Servicios De Salud Y Cuidado Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | - |
RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE Socio | - | 50% | - |
Historique sociétaire relaté
- Cession de droits· 19 février 2025
Pío Francisco Valdés Vásquez cede la totalidad de sus derechos sociales a Rafael Andrés Rossi Serrano y Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete.
PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ · RAFAEL ANDRES ROSSI SERRANO · RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE
- Retrait d’un associé· 19 février 2025
Se retira de la sociedad Pío Francisco Valdés Vásquez.
PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, ante mí, por escritura pública de fecha 19 de febrero de 2025, comparece: don PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ, con residencia en la ciudad Zúrich, Suiza y de paso por ésta; don RAFAEL ANDRES ROSSI SERRANO, con domicilio en esta ciudad, Los Olivos doce mil doscientos ochenta y nueve, casa doce, comuna de Las Condes; y don RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE, con domicilio en esta ciudad, Las Flores Poniente dos mil setecientos cuarenta y nueve, comuna de Peñalolén, que han convenido en la siguiente Cesión de Derechos y Modificación de sociedad de SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA, Rut N° 76.091.019-8, cuyo extracto se inscribió a fojas ocho mil cincuenta y siete número cinco mil quinientos setenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010. En efecto, el socio don PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, que corresponde a un tercio de los derechos sociales del cual es titular a sus actuales socios en los porcentajes y precio que se indica : A.- Don Rafael Andrés Rossi Serrano, quien compra, acepta y adquiere, la mitad de sus derechos, en la suma de ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente; B.- A don Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete, quien compra, acepta y adquiere, la mitad de sus derechos, en la suma de ochocientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos que paga en este acto al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción del cedente. El socio cedente y los cesionarios, declaran a mayor abundamiento, que renuncian expresamente a la acción resolutoria que pudiera emanar de la cesión de derechos precedente. Con motivo de la cesión de derechos convenida precedentemente, se retira el socio Pío Francisco Valdés Vásquez y la sociedad queda constituida por los siguientes socios con la participación que a continuación se indíca: A.- Don RAFAEL ANDRES ROSSI SERRANO, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; B.- Don RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales. Se conviene que las cláusulas del pacto social que no hubieren sido modificadas por el presente instrumento, continuaran vigentes y plenamente válidas. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 02 de abril de 2025.
Informations sociétaires
Historique sociétaire relaté
- Changement de nom· 20 novembre 2018
Se reemplaza la razón social por HRV ASOCIADOS LIMITADA y el nombre de fantasía por HRV LTDA.
Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete · Rafael Andrés Rossi Serrano · Pío Francisco Valdés Vasquez
- Changement de nom· 7 juin 2019
Se sanea el vicio y se reemplaza la razón social por SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA y el nombre de fantasía por SSYC LTDA.
Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete · Rafael Andrés Rossi Serrano · Pío Francisco Valdés Vasquez
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 07/06/2019 ante mí: Rodolfo Gonzalo Hidalgo Navarrete, calle Francisco de Villagra Nº 268, departamento 804, Ñuñoa; Rafael Andrés Rossi Serrano,Avenida Isabel La Católica Nº 4.253, departamento 402, Las Condes; y Pío Francisco Valdés Vasquez, calle Nuestra Señora de Los Angeles Nº 154, departamento 202, Las Condes, conforme lo dispuesto en los artículos 1º y siguientes, de la Ley Nº 19.499, del Ministerio de Justicia, que establece las normas de saneamiento de los vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio, practicaron el saneamiento de la escritura de modificación de fecha 20/11/2018, repertorio Nº 15.058/2018, otorgada en la notaría de doña María Soledad Santos Muñoz, cuyo extracto se inscribió a fs. 97.373 Nº 49.911 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, y se público en el Diario Oficial Nº 42.245 de fecha 4 de Enero del año 2019, referida a la sociedad KINESIOLOGOS ASOCIADOS UFT LIMITADA “, Rut Nº 76.091.019- 8, constituida por escritura pública cuyo extracto se inscribió a fs. 8.057 Nº 5.570 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010 y se público en el Diario Oficial Nº 39.589, de fecha 17/2/2010. En efecto, como consta de la cláusula Quinto, de la citada escritura pública de modificación, los socios procedieron como se indica : Reemplazan actual razón social por “ HRV ASOCIADOS LIMITADA “ pudiendo para todos los efectos legales y especialmente bancarios, la razón social abreviada o nombre de fantasía “ HRV LTDA. “; En razón de que dicha modificación antes señalada, incluye las iniciales de los socios y no los nombres de estos, se podría concluir que no cumplen con lo establecido en el artículo 365 del Código de Comercio, en razón de lo expuesto, los socios de acuerdo y para los efectos de lo dispuesto en los artículos 1º y siguientes de la Ley Nº 19.499 del Ministerio de Justicia, sanean dicho vicio y acuerdan reemplazar la razón social HRV ASOCIADOS LIMITADA, por SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA, y la razón social abreviada o nombre de fantasía HRV LTDA por SSYC LTDA., quedando para todos los efectos legales, reemplazadas la razón social y abreviada en la forma señalada. Los socios comparecientes, convienen que las cláusulas del pacto social, que no hubieren sido modificadas, por el presente instrumento, continuaran vigentes y plenamente validas.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 12 de Julio 2019.
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad podrá realizar cualquier actividad comercial, industrial y de prestación de servicios, que los socios acordaren, sin limitación.
Capital
Capital total
$5.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ Socio | - | - | - |
Administrateurs (3)
RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE
PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ
Texte officiel de l’extrait
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Suplente de la Titular 7 Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante la Titular María Soledad Santos Muñoz con fecha 20/11/2018. RODOLFO GONZALO HIDALGO NAVARRETE, calle Francisco de Villagra Nº 268, departamento 804, Ñuñoa; RAFAEL ANDRES ROSSI SERRANO, Avenida Isabel La Católica Nº 4.253, departamento 402, Las Condes; PIO FRANCISCO VALDES VASQUEZ, calle Nuestra Señora de Los Angeles Nº 154, departamento 202, Las Condes; MODIFICARON, sociedad de responsabilidad limitada “KINESIOLOGOS ASOCIADOS UFT LIMITADA”, Rut Nº 76.091.019-8, como se indica : A.- Reemplazan actual razón social por “HRV ASOCIADOS LIMITADA” pudiendo para todos los efectos legales y especialmente bancarios, la razón social abreviada o nombre de fantasía “HRV LTDA.” ; B.- Reemplazan la la modalidad o forma actual de administración, por la indistinta o separada de cada uno de los socios, con plenas facultades, con la limitación que se indica al final de la cláusula cuarta del pacto social, debiendo comparecer y firmar la totalidad de los socios; C.- Amplían el objeto social o giro, eliminando la restricción de que las prestaciones, servicios y actividades sean relacionadas con la salud, pudiendo la sociedad realizar cualquier actividad comercial, industrial y de prestación de servicios , que los socios acordaren, sin limitación; Los socios convienen que las cláusulas del pacto social, que no hubieren sido modificadas, continuaran vigentes y plenamente validas, especialmente el capital inicial de $5.000.000.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 19 de Diciembre de 2018.-
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SERVICIOS DE SALUD Y CUIDADO LIMITADA
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