Société par actions76.090.554-2

Inversiones Vizcaya Limitada

CONSTITUCIÓN — 28 nov. 2019

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2019-11-28Voir le PDF (CVE 1689324)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que uno de los socios notifique judicialmente su intención de ponerle término con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento
Administration: JUANA ESTRELLA ZABALA ARECHAVALA y, en caso de ausencia o imposibilidad, lo que no será necesario acreditar ante terceros, será ejercida por: MARÍA SOLEDAD BENGOECHEA ZABALA, ALBERTO JOSÉ BENGOECHEA ZABALA e IGNACIO ANDRÉS BENGOECHEA ZABALA, quienes deberán actuar los tres conjuntamente, amplias facultades

Objet social

El objeto de la sociedad será la inversión, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones o derechos y en general, todo negocio, operación o actividad que acordaren los socios

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

JUANA ESTRELLA ZABALA ARECHAVALA

Socio

10%

MARÍA SOLEDAD BENGOECHEA ZABALA

Socio

30%

ALBERTO JOSÉ BENGOECHEA ZABALA

Socio

30%

IGNACIO ANDRÉS BENGOECHEA ZABALA

Socio

30%

Texte officiel de l’extrait

Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, JUANA ESTRELLA ZABALA ARECHAVALA, MARÍA SOLEDAD BENGOECHEA ZABALA, ALBERTO JOSÉ BENGOECHEA ZABALA e IGNACIO ANDRÉS BENGOECHEA ZABALA, todos domiciliados en Avenida la Dehesa N° 181, oficina 803, Lo Barnechea, Santiago, R.M., c onstituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada, con los siguientes estatutos: Razón social: “INVERSIONES VIZCAYA LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones o derechos y en general, todo negocio, operación o actividad que acordaren los socios. Administración: JUANA ESTRELLA ZABALA ARECHAVALA y, en caso de ausencia o imposibilidad, lo que no será necesario acreditar ante terceros, será ejercida por: MARÍA SOLEDAD BENGOECHEA ZABALA, don ALBERTO JOSÉ BENGOECHEA ZABALA y don IGNACIO ANDRÉS BENGOECHEA ZABALA, quienes deberán actuar los tres conjuntamente, amplias facultades. Capital: $1.000.000 que los socios aportan en este acto íntegramente, en dinero efectivo y en las siguientes proporciones: Uno. - JUANA ESTRELLA ZABALA ARECHAVALA, aporta $100.000, lo que equivale al 10% del capital social; Dos.- MARÍA SOLEDAD BENGOECHEA ZABALA, aporta $300.000, lo que equivale al 30% por ciento del capital social; Tres.- ALBERTO JOSÉ BENGOECHEA ZABALA, aporta $300.000, lo que equivale al 30% por ciento del capital social; y Cuatro- IGNACIO ANDRÉS BENGOECHEA ZABALA, aporta $300.000, lo que equivale al 30% por ciento del capital social. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá tácita y automáticamente renovado en términos iguales, sucesivos e indefinidos a menos que uno de los socios notifique judicialmente su intención de ponerle término con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 20 noviembre 2019.

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