Société à responsabilité limitée76.122.437-9

Marcas Y Medios Larrain Limitada

MODIFICACIÓN — 22 mars 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-03-22Voir le PDF (CVE 2624769)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a los socios doña Francisca Larraín Marshall y Francisca Cox Larraín.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de consultoría, asesoría, planificación estratégica, estudios cuantitativos y cualitativos, relacionados con el propósito corporativo y la sustentabilidad empresarial, como asimismo, con las comunicaciones y el marketing en diversos mercados, marcas y consumidores nacionales e internacionales. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad libre y voluntariamente procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Francisca Larraín Marshall

Socio

60%

Francisca Cox Larraín

Socio

40%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaria de Santiago, Gertrudis Echenique Nº 30, of. 32, Las Condes, certifico por escritura pública de fecha 7 de marzo de 2025, ante mí, Daniel Cox Donoso, Aurelio González N° 3390, Vitacura; Francisca Larraín Marshall, Sagaró Nº 478, Vitacura; y Francisca Cox Larraín, Sagaró N° 478, Vitacura, todos de la ciudad de Santiago, modificaron sociedad "MARCAS Y MEDIOS LARRAIN LIMITADA", inscrita fs. 48.081 Nº 33.479 del Registro Comercio Santiago, año 2010, siguiente forma: 1) Daniel Cox Donoso, vende, cede y transfiere sus derechos equivalentes al 40% capital social, a Francisca Cox Larraín en suma de $400.000.- pagaderos de contado, retirándose de la sociedad Daniel Cox Donoso e ingresando a la sociedad Francisca Cox Larraín; 2) Actuales y únicos socios Francisca Larraín Marshall, 60% y Francisca Cox Larraín, 40% acuerdan modificar estatutos sociales, en lo referente: a) Sustituir el artículo tercero del objeto social por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de consultoría, asesoría, planificación estratégica, estudios cuantitativos y cualitativos, relacionados con el propósito corporativo y la sustentabilidad empresarial, como asimismo, con las comunicaciones y el marketing en diversos mercados, marcas y consumidores nacionales e internacionales. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad libre y voluntariamente procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente.”; b) Sustituir el artículo cuarto del capital social por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El capital social es la suma de $1.000.000.- que los socios aportan, enteran y pagan en la siguiente forma y proporciones: a) Doña Francisca Larraín Marshall la suma de $600.000.- equivalente al 60% del capital social, los cuales ha pagado en dinero efectivo y enterado en caja social a entera conformidad de la sociedad; y b) Doña Francisca Cox Larraín la suma de $400.000.-, equivalente al 40% del capital social, los cuales ha pagado en dinero efectivo y enterado en caja social a entera conformidad de la sociedad. Por consiguiente, el capital social se encuentra enterado e íntegramente pagado en caja social, a entera satisfacción de la sociedad, quien otorga la cancelación respectiva.”; y c) Sustituir el encabezamiento del artículo sexto de la administración por el siguiente: “ARTICULO SEXTO: En el desempeño de sus actividades, la administración de la sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior solo podrá exigirse por los socios de la sociedad. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá individual e indistintamente a los socios doña Francisca Larraín Marshall y Francisca Cox Larraín, quienes actuando de la forma señalada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, atribuciones y prerrogativas, pudiendo obligarla en toda clase de operaciones, actos o contratos que queden comprendidos dentro del giro social y, en especial, sin que la enumeración que sigue sea taxativa sino que meramente enunciativa o ejemplar, las siguientes:…”. Demás estipulaciones escritura que se extracta. Santiago, 18 de marzo de 2025. Magdalena Sofía Latorre L. Notario Público Interino.

ModificationDiario Oficial · 2018-05-18Voir le PDF (CVE 1400204)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: Administración modificada según escritura

Objet social

La prestación de servicios de consultoría en comunicaciones en todas sus formas; desarrollar la planificación estratégica necesaria para la comunicación de marcas, servicios o productos de una determinada industria; generar contenidos e información para la comunicación de marcas y medios de comunicación del tipo que sean; realizar toda clase de estudios o análisis de información vinculados a las diversas variables del marketing en diversos mercados, marcas, consumidores y tendencias nacionales e internacionales; consultoría estratégica de arquitectura de marca, misión, visión, valores, pirámides de marca y desarrollo de nuevos negocios vinculadas a ésta; asesoría comunicacional a personas naturales o empresas que así lo requieran; realización de investigaciones de diverso tipo y estudios de mercado cuantitativo y cualitativo para marcas y medios de comunicación; presentaciones en público, cursos, clases, charlas, seminarios sobre los diversos aspectos vinculados con marcas, medios y tendencias de consumidores; servicios de canto profesional; realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y las demás actividades que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá comprar, vender, importar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes y servicios, como asimismo, constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de personas o de capital, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, sea en Chile o en el extranjero. Cumplimiento de Objeto Social: en el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.

Associés (2)

NomParticipation

Daniel Cox Donoso

Socio

-

Francisca Larraín Marshall

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

Patricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Santiago, Gertrudis Echenique Nº 30, of. 44, Las Condes, certifico por escritura pública de fecha 17 de abril de 2018, ante mi suplente María Virginia Wielandt Covarrubias, Daniel Cox Donoso, Aurelio González N° 3390, Vitacura y Francisca Larraín Marshall, Sagaró Nº 478, Vitacura; ambos de la ciudad de Santiago, modificaron sociedad "MARCAS Y MEDIOS LARRAIN LIMITADA", inscrita fs. 48.081 Nº 33.479 del Registro Comercio Santiago, año 2010, de la cual son los únicos socios, de la siguiente forma: Para certificar a la sociedad como una “Empresa B”, los socios acuerdan: 1) Modificar objeto social, el cual queda del siguiente tenor: “Artículo tercero: La sociedad tendrá por objeto: (a) La prestación de servicios de consultoría en comunicaciones en todas sus formas; (b) Desarrollar la planificación estratégica necesaria para la comunicación de marcas, servicios o productos de una determinada industria; (c) Generar contenidos e información para la comunicación de marcas y medios de comunicación del tipo que sean; (d) Realizar toda clase de estudios o análisis de información vinculados a las diversas variables del marketing en diversos mercados, marcas, consumidores y tendencias nacionales e internacionales; (e) Consultoría estratégica de arquitectura de marca, misión, visión, valores, pirámides de marca y desarrollo de nuevos negocios vinculadas a ésta; (f) Asesoría comunicacional a personas naturales o empresas que así lo requieran; (g) Realización de investigaciones de diverso tipo y estudios de mercado cuantitativo y cualitativo para marcas y medios de comunicación; (h) Presentaciones en público, cursos, clases, charlas, seminarios sobre los diversos aspectos vinculados con marcas, medios y tendencias de consumidores; (i) Servicios de canto profesional; (j) Realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y (k) Las demás actividades que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá comprar, vender, importar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes y servicios, como asimismo, constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de personas o de capital, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, sea en Chile o en el extranjero. Cumplimiento de Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”; y 2) Modificar artículo sexto relativo a la administración, en el sentido incluir en su encabezamiento el siguiente párrafo: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior solo podrá exigirse por los socios de la sociedad. …” Demás estipulaciones escritura que se extracta. Santiago, 14 de mayo de 2018. P. Raby B. Notario Público.

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