Société à responsabilité limitée76.070.797-K

Aseos Industriales Easy Service I Limitada

MODIFICACIÓN — 1 juil. 2019

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2019-07-01Voir le PDF (CVE 1614864)

Informations sociétaires

Ltda
calle Cuatrocientos Treinta y Cinco Casa 1795, Villa Real Audiencia
Administration: corresponderá a ambos socios, sea en forma conjunta o separada, indistintamente

Capital

Capital total

$2.000.000

Associés (2)

NomParticipation

VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA

Socio

7.xxx.xxx-0

50%

DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA

Socio

13.xxx.xxx-6

50%

Administrateurs (2)

VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA

7.xxx.xxx-0Administrador

DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA

13.xxx.xxx-6Administrador

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 4 août 2009

    Se constituye la sociedad ASEOS INDUSTRIALES EASY SERVICE I LIMITADA.

  2. Cession de droits· 9 mai 2019

    Natalie Elizabeth Molina Rocha cede el 50% de sus derechos sociales a David Alejandro Molina Rocha.

    NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA · DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA

  3. Retrait d’un associé· 9 mai 2019

    Natalie Elizabeth Molina Rocha se retira de la sociedad.

    NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA

Texte officiel de l’extrait

PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Abogada, Notario Suplente de la Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, doña MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, con oficio en calle Huérfanos 669, 8°piso, Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 09 de Mayo de 2019, Repertorio N°5557/2019, otorgada ante la Notario Titular, doña MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, comparecieron don VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA, chileno, casado, empresario, CNI N°7.245.918-0; doña NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA, chilena, soltera, estudiante, CNI N°16.945.261-K; y don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, chileno, soltero, empresario, CI N°13.445.205-6, todos domiciliados en calle Cuatrocientos Treinta y Cinco Casa 1795, Villa Real Audiencia, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago; y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada ASEOS INDUSTRIALES EASY SERVICE I LIMITADA, RUT N°76.070.797-K, nombre de fantasía “EASY SERVICE I LTDA.”, cuyos estatutos constan en escritura pública de fecha 4 de agosto del 2009, otorgada en la 4° Notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica, Repertorio N°8841 del 2009. El extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 40.197 número 27.769 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2009, publicado en el Diario Oficial el día 7 de septiembre del año 2009. Doña NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA, vende, cede y transfiere, el total de los derechos y de la participación que le corresponde en el capital social, equivalente al 50%, al socio don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, derechos que acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión asciende al valor de un millón de pesos, suma que se entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la venta y cesión precedente de derechos sociales, se retira como socia de la compañía doña NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA, quedando en definitiva como socios de la misma, correspondiendo a cada uno, un porcentaje de derechos sociales y de participación en el mismo, de la siguiente manera: a) Don VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA, con un 50% de los derechos en el haber social; y b) Don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, con un 50% de los derechos en el haber social. En consecuencia, los nuevos socios acuerdan modificar la primera parte de la cláusula cuarta del estatuto social, la que queda como sigue: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, corresponderá a ambos socios, sea en forma conjunta o separada, indistintamente, según lo estimen conveniente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, y negociaciones comprendidos en el giro ordinario y extraordinario de la Sociedad pudiendo ejercer, a tal efecto, y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa, sino meramente enunciativa, las siguientes facultades y atribuciones: “. En lo demás se reproduce íntegramente el contenido de la cláusula cuarta desde su letra a) hasta la letra w), ambas inclusive. Asimismo, se sustituye el texto de la cláusula quinta del estatuto social, por el siguiente: “QUINTO: El capital social será la suma de dos millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Don VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA, la suma de un millón de pesos que entera en este acto en dinero efectivo y que ingresa en este acto a la caja social y que equivalen al 50% de los derechos sociales; y b) Don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, la suma de un millón de pesos que entera en este acto en dinero efectivo y que ingresa en este acto a la caja social y que equivalen al 50% de los derechos sociales. En lo no modificado mediante el presente instrumento, se mantienen plenamente vigentes todas las demás estipulaciones del pacto social, y en consecuencia, tampoco existe modificación en el monto total del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de junio de 2019.

ModificationDiario Oficial · 2019-06-07Voir le PDF (CVE 1602307)

Informations sociétaires

Ltda
calle Cuatrocientos Treinta y Cinco Casa 1795, Villa Real Audiencia
Administration: Corresponderá a ambos socios, sea en forma conjunta o separada, indistintamente

Capital

Capital total

$2.000.000

Associés (2)

NomParticipation

VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA

Socio

7.xxx.xxx-0

50%

DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA

Socio

13.xxx.xxx-6

50%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 4 août 2009

    Se constituyó la sociedad ASEOS INDUSTRIALES EASY SERVICE I LIMITADA O EASY SERVICE I LTDA.

  2. Cession de droits· 9 mai 2019

    Natalie Elizabeth Molina Rocha vende, cede y transfiere el 50% de sus derechos sociales a David Alejandro Molina Rocha y se retira como socia.

    NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA · DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA

Texte officiel de l’extrait

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 669, 8°piso, Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 09 de Mayo de 2019, Repertorio N°5557/2019, otorgada ante mí, comparecieron don VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA, chileno, casado, empresario, CNI N°7.245.918-0; doña NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA, chilena, soltera, estudiante, CNI N°16.945.261-K; y don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, chileno, soltero, empresario, CI N°13.445.205-6, todos domiciliados en calle Cuatrocientos Treinta y Cinco Casa 1795, Villa Real Audiencia, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana de Santiago; y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada ASEOS INDUSTRIALES EASY SERVICE I LIMITADA O EASY SERVICE I LTDA., RUT N°76.070.797-K, nombre de fantasía “EASY SERVICE I LTDA.”, cuyos estatutos constan en escritura pública de fecha 4 de agosto del 2009, otorgada en la 4° Notaría de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica, Repertorio N°8841 del 2009. El extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 40.197 número 27.769 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2009, publicado en el Diario Oficial el día 7 de septiembre del año 2009. Doña NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA, vende, cede y transfiere, el total de los derechos y de la participación que le corresponde en el capital social, equivalente al 50%, al socio don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, derechos que acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión asciende al valor de un millón de pesos, suma que se entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la venta y cesión precedente de derechos sociales, se retira como socia de la compañía doña NATALIE ELIZABETH MOLINA ROCHA, quedando en definitiva como socios de la misma, correspondiendo a cada uno, un porcentaje de derechos sociales y de participación en el mismo, de la siguiente manera: a) Don VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA, con un 50% de los derechos en el haber social; y b) Don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, con un 50% de los derechos en el haber social. En consecuencia, los nuevos socios acuerdan modificar la primera parte de la cláusula cuarta del estatuto social, la que queda como sigue: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, corresponderá a ambos socios, sea en forma conjunta o separada, indistintamente, según lo estimen conveniente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, y negociaciones comprendidos en el giro ordinario y extraordinario de la Sociedad pudiendo ejercer, a tal efecto, y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa, sino meramente enunciativa, las siguientes facultades y atribuciones: “. En lo demás se reproduce íntegramente el contenido de la cláusula cuarta desde su letra a) hasta la letra w), ambas inclusive. Asimismo, se sustituye el texto de la cláusula quinta del estatuto social, por el siguiente: “QUINTO: El capital social será la suma de dos millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Don VÍCTOR MANUEL MOLINA JARA, la suma de un millón de pesos que entera en este acto en dinero efectivo y que ingresa en este acto a la caja social y que equivalen al 50% de los derechos sociales; y b) Don DAVID ALEJANDRO MOLINA ROCHA, la suma de un millón de pesos que entera en este acto en dinero efectivo y que ingresa en este acto a la caja social y que equivalen al 50% de los derechos sociales. En lo no modificado mediante el presente instrumento, se mantienen plenamente vigentes todas las demás estipulaciones del pacto social, y en consecuencia, tampoco existe modificación en el monto total del capital social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de junio de 2019.

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