Société à responsabilité limitée76.071.429-1

Gómez Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 24 août 2020

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2020-08-24Voir le PDF (CVE 1804801)

Informations sociétaires

Ltda
Avenida Ricardo Cumming Nº221
Administration: Administración y uso de la razón social por don Vincenzo Marco Antonio Rulli Gomez, Rossana Leticia Gómez Oyanader y Marcos Antonio Rulli Villalobos, actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos.

Objet social

La prestación de toda clase de servicios de construcción, diseño de locales, instalación y mantención ya sea que se trate de edificios, casas, galpones o cualquier otro tipo de bienes raíces, incluyendo muebles, accesorios y cualquier otro; el diseño, construcción, remodelación, decoración, amueblamiento, de espacios residenciales, comerciales, industriales o institucionales; la compra, venta, comercialización, distribución, exportación e importación de todo tipo de mobiliario, y materiales para la construcción; adquirir, constituir, organizar, administrar y formar parte de cualquier tipo de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o cuentas en participación y tomar parte en las ya constituidas, en Chile o en el extranjero, cuyos objetivos estén relacionados directa o indirectamente con los enumerados; y en general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con el giro social.

Associés (2)

Administrateurs (3)

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 7 août 2009

    Constitución original de la sociedad Gómez y Compañía Limitada, hoy con nombre de fantasía Ocean Pacific´s Ltda.

  2. Autre acte

    Se inscribió un extracto de la constitución en el Registro de Comercio de Santiago.

Texte officiel de l’extrait

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunategui 73, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 07 de Agosto de 2020, ante el Notario Suplente Roberto Fernando Puga Pino: doña ROSSANA LETICIA GÓMEZ OYANADER y don MARCOS ANTONIO RULLI VILLALOBOS, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Ricardo Cumming Nº221; modificaron la sociedad “GÓMEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “OCEAN PACIFIC´S LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha siete de agosto de dos mil nueve, repertorio número 6.362-2009 ante el Notario Público Pablo Alberto González Caamaño. Un extracto de la citada escritura se inscribió a fojas 38656 número 26638 del Registro de Comercio de Santiago de 2009. en lo siguiente: Uno. Reemplazaron la cláusula segunda del estatuto social, referente al objeto, por la que sigue: “SEGUNDO: OBJETO. El objeto de la Sociedad será: a) La prestación de toda clase de servicios de construcción, diseño de locales, instalación y mantención ya sea que se trate de edificios, casas, galpones o cualquier otro tipo de bienes raíces, incluyendo muebles, accesorios y cualquier otro; b) El diseño, construcción, remodelación, decoración, amueblamiento, de espacios residenciales, comerciales, industriales o institucionales; c) La compra, venta, comercialización, distribución, exportación e importación de todo tipo de mobiliario, y materiales para la construcción; d) La Sociedad, para el desarrollo de su objeto social, puede también adquirir, constituir, organizar, administrar y formar parte de cualquier tipo de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o cuentas en participación y tomar parte en las ya constituidas, en Chile o en el extranjero, cuyos objetivos estén relacionados directa o indirectamente con los enumerados; y e) En general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacione directa o indirectamente con el giro social.”. Dos. Se modificó la administración de la sociedad: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don VINCENZO MARCO ANTONIO RULLI GOMEZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, rol único tributario número 17.405.237-9, a doña ROSSANA LETICIA GÓMEZ OYANADER, y a don MARCOS ANTONIO RULLI VILLALOBOS, quienes actuando individual e indistintamente cualquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la sociedad GÓMEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, además de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, además de las facultades enumerada de forma no taxativa en la escritura. Demás estimulaciones en la escritura extractada. Santiago 11 de agosto de 2020.-

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  1. MODIFICACIÓN

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