Société à responsabilité limitée76.074.665-7

Bombón Oriental Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 9 oct. 2025

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2025-10-09Voir le PDF (CVE 2710172)

Informations sociétaires

Ltda
Administration: corresponderá conjunta e indistintamente a la socia MARÍA YOLANDA MANSILLA MALDONADO y al socio don JAVIER ALEJANDRO ANDRÉS AGUIRRE MANSILLA

Capital

Capital total

$10.000.000

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 25 septembre 2009

    Constitución original de BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA.

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 26 de Septiembre de 2025 Repertorio N°5241-2025, ante mi, Doña MARÍA YOLANDA MANSILLA MALDONADO, y Don JAVIER ALEJANDRO ANDRÉS AGUIRRE MANSILLA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Merced 345, Comuna de Santiago, modifican BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA RUT 76.074.665-7 Capital $10.000.000, constituida el 25 de septiembre del 2009, otorgada en esta misma notaria, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 49.271 N°34.131 año 2009, en sentido que: cláusula séptima respecto a la ADMINISTRACIÓN de la sociedad, corresponderá conjunta e indistintamente a la socia MARÍA YOLANDA MANSILLA MALDONADO y al socio don JAVIER ALEJANDRO ANDRÉS AGUIRRE MANSILLA, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social de todo tipo la representará con todas las facultades señaladas en tal cláusula. En todo lo no modificado por éste instrumento, queda vigente el pacto social primitivo.

ModificationDiario Oficial · 2024-08-31Voir le PDF (CVE 2540136)

Informations sociétaires

Ltda
calle Merced 345
Administration: conjunta e indistintamente

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO

Socio

70%

JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA

Socio

30%

Administrateurs (2)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 25 septembre 2009

    Se constituye BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA.

  2. Cession de droits· 29 juillet 2024

    EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA cede el 10% de sus derechos a MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO.

    EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA · MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO

  3. Cession de droits· 29 juillet 2024

    HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES cede el 20% de sus derechos a JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA.

    HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES · JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA

  4. Cession de droits· 29 juillet 2024

    HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES cede el 10% de sus derechos a MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO.

    HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES · MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO

  5. Changement de capital· 29 juillet 2024

    Se fija el capital social en $10.000.000, íntegramente enterado.

  6. Changement d’administrateur· 29 juillet 2024

    La administración pasa a ser conjunta e indistintamente por MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO y EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA.

    MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO · EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA

Texte officiel de l’extrait

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la 9a. Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 29 de Julio de 2024 Repertorio N°3.973, ante mí, uno) Doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO, dos) Don HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES, tres) JAVIER ALEJANDRO ANDRÉS AGUIRRE MANSILLA, y cuatro) EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, todos domiciliados para estos efectos en calle Merced 345, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, modifican BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA constituida el 25 de septiembre del 2009, otorgada en esta misma notaria, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 49271 N°34131 año 2009; en sentido que: 1) don EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA vende, cede y transfiere a doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 10% de participación en la sociedad, en la suma de $1.000.000 pagados al contado. 2) don HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES vende, cede y transfiere a don JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 20% de participación en la sociedad, en la suma de $3.000.000 pagados al contado. 3) don HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES vende, cede y transfiere a doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes 10% de participación en la sociedad, en la suma de $1.000.000 pagados al contado. Quedan como únicos socios doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO con el 70% de participación en los derechos sociales; y don JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA con el 30% de participación en los derechos sociales; quedando la cláusula quinta de los estatutos, como sigue: QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad asciende a la suma de $10.000.000, ya íntegramente enterados a las arcas sociales al contado y que corresponde a sus actuales socios como sigue: uno) doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO con la suma equivalente al 70% de participación en los derechos sociales, esto es, siete millones de pesos. dos) don JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA con la suma equivalente al 30% de participación en los derechos sociales, esto es, $3.000.000. tres millones de pesos. 4) Modifican la cláusula séptima del pacto social en el sentido que, la ADMINISTRACIÓN de la sociedad, corresponderá conjunta e indistintamente a la socia MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO y a don EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, actual representante legal de la sociedad, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social de todo tipo la representará con todas las facultades señaladas en tal cláusula.- En todo lo demás sigue vigente escritura constitutiva.

ModificationDiario Oficial · 2019-01-09Voir le PDF (CVE 1525678)

Informations sociétaires

Ltda
calle Merced 345
Administration: La administración de la sociedad corresponderá al socio Eduardo Josue Luis Aguirre Mansilla, quien la representará con todas las facultades del pacto social primitivo.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (4)

NomParticipation

MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO

Socio

50%

HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES

Socio

30%

JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA

Socio

10%

EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA

Socio

10%

Administrateurs (1)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 25 septembre 2009

    Constitución original de la sociedad BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA.

  2. Cession de droits

    María Yolanda Mansilla Maldonado cede el 10% de sus derechos a Eduardo Josue Luis Aguirre Mansilla.

    MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO · EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA

  3. Cession de droits

    Hernán Eduardo Aguirre Morales cede el 10% de sus derechos a Javier Alejandro Andrés Aguirre Mansilla.

    HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES · JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA

Texte officiel de l’extrait

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la 9 Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 29 de Noviembre de 2018, ante mí, Doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO, Don HERNÁN EDUARDO AGUIRRE MORALES, JAVIER ALEJANDRO ANDRÉS AGUIRRE MANSILLA, y EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, todos domiciliados para estos efectos en calle Merced 345, Santiago Centro, modificaron la sociedad BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA RUT 76.074.665-7, constituida el 25 de Septiembre del 2009, otorgada ante mi, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fs. 49.271 N°34.131 año 2009; en sentido que: 1) doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO vende, cede y transfiere a don EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 10% de participación en la sociedad, en la suma de $1.000.000. 2) don HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES vende, cede y transfiere a don JAVIER ALEJANDRO ANDRÉS AGUIRRE MANSILLA, quien compra, acepta y adquiere para sí, derechos equivalentes al 10% de participación en la sociedad, en la suma de $1.000.000. Quedan como únicos socios: i) doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO con el 50% de participación en los derechos sociales; ii) don HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES con el 30% de participación en los derechos sociales; iii) don JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA, con el 10% de participación en los derechos sociales y iv) don EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, con el 10% de participación en los derechos sociales, y acuerdan modificar la cláusula quinta de los estatutos, quedando como sigue: QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, ya íntegramente enterados a las arcas sociales en al contado, y que corresponde a sus actuales socios como sigue: (uno) doña MARIA YOLANDA MANSILLA MALDONADO con la suma equivalente al CINCUENTA por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, cinco millones de pesos. (dos) don HERNAN EDUARDO AGUIRRE MORALES con la suma equivalente al TREINTA por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, tres millones de pesos. (tres) don JAVIER ALEJANDRO ANDRES AGUIRRE MANSILLA, con la suma equivalente al DIEZ por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, un millón de pesos y (cuatro) EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, con la suma equivalente al DIEZ por ciento de participación en los derechos sociales, esto es, un millón de pesos. Además, por el presente instrumento, los socios de BOMBÓN ORIENTAL Y COMPAÑÍA LIMITADA, acuerdan por unanimidad modificar la cláusula séptima del pacto social en el sentido que la ADMINISTRACIÓN de la sociedad corresponderá al socio EDUARDO JOSUE LUIS AGUIRRE MANSILLA, quien, anteponiendo su nombre y firma a la razón social la representará con todas las facultades del pacto social primitivo”.- En todo lo no modificado rige pacto social primitivo, declarando los socios que el capital inicial es la suma de $10.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.

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