Société à responsabilité limitée76.112.301-7

Servicios Jurídicos Flores Y Tello Limitada

MODIFICACIÓN — 14 mai 2018

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2018-05-14Voir le PDF (CVE 1398004)

Informations sociétaires

Ltda
Ovalle, Coquimbo
Administration: Exclusiva de Patricia Cecilia Flores Parra

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Patricia Cecilia Flores Parra

Socio

95%

Alejandra Isabel Flores Parra

Socio

5%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Cession de droits

    Carlos Antonio Tello Luza cede el 90% de su participación a Patricia Cecilia Flores Parra y el 10% a Alejandra Isabel Flores Parra

    Carlos Antonio Tello Luza · Patricia Cecilia Flores Parra · Alejandra Isabel Flores Parra

  2. Retrait d’un associé

    Carlos Antonio Tello Luza retira utilidades con anterioridad al acto

    Carlos Antonio Tello Luza

  3. Changement d’administrateur

    La administración y uso de la razón social pasa a Patricia Cecilia Flores Parra en forma exclusiva

    Patricia Cecilia Flores Parra

  4. Changement de nom

    La razón social cambia a Servicios Jurídicos Flores y Asociados Limitada

    Patricia Cecilia Flores Parra · Alejandra Isabel Flores Parra

  5. Changement de capital

    El capital social aumenta de $2.000.000 a $5.000.000

    Patricia Cecilia Flores Parra

  6. Retrait d’un associé

    Carlos Antonio Tello Luza deja de ser socio tras la cesión de derechos

    Carlos Antonio Tello Luza

Texte officiel de l’extrait

RODRIGO CABRERA ALBARRAN, Notario Público Titular y Conservador de Minas de Ovalle, domiciliado en calle Miguel Aguirre 328, Ovalle, Certifica: Por escritura pública de esta fecha, ante mí, doña Patricia Cecilia Flores Parra, con domicilio en Argentina número trescientos setenta y cinco, de la ciudad de Illapel, don Carlos Antonio Tello Luza domiciliado en Tangue número quinientos sesenta, de la ciudad de Ovalle, y doña Alejandra Isabel Flores Parra, con domicilio en Vial Recabarren número cero ciento treinta y uno, de la ciudad de Illapel, señalan los dos primeros que eran los únicos socios de “SERVICIOS JURÍDICOS FLORES Y TELLO LIMITADA” o “ABOGADOS DEL CHOAPA LTDA.”, RUT 76.112.301-7, inscrita a fojas 58 número 53 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Illapel correspondiente al año 2010. El capital de la sociedad corresponde a $2.000.000, que a la fecha de este instrumento se encuentra distribuido en partes iguales entre doña Patricia Cecilia Flores Parra y don Carlos Antonio Tello Luza y la administración corresponde a ambos socios indistintamente. Se realizaron las siguientes modificaciones. Uno. Don Carlos Antonio Tello Luza, cede y transfiere el 90% de su 50% de los derechos y acciones que posee en la sociedad a doña Patricia Cecilia Flores Parra, quien compra y acepta para sí en la suma de $900.000.- El 10% restante de su 50% de los derechos y acciones que poseía en dicha sociedad, los cede y transfiere a doña ALEJANDRA ISABEL FLORES PARRA, quien compra y acepta para sí dichos derechos y acciones en la suma de $100.000.- En dichas cesiones quedan comprendidos todos los haberes y derechos que al cedente le correspondían en la sociedad a cualquier título y especialmente su parte en el capital, fondos en cuenta particular, etc., y surtirá efecto entre los socios a contar de esta fecha. Se deja constancia que don Carlos Antonio Tello Luza ha retirado con anterioridad a esta fecha las utilidades que le correspondían en la sociedad. Dos. La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña Patricia Cecilia Flores Parra con todas las facultades de la cláusula tercera del pacto social, sin limitación alguna. Tres. En atención a la cesión de derechos precedente la razón social será “Servicios Jurídicos Flores y Asociados Limitada”, manteniendo el nombre de fantasía “Abogados del Choapa Ltda.” El precio de la cesión de que da cuenta esta escritura pública por cesionaria PATRICIA CECILIA FLORES PARRA, de $900.000.-, fue pagado con anterioridad a este acto y en dinero efectivo, declarando el cedente CARLOS ANTONIO TELLO LUZA, haber recibido dicha suma de dinero a su entera y total satisfacción. Respecto de cesionaria ALEJANDRA ISABEL FLORES PARRA, el precio de la cesión es la suma de $100.000.-, suma que fue pagada con anterioridad a este acto y en dinero efectivo, declarando el cedente CARLOS ANTONIO TELLO LUZA, haber recibido dicha suma de dinero a su entera y total satisfacción.- En este acto, se otorga el más amplio y completo finiquito recíproco entre don CARLOS ANTONIO TELLO LUZA y la sociedad, y entre aquél y su antigua socia doña PATRICIA CECILIA FLORES PARRA. Asimismo, los comparecientes vienen en modificar la cláusula cuarta de la Escritura Pública de constitución social en los siguientes términos: los socios acuerdan aumentar el capital social de $2.000.000.- a la suma de $5.000.000.-, con aporte en dinero efectivo de $3.000.000.-, ya ingresados a la caja social por la socia PATRICIA CECILIA FLORES PARRA. En virtud del retiro y cesión señalada, y del aumento de capital acordado, quedan como únicos socios de la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “SERVICIOS JURÍDICOS FLORES Y ASOCIADOS LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía como “ABOGADOS DEL CHOAPA LTDA.”, las señoras doña PATRICIA CECILIA FLORES PARRA, con un 95% del haber social y doña ALEJANDRA ISABEL FLORES PARRA, con el 5% restante del haber social. Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre las socias a prorrata de la participación que cada una de ellas tiene en el capital social. En todo lo no modificado por el presente instrumento rigen las estipulaciones contenidas en la escritura pública de constitución social. La sociedad responderá de todos los impuestos que adeuda o pueda adeudar, aún en su constitución primitiva, y de los impuestos que, como resultado de sus operaciones adeuden o pudieran adeudar personalmente sus socios, incluyendo al cedente, conforme las normas pertinentes del Código Tributario.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- En Ovalle, a 10 de Mayo del 2018.- RODRIGO CABRERA ALBARRAN NOTARIO TITULAR.

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