 de septiembre del año 2010. 2.- Que la cláusula décimo de la escritura social de la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, señala expresamente que: “En caso de fallecimiento del titular la empresa continuará con los herederos que a la sazón tuviese el constituyente quedando todos ellos a cargo tanto de la administración y del uso de la razón social en forma conjunta y con las mismas facultades señaladas en la cláusula cuarta de este instrumento”.- 3.-Mediante el presente instrumento público, los comparecientes vienen en sanear la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, ya que venimos en señalar que por razones ajenas a nuestra voluntad hasta el día de hoy, no hemos podido manifestar nuestra voluntad de: continuar con la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” y con la finalidad de regularizar la situación expuesta anteriormente en este instrumento, venimos como únicos integrantes de la sucesión quedada al fallecimiento del socio constituyente don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, en señalar expresamente nuestra intención de continuar con la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL” y tal como lo señala el artículo 1 inciso 3 de la ley de saneamiento de sociedades N° 19.499: “se consideran vicios formales aquellos que consisten en el incumplimiento de alguna solemnidad legal, tales como la inscripción o publicación tardía del extracto de la escritura…” , es por lo antes expuesto es que por este acto venimos en sanear el vicio que afecta a la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en razón de que por circunstancias ajenas a nuestra voluntad hasta el día de hoy, se nos había hecho imposible señalar lo siguiente: señalar expresamente nuestra intención de continuar con la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”. 4.- En todo lo demás la escritura señalada en el número anterior, queda plenamente vigente. MODIFICACION SOCIAL. Por medio del presente instrumento y a contar de su fecha los comparecientes vienen en: A) Actualizar los actuales socios bajo la circunstancia general del fallecimiento de él socio originario don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número 6.405.789-8, ocurrido con fecha 3 de enero del año 2018. B) Que don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS, falleció con fecha 3 de Enero del año 2018, dejando como herederos intestados a su cónyuge sobreviviente doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, y a sus dos hijos legítimos doña ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN, y don ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN, todo lo anterior consta de duplicado de certificado de posesión efectiva, del Registro Civil e Identificación N° inscripción 77957, año 2018 concedida por el Director Regional Región del Maule, resolución exenta 13488 de fecha 14 de Diciembre del 2018, dejando como herederos a su cónyuge sobreviviente y sus dos hijos, entre otros bienes, el cien por ciento de la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, Rol Único Tributario 76.129.443-1, la que se tiene a la vista y no se inserta por ser conocida por los comparecientes.- C) En virtud de lo expuesto en las cláusulas precedentes, los actuales socios de la presente sociedad son: C.1.- Doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con un 50 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su cónyuge don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS; C.2.- ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su padre don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS; C.3.-ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a éste por el fallecimiento de su padre don JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS. En razón de lo antes expuesto, corresponde que se tome nota marginal en la inscripción social fojas 62 vuelta número 46 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Molina del año 2010.- D) En este acto y por el presente instrumento, los únicos y actuales socios, antes individualizados en la letra C, vienen en transformar la sociedad “COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS EIRL”, en los términos que a continuación expresan.- D.1.- A una sociedad de responsabilidad limitada y en la cual se incorporan como socios de la misma los comparecientes, antes individualizados y la cual tendrá por nombre “COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; ESTATUTOS DE SOCIEDAD “COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA” DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION.; El nombre de la sociedad será “COMERCIAL ROJAS OYARZUN LIMITADA”; El objeto de la sociedad será A.-El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, la adquisición de bienes raíces, su subdivisión, la venta por pisos o loteos, la construcción de inmuebles por cuenta propia o de terceros, como la explotación de los mismos, ya sea a través de compraventas, arrendamientos, convenios, comodatos , usufructos y, en general, la ejecución de negocios inmobiliarios y arrendamiento de bienes raíces; B.-La compra, venta, arrendamiento e inversión en bienes raíces, muebles, bienes de capital, capital mobiliario, acciones, derechos o participaciones en sociedades y en general realizar actividades generadoras de rentas.; C.-Cualquier otro tipo de negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social ya indicado; El domicilio de la sociedad es la ciudad de Molina dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Molina, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero; La duración de la sociedad será indefinida; REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La representación, administración y uso de la razón social corresponderá de manera individual a doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con amplias facultades; El capital de la sociedad será la suma de $12.000.000 (doce millones de pesos). Capital que se desglosa de la siguiente manera: Doña BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ, con un 50 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su cónyuge y que equivalen a $6.000.000 ( seis millones de pesos); ANDREA MACARENA ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a ésta por el fallecimiento de su padre y que equivalen a $3.000.000 ( tres millones de pesos); y ALEJANDRO ESTEBAN ROJAS OYARZUN con un 25 por ciento de las acciones y derechos sociales, transmitidos a éste por el fallecimiento de su padre y que equivalen a $3.000.000 ( tres millones de pesos). Sumas ya ingresadas a la caja social de la EIRL que se transforma a sociedad de responsabilidad limitada, la que recibió a entera satisfacción de sus socios y sin tener reparos que formular, quedando su aporte íntegramente pagado; En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá las facultades de administrador ni podrá usar la razón social. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Molina a 22 de mayo del año 2019.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIAL JAIME DEL CARMEN ROJAS RIOS E.I.R.L.

    CVE 1594697

Relations sociétaires

EntreprisePersonneDiario OficialRelation historique (terminée)