Société à responsabilité limitée76.080.414-2

Naviera Aguamar Limitada

MODIFICACIÓN — 3 janv. 2019

Informations fiscales (SII)

Entity type

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Company subtype

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Début des activités

Aucun début d’activités signalé par le SII

Activités économiques

Aucune activité économique enregistrée au SII

Documents timbrés

Aucun document timbré enregistré au SII

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2019-01-03Voir le PDF (CVE 1522534)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (3)

NomParticipation

OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA

Socio

-

JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA

Socio

97%

Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada

Socio

3%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 2 octobre 2009

    Se constituye Naviera Aguamar Limitada.

  2. Cession de droits· 14 novembre 2018

    Olga del Carmen Miranda Vera cede el 90% de sus derechos a José Salomón Almonacid Calbucura y el 10% a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, y se ajusta la participación de los socios.

    OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA · JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA · Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada

Texte officiel de l’extrait

Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público titular de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura del 14 de noviembre de 2018, otorgada ante mí, los comparecientes OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA, domiciliada en calle Doctor Ahues 280, comuna y ciudad de Quellón; y JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA, domiciliado en Camino San José sin número km 5, Pureo, comuna de Calbuco, por sí y en representación Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, modifican sociedad “Naviera Aguamar Limitada”, Rol único Tributario número 76.080.414-2, constituida por escritura pública del 2 de octubre del año 2009, otorgada ante don Hernán Tike Carrasco, Notario Público titular de Puerto Montt, repertorio número 6.171, extracto publicado el 15 de octubre de 2009 en Diario Oficial número 39.486, e inscrita a fojas 1015 número 918 del Registro de Comercio correspondiente al año 2009 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en los siguientes términos: Olga del Carmen Miranda Vera cede a José Salomón Almonacid Calbucura, quien compra y adquiere para sí, el 90% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 27% por ciento del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Asimismo Olga del Carmen Miranda Vera cede a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, el 10% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 3% del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Conformado nuevos socios, se modifica cláusula tercera de escritura de constitución de sociedad, referida al capital y los aportes, en el siguiente sentido: a) El capital social se mantiene en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000).- b) Se modifican los aportes efectuados en el sentido que don José Salomón Almonacid Calbucura, aumenta su participación al 97%, aportando en forma efectiva la suma $4.850.000.-, ya pagados y enterados en su totalidad; y Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, participa del 3%, aportando en forma efectiva la suma $150.000, ya pagados y enterados en su totalidad. En lo no modificado quedan planamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social original. Capital constitutivo $5.000.000.-. Demás estipulaciones escritura extractada. Quellón, 26 de diciembre de 2018.

ModificationDiario Oficial · 2018-08-22Voir le PDF (CVE 1450788)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

JOSE SALOMON ALMONACID CALBUCURA

Socio

10.xxx.xxx-9

97%

Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada

Socio

3%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 2 octobre 2009

    Constitución original de Naviera Aguamar Limitada.

  2. Cession de droits

    Olga del Carmen Miranda Vera cede el 90% de sus derechos sociales a José Salomón Almonacid Calbucura.

    OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA · JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA

  3. Cession de droits

    Olga del Carmen Miranda Vera cede el 10% de sus derechos sociales a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada.

    OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA · Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada

Texte officiel de l’extrait

Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura de fecha 26 de julio de 2018, otorgada ante mí, los comparecientes OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 12.012.624-5, domiciliada en calle Doctor Ahues número doscientos ochenta, Quellón; y JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número 10.230.756-9, con domicilio legal en Camino San José sin número, kilometro cinco, Pureo, Calbuco, por sí y en representación Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, modifican sociedad “Naviera Aguamar Limitada”, Rol único Tributario número 76.080.414-2, constituida por escritura pública del 2 de octubre del año 2009, otorgada ante don Hernán Tike Carrasco, Notario Público titular de Puerto Montt, repertorio número 6.171, extracto publicado el 15 de octubre de 2009 en Diario Oficial número 39.486, e inscrita a fojas 1015 número 918 del Registro de Comercio correspondiente al año 2009 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en los siguientes términos: Olga del Carmen Miranda Vera cede a José Salomón Almonacid Calbucura, quien compra y adquiere para sí, el 90% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 27% por ciento del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Asimismo Olga del Carmen Miranda Vera cede a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, el 10% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 3% del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Conformado nuevos socios, se modifica cláusula tercera de escritura de constitución de sociedad, referida al capital y los aportes, en el siguiente sentido: a) El capital social se mantiene en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000).- b) Se modifican los aportes efectuados en el sentido que don José Salomón Almonacid Calbucura, aumenta su participación al 97%, aportando en forma efectiva la suma $4.850.000.-, ya pagados y enterados en su totalidad; y Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, participa del 3%, aportando en forma efectiva la suma $150.000, ya pagados y enterados en su totalidad. En lo no modificado quedan planamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social original. Capital constitutivo $5.000.000.-. Demás estipulaciones escritura extractada.- Quellón 17 de Agosto de 2018.

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