Servicios Legales A & M Abogados Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría profesional en materias empresariales, legales y financieras, entendiendo incorporado dentro de dicho ámbito las materias relacionadas al orden judicial, empresarial, comercial, administrativo, contable, tributario, económico y financiero. La prestación de estos servicios profesionales será ejecutada por intermedio de los socios o asociados que coadyuden a la prestación de servicios
Capital
Capital total
$150.485.000
Capital libéré
$500.000
Capital restant dû
$149.985.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA Socio | - | 99% | $148.980.150 |
DIEGO IGNACIO MARTÍNEZ ARACENA Socio | - | 1% | $1.504.850 |
Administrateurs (1)
PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA
Texte officiel de l’extrait
NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Notaria Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de 26 de diciembre de 2022, ante mí, JORGE OSVALDO ARAYA ZAMORANO, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES MYC LIMITADA; PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA, por sí y en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS DOÑA ELSA LIMITADA; y DIEGO IGNACIO MARTÍNEZ ARACENA, todos domiciliados en Avenida José Alcalde Délano 10.545, oficina 404, Lo Barnechea, Santiago, modificaron sociedad SERVICIOS LEGALES A & M ABOGADOS LIMITADA, inscrita a fojas 26.698 N° 18.276, del Registro de Comercio del CBR de Santiago, año 2009, en el siguiente sentido: 1) ASESORÍAS E INVERSIONES MYC LIMITADA e INVERSIONES Y ASESORÍAS DOÑA ELSA LIMITADA, como actuales socios de la sociedad, modificaron la fecha contemplada para el pago del aumento de capital al día 10 de junio de 2027, modificando para ello la cláusula del capital en el siguiente sentido: ”ARTÍCULO SEXTO: CAPITAL: El capital social es la suma $150.485.000, aportados siguiente proporción: a) ASESORÍAS E INVERSIONES MYC LIMITADA, aporta $75.242.500, equivalentes al 50% de los derechos sociales, según el siguiente detalle: uno) Con $250.000, pagados; y dos) Con $74.992.500, a pagar el 10 de junio de 2027; y b) INVERSIONES Y ASESORÍAS DOÑA ELSA LIMITADA, aporta $75.242.500, equivalentes al 50% de los derechos sociales, según el siguiente detalle: uno) Con $250.000, pagados; y dos) Con $74.992.500, a pagar el 10 de junio de 2027; 2) Modificado el plazo para el pago del capital, y con el consentimiento de su socio, INVERSIONES Y ASESORÍAS DOÑA ELSA LIMITADA vendió, cedió y transfirió el 49% de los derechos sociales a PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA, en la suma $300.000, a pagar según las condiciones de la escritura extractada; 3) Con el consentimiento de su socio, INVERSIONES Y ASESORÍAS DOÑA ELSA LIMITADA vendió, cedió y transfirió el 1% de los derechos sociales a DIEGO IGNACIO MARTÍNEZ ARACENA, en la suma $10.000, a pagar según las condiciones de la escritura extractada; 4) Con el consentimiento de su socio, ASESORÍAS E INVERSIONES MYC LIMITADA vendió, cedió y transfirió el 50% de los derechos sociales a PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA, en la suma $300.000, a pagar según las condiciones de la escritura extractada; 5) Como consecuencia de las cesiones de derechos, se modifica el artículo sexto del pacto social por el siguiente: “SEXTO: El capital social es la suma de $150.485.000, según siguiente proporción: A) PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA, aporta $148.980.150, equivalentes al 99% de los derechos sociales, según el siguiente detalle: uno) Con $495.000, pagados; y dos) Con $148.485.150, a pagar el 10 de junio de 2027; y B) DIEGO IGNACIO MARTÍNEZ ARACENA, aporta $1.504.850, equivalentes al 99% de los derechos sociales, según el siguiente detalle: uno) Con $5.000, pagados; y dos) Con $1499.850, a pagar el 10 de junio de 2027”; 6) Del mismo modo, se acuerda modificar el artículo segundo del pacto social por el siguiente: “OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios de asesoría profesional en materias empresariales, legales y financieras, entendiendo incorporado dentro de dicho ámbito las materias relacionadas al orden judicial, empresarial, comercial, administrativo, contable, tributario, económico y financiero. La prestación de estos servicios profesionales será ejecutada por intermedio de los socios o asociados que coadyuden a la prestación de servicios"; 7) Finalmente, se acuerda modificar el artículo quinto del pacto social por el siguiente: “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PATRICIO GABRIEL MARTÍNEZ ARACENA. Todo ello en las condiciones y facultades de escritura extractada. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 28 de diciembre de 2022.
Actes récents
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CVE 2246638
