Société anonyme76.085.363-1

Asesorías E. Cabello Y Compañía S.a.

MODIFICACIÓN — 29 déc. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-12-29Voir le PDF (CVE 2429769)

Informations sociétaires

Ltda
calle Los Ilanes 86, departamento 1005
Durée: 5 años contados desde esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo aviso término otorgado en tiempo y forma indicados
Administration: Corresponderá a MARIO TORRES SKARPA y ELIZABETH CABELLO CARTER, actuando individual, indistinta y separadamente o a don RODRIGO TORRES CABELLO, FRANCISCA TORRES CABELLO, ALEJANDRA TORRES CABELLO y ESTEBAN TORRES CABELLO, actuando conjuntamente tres cualesquiera de ellos, con amplias facultades.

Objet social

a) La prestación de cualquier clase de asesorías o servicios, sean de carácter técnico o profesional. b) Efectuar inversiones inmobiliarias, para lo cual podrá adquirir bienes raíces y construir en ellos, subdividirlos, lotearlos y urbanizarlos, refaccionarlos y restaurarlos por cuenta propia o ajena, administrarlos y darlos en arrendamiento o venderlos, o cualquiera otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos y percibir sus frutos. c) Invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos y toda clase de valores mobiliarios, administrarlos y percibir sus frutos y d) La ejecución de todos los actos conducentes a la consecución de los fines ya expresados, incluso la formación de sociedades con objetivos similares y/o la incorporación a sociedades ya existentes.

Capital

Capital total

$1.680.144

Associés (6)

NomParticipation

MARIO TORRES SKARPA

Socio

20%

ELIZABETH CABELLO CARTER

Socio

20%

RODRIGO TORRES CABELLO

Socio

15%

FRANCISCA TORRES CABELLO

Socio

15%

ALEJANDRA TORRES CABELLO

Socio

15%

ESTEBAN TORRES CABELLO

Socio

15%

Administrateurs (6)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 30 octobre 2009

    Constitución original de ASESORÍAS E. CABELLO Y COMPAÑÍA S.A.

  2. Transformation· 19 décembre 2023

    La sociedad acuerda transformarse de sociedad anónima cerrada a sociedad de responsabilidad limitada y cambiar su razón social a INVERSIONES E. CABELLO Y COMPAÑÍA LIMITADA.

    MARIO TORRES SKARPA · ELIZABETH CABELLO CARTER · RODRIGO TORRES CABELLO · FRANCISCA TORRES CABELLO · ALEJANDRA TORRES CABELLO · ESTEBAN TORRES CABELLO

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Con fecha 21 diciembre 2023, Repertorio N°39.384-2.023, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas celebrada 19 diciembre 2023 de sociedad anónima cerrada ASESORÍAS E. CABELLO Y COMPAÑÍA S.A., Rut. 76.085.363-1, constituida escritura pública 30 octubre 2009, ante R. Alfredo Martín Illanes, Notario de Santiago, extracto inscrito a fojas 55.518 N°38.452 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago 2009. Por escritura extractada, unanimidad de accionistas de ASESORÍAS E. CABELLO Y COMPAÑÍA S.A., según Registro de Accionistas cuyo detalle se dejó constancia en Acta y que tuve a la vista, acordaron: PRIMERO: Declarar que por aplicación de artículo 10 Ley 18.046 el capital social es $1.680.144. SEGUNDO: Transformarla en sociedad responsabilidad limitada y cambiar su razón social a INVERSIONES E. CABELLO Y COMPAÑÍA LIMITADA. Estatutos de sociedad transformada quedan: MARIO TORRES SKARPA, ELIZABETH CABELLO CARTER, RODRIGO TORRES CABELLO, FRANCISCA TORRES CABELLO, ALEJANDRA TORRES CABELLO y ESTEBAN TORRES CABELLO, todos domiciliados para estos efectos en calle Los Ilanes 86, departamento 1005, Comuna de Las Condes, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada monto de aportes. RAZÓN SOCIAL: INVERSIONES E. CABELLO Y COMPAÑÍA LIMITADA, fantasía INVERSIONES ECC LTDA. OBJETO: a) La prestación de cualquier clase de asesorías o servicios, sean de carácter técnico o profesional. b) Efectuar inversiones inmobiliarias, para lo cual podrá adquirir bienes raíces y construir en ellos, subdividirlos, lotearlos y urbanizarlos, refaccionarlos y restaurarlos por cuenta propia o ajena, administrarlos y darlos en arrendamiento o venderlos, o cualquiera otra forma de explotación y aprovechamiento de los mismos y percibir sus frutos. c) Invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos y toda clase de valores mobiliarios, administrarlos y percibir sus frutos y d) La ejecución de todos los actos conducentes a la consecución de los fines ya expresados, incluso la formación de sociedades con objetivos similares y/o la incorporación a sociedades ya existentes. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a MARIO TORRES SKARPA y ELIZABETH CABELLO CARTER, actuando individual, indistinta y separadamente o a don RODRIGO TORRES CABELLO, FRANCISCA TORRES CABELLO, ALEJANDRA TORRES CABELLO y ESTEBAN TORRES CABELLO, actuando conjuntamente tres cualesquiera de ellos, con amplias facultades. CAPITAL: $1.680.144, que los socios aportan siguiente forma: MARIO TORRES SKARPA, $336.029 en dinero, con cargo a las 200 acciones que tenía en sociedad transformada equivalente 20% derechos en sociedad y participación en capital social; ELIZABETH CABELLO CARTER, $336.029 en dinero, con cargo a las 200 acciones que tenía en sociedad transformada equivalente 20% derechos en sociedad y participación en capital social; RODRIGO TORRES CABELLO, $252.022 en dinero, con cargo a las 150 acciones que tenía en sociedad transformada equivalente 15% derechos en sociedad y participación en capital social; FRANCISCA TORRES CABELLO, $252.022 en dinero, con cargo a las 150 acciones que tenía en sociedad transformada equivalente 15% derechos en sociedad y participación en capital social; ALEJANDRA TORRES CABELLO, $252.022 en dinero, con cargo a las 150 acciones que tenía en sociedad transformada equivalente 15% derechos en sociedad y participación en capital social y ESTEBAN TORRES CABELLO, $252.022 en dinero, con cargo a las 150 acciones que tenía en sociedad transformada equivalente 15% derechos en sociedad y participación en capital social; DURACIÓN: 5 años contados desde esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo aviso término otorgado en tiempo y forma indicados. Otros acuerdos y demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 diciembre 2023.

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