Inversiones Don Pidén Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (10)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
María de los Ángeles Garcés Vicuña Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
María del Rosario Garcés Vicuña Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2010
Se relata la constitución original de Inversiones Don Pidén Limitada.
- Autre acte· 2 avril 2025
Se sanea la escritura pública de donación y modificación de Inversiones Don Pidén Limitada por vicio de inscripción y publicación tardía.
Jorge Andrés Garcés Jordán · María Eugenia Vicuña Montes · Jorge Andrés Garcés Vicuña · María Eugenia Garcés Vicuña · José Tomás Garcés Vicuña · María de los Ángeles Garcés Vicuña · Matías José Garcés Vicuña · María Trinidad Garcés Vicuña · María del Rosario Garcés Vicuña · María Consuelo Garcés Vicuña
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Jaime Andrés Bernales Larraín, Notario Público Titular, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente número 7163, comuna de La Florida, certifica: que por escritura pública de fecha 02 de abril de 2025, ante mí, Jorge Andrés Garcés Jordán, María Eugenia Vicuña Montes, Jorge Andrés Garcés Vicuña, María Eugenia Garcés Vicuña, José Tomás Garcés Vicuña, María de los Ángeles Garcés Vicuña, Matías José Garcés Vicuña, María Trinidad Garcés Vicuña, María del Rosario Garcés Vicuña, y María Consuelo Garcés Vicuña, todos domiciliados para estos efectos en Loma La Cruz Sur 300, casa 42, Lo Barnechea, sanearon escritura pública de donación y modificación de Inversiones Don Pidén Limitada, de fecha 05 de diciembre de 2024, otorgada ante mí, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 18.458, número 7.025 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024. Extracto de constitución de Inversiones Don Pidén Limitada se encuentra inscrito a fojas 32.638, número 22.508 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010. Vicio: Inscripción y publicación tardía del extracto de la escritura pública de donación y modificación de Inversiones Don Pidén Limitada, en los plazos legales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 04 de abril de 2025.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$43.821.231
Associés (9)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 4.75% | - |
Socio | - | 11.90625% | - |
Socio | - | 11.90625% | - |
Socio | - | 11.90625% | - |
María de los Ángeles Garcés Vicuña Socio | - | 11.90625% | - |
Socio | - | 11.90625% | - |
Socio | - | 11.90625% | - |
María del Rosario Garcés Vicuña Socio | - | 11.90625% | - |
Socio | - | 11.90625% | - |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
Jaime Andrés Bernales Larraín, abogado, Notario Público Titular, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente N°7.163, La Florida, certifica que por escritura de fecha 5 de diciembre de 2024, repertorio N° 3512-2024, ante mí, JORGE ANDRÉS GARCÉS JORDÁN, MARÍA EUGENIA VICUÑA MONTES, JORGE ANDRÉS, MARÍA EUGENIA, JOSÉ TOMÁS, MARÍA DE LOS ÁNGELES, MATÍAS JOSÉ, MARÍA TRINIDAD, MARÍA DEL ROSARIO y MARÍA CONSUELO, todos GARCÉS VICUÑA, todos los anteriores domiciliados en calle Loma La Cruz Sur 300, casa 42, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de Inversiones Don Pidén Limitada, acordaron la modificación de dicha sociedad en los siguientes sentidos: i) Jorge Andrés Garcés Jordán, dona, cede y transfiere, gratuita e irrevocablemente a Matías José, María Trinidad María del Rosario, y a María Consuelo, todos Garcés Vicuña, la plena propiedad del 47,625% de los derechos sociales pertenecientes a Jorge Andrés Garcés Jordán en Inversiones Don Pidén Limitada, correspondiendo el 11,90625% de los derechos de Inversiones Don Pidén Limitada a cada uno de ellos. ii) Jorge Andrés Garcés Jordán, dona, cede y transfiere, gratuita e irrevocablemente a Jorge Andrés, María Eugenia, José Tomás y María de los Ángeles, todos Garcés Vicuña, la plena propiedad del 44,395% de los derechos sociales pertenecientes a Jorge Andrés Garcés Jordán en Inversiones Don Pidén Limitada, correspondiendo el 11,09875% de los derechos donados a cada uno de ellos; iii) Modificar la cláusula novena de los estatutos relativo a la administración de la Sociedad, en el sentido de que esta corresponderá individualmente a Jorge Andrés Garcés Jordán, y/o a cuatro cualquiera de los demás socios de Inversiones Don Pidén Limitada, actuando conjuntamente. De conformidad con las modificaciones antes detalladas se acordó modificar las cláusulas séptima y novena de los estatutos sociales: /I/ “CLÁUSULA SÉPTIMA: El capital de la sociedad es la suma de $43.821.231, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) María Eugenia Vicuña Montes, titular del 4,75% del total del interés social; b) Jorge Andrés Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; c) María Eugenia Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; d) José Tomás Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; e) María de los Ángeles Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; f) Matías José Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; g) María Trinidad Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; h) María del Rosario Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social; y i) María Consuelo Garcés Vicuña, titular del 11,90625% del total del interés social.” /II/ “CLÁUSULA NOVENA: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a Jorge Andrés Garcés Jordán, actuando individualmente, y/o a cuatro cualquiera de los socios de la Sociedad, actuando conjuntamente, quienes, actuando en la forma señalada, en nombre y representación de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades, sin limitación alguna, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 05 de diciembre de 2024.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$43.821.231
Capital libéré
$43.821.231
Capital restant dû
$0
Associés (6)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 92.02% | $40.324.297 |
Socio | - | 4.75% | $2.081.508 |
Socio | - | 0.8075% | $353.856 |
Socio | - | 0.8075% | $353.856 |
Socio | - | 0.8075% | $353.856 |
MARÍA DE LOS ÁNGELES GARCÉS VICUÑA Socio | - | 0.8075% | $353.856 |
Texte officiel de l’extrait
Jaime Andrés Bernales Larraín, abogado, Notario Público Titular, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente N°7.163, La Florida, certifica que por escritura de fecha 14 de Septiembre de 2022, Repertorio 2420-22, ante mí, JORGE ANDRÉS GARCÉS JORDÁN, MARÍA EUGENIA VICUÑA MONTES, JORGE ANDRÉS, MARÍA EUGENIA, JOSÉ TOMÁS y MARÍA DE LOS ÁNGELES, todos GARCÉS VICUÑA, todos los anteriores domiciliados en calle Loma La Cruz Sur 300, casa 42, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de Inversiones Don Pidén Limitada, acordaron la modificación de dicha sociedad en los siguientes sentidos: i) Dividir Inversiones Don Pidén Limitada en dos sociedades de responsabilidad limitada, una continuadora, y la otra que se constituye bajo la razón social de Inversiones Don Pidén II Limitada; ii) Disminuir capital social de Inversiones Don Pidén Limitada de la actual suma de $161.506.427, en la suma de $117.685.196, quedando éste en $43.821.231, íntegramente aportado con anterioridad a este acto por los socios. Se acordó modificar el artículo quinto de los estatutos sociales dando cuenta de la modificación referida, el que queda como sigue: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de ciento sesenta y un millones quinientos seis mil cuatrocientos veintisiete pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Jorge Andrés Garcés Jordán, la suma de cuarenta millones trescientos veinticuatro mil doscientos noventa y siete pesos, equivalentes al noventa y dos coma cero dos por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; b) María Eugenia Vicuña Montes, la suma de dos millones ochenta y un mil quinientos ocho pesos, equivalentes al cuatro coma setenta y cinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; c) Jorge Andrés Garcés Vicuña, la suma de trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cero coma ocho mil setenta y cinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; d) María Eugenia Garcés Vicuña, la suma de trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cero coma ocho mil setenta y cinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; e) José Tomás Garcés Vicuña, la suma de trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cero coma ocho mil setenta y cinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad; y f) María de los Ángeles Garcés Vicuña, la suma de trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos, equivalente al cero coma ocho mil setenta y cinco por ciento del total del interés social, cantidad ya enterada, en dinero efectivo, y que ha sido recibida a satisfacción por la sociedad.”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 14 de septiembre de 2022.-
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