Société à responsabilité limitée76.122.860-9

Inversiones, Inmobiliaria Y Servicios C & M Limitada

MODIFICACIÓN — 7 sept. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-09-07Voir le PDF (CVE 2374016)

Informations sociétaires

Ltda
Durée: 10 años a contar de la fecha de la presente modificación social, prorrogable automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administration: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a SERGIO ADOLFO ANTONIO MARÍN MANCILLA y a MELHANIE FRANCISCA MERINO BOHM, actuando cualquiera de ellos conjuntamente con uno cualquiera de LUIS RAMÓN CARPANETTI FUENTEALBA, FRANCO BIANCO CARPANETTI MARTINICH o ROMINA GIOVANNA CARPANETTI MARTINICH

Texte officiel de l’extrait

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público, titular de la 18º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3039, piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana certifico: por escritura pública de 29 de Agosto de 2023, Rep. Nº13027, ante mí, SERGIO ADOLFO ANTONIO MARÍN MANCILLA, IGNACIO JAVIER MARÍN CISTERNAS, ambos con domicilio en Santos Dumont 560, oficina 806, Recoleta, Santiago, y LUIS RAMÓN CARPANETTI FUENTEALBA, domiciliado en Unión San José, Parcela cinco/siete, Panguiles, comuna de Curacaví; modificaron sociedad INVERSIONES, INMOBILIARIA Y SERVICIOS C & M LIMITADA, fojas 17.521 N° 13.188 Registro de Comercio Santiago año 2004, sustituyendo, entre otras, las cláusulas de administración social y plazo de duración de la sociedad, por las siguientes cláusulas: a) “CUARTO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a SERGIO ADOLFO ANTONIO MARÍN MANCILLA y a doña MELHANIE FRANCISCA MERINO BOHM, actuando cualquiera de ellos conjuntamente con uno cualquiera de don LUIS RAMÓN CARPANETTI FUENTEALBA, don FRANCO BIANCO CARPANETTI MARTINICH o doña ROMINA GIOVANNA CARPANETTI MARTINICH, quienes, actuando en la forma antes dicha y anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán y representarán a la Sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario…”; y b) “SÉPTIMO: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente modificación social, plazo que se entenderá prorrogado automática y tácitamente, por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha en escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período inicial o de cualquiera de sus prórrogas.” Demás estipulaciones que no son materia de extracto en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2023. M. Gutiérrez R.- Notario Titular.

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